Glovo toca fondo: cómo se ha gestado la crisis económica de una empresa marcada por Trabajo y el Supremo

  • En 2019 Glovo tenía 1.000 empleados y presencia en 26 países

  • En 2024 su máximo accionista prevé pagos de más de 400 millones en sanciones laborales

Repartidor De Glovo
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En 2015, dos amigos de Barcelona decidieron que su tiempo era demasiado preciado como para perderlo haciendo recados, por lo que fundaron una plataforma que conectaba a los clientes con establecimientos comerciales y unos repartidores entregaban los productos a domicilio en menos de una hora. La startup fue un éxito, y solo cuatro años más tarde ya contaba con una plantilla de 1.000 personas y presencia en 26 países.

Sin embargo, la mayor fortaleza de Glovo, la flexibilidad de sus repartidores, ha resultado ser su Talón de Aquiles. El modelo laboral que utilizaba para sus repartidores abría la puerta a que la Administración los considerara como falsos autónomos. Incluso se creó la famosa Ley Rider para regular y definir las relaciones laborales en ese sector.

Las deudas con la Administración, consecuencia de la ambigua relación con sus repartidores, puede estar poniendo en serio riesgo la viabilidad de la empresa en el futuro. Te contamos la crisis de la empresa pionera en delivery en España.

¿Quién es Glovo? Aunque la empresa nació como una startup con sus dos socios fundadores, su fulgurante ascenso fue sumando inversiones y añadiendo nuevos socios a la directiva.

De todos ellos cabe destacar Delivery Hero, una empresa de origen sueco con una trayectoria similar a la de Glovo, pero que finalmente asienta su cuartel general en Berlín. En 2020, Delivery Hero compró el negocio de Glovo en Latinoamérica por 230 millones de euros, y en 2021 amplía sus inversiones convirtiéndose en accionista mayoritario con el 94% de las acciones de Glovo. Según datos de Statista, en 2021 Glovo era el tercer operador por entregas de comida a domicilio de España.

Negocio del Delivery en España Negocio del delivery en España Fuente:Statista

El modelo de reparto externalizado de Glovo. El modelo de negocio de la compañía se basaba en dos partes: la plataforma que conecta a negocios con clientes, y la plataforma que asigna los pedidos a los repartidores.

Estos repartidores no eran empleados de Glovo, sino que eran repartidores autónomos que se registraban en la plataforma de reparto y se les asignaban repartos. Ese es precisamente el punto factor que más problemas ha traído a Glovo.

Glovo no consideraba a los repartidores autónomos como trabajadores propios, pero el algoritmo que regía su plataforma de asignación imponía sus precios y horarios penalizando con menos pedidos (e ingresos) a aquellos repartidores que no acataba las asignaciones del algoritmo.

Ley Rider y las regularizaciones laborales. En 2019, la muerte de un repartidor en Barcelona destapó la caja de Pandora y los sindicatos denunciaron las condiciones laborales de los repartidores, que estaban trabajando como falsos autónomos.

A partir de ese momento, la Inspección de Trabajo comenzó a abrir expedientes a la compañía alegando que se vulneraban varias de las condiciones laborales que los repartidores debían cumplir para ser considerados como autónomos de acuerdo al Estatuto del trabajo autónomo de 2007: libertad para fijar el precio de su trabajo, libertad para fijar sus horarios y libertad de organización de su agenda.

Ninguno de los repartidores de Glovo (ni de ninguna otra plataforma de delivery) cumplía con esas tres condiciones, por lo que la Inspección de Trabajo comenzó a emitir sanciones contra todas las plataformas de delivery. En el caso de Glovo, la cuantía de las sanciones ascendió a más de 205 millones de euros por infracciones laborales de todo tipo. Esto supone un tercio de su volumen de negocio.

El Supremo me lo confirmó. Visto que el modelo laboral de los repartidores era un foco de conflictos laborales, el Gobierno comenzó a preparar una ley que regulara la relación laboral entre plataformas de delivery y sus repartidores.

Paralelamente, Glovo recurrió sus sanciones y llevó su caso al Tribunal Supremo, que zanjó el caso obligando a la compañía a asumir sus responsabilidades con las sanciones y regularizando a sus repartidores, bien como asalariados, o bien como trabajadores autónomos pero dándoles mayor libertad en sus precios, horarios y organización de su trabajo. Esa sentencia del Supremo sirvió de base jurídica para aprobar la Ley Rider en 2021.

La crisis financiera ahoga a Glovo. Pese a todos sus problemas laborales, Glovo ha seguido con su actividad comercial cambiando el funcionamiento del algoritmo de su plataforma de reparto y contratando a parte de sus repartidores.

Sin embargo, su principal accionista ha tenido que realizar una provisión de fondos de 400 millones para hacer frente a las multas que el Ministerio de Hacienda y la Seguridad Social van a ir reclamando en los próximos meses. A los problemas de Delivery Hero con Glovo se suma una caída de más del 43% en sus acciones de bolsa, lo que dejan a la empresa matriz con un balance financiero muy tocado.

Esto deja a la compañía en una situación económica muy precaria que ya se ha comenzado a materializar en forma de cierre para parte de su negocio de supermercados fantasmas y un ERE para los trabajadores que los gestionaban.

Según publica El Mundo, la Audiencia Nacional habría aplazado un pago de 64 millones que la Tesorería General de la Seguridad Social reclamaba a Glovo. El importe corresponde a 24,1 procedente de una sanción impuesta por la Inspección de Trabajo y una sanción de más de 39 millones de euros por infracciones laborales recurrentes.

Nuevas sanciones de Inspección de Trabajo. En teoría, la Ley Rider zanjaba de forma inequívoca las condiciones que debían darse en los acuerdos laborales entre las plataformas de reparto y sus repartidores, en forma de asalariados, o con condiciones concretas para considerarse autónomos.

Sin embargo, hace unos días la Inspección de trabajo volvía a abrir un expediente a Glovo por considerar que 49 de sus repartidores autónomos en Asturias no estaban correctamente regularizados y actuaban como falsos autónomos.

Esta nueva sanción a Glovo se plantea sobre una base legislativa totalmente diferente, ya que tras la reforma del artículo 311 del Código Penal registrado en la Ley Orgánica 14/2022, el fraude reiterado por el uso de falsos autónomos puede implicar penas de prisión para sus responsables.

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Imagen | Glovo

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