Ayuda para mayores de 52 años 2024: qué es, qué cambia y cómo solicitarla

Te decimos las novedades de la ayuda para mayores de 52 años que buscan empleo, y cómo puedes solicitarla.

Vamos a decirte cuáles son las novedades para 2024 de la ayuda para mayores de 52 años para demandantes de empleo, y que pueden ser solicitadas al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Las cuantías de esta ayuda van a cambiar, y vamos a explicártela.

Se trata de la ayuda que hasta ahora daba 480 euros, y que baja hasta la mitad si la persona que la recibe empieza a trabajar. No es para todos los mayores de 52 años, sino solo para aquellos que ya se han quedado sin paro y que cumplan una serie de requisitos concretos.

Cuáles son los cambios en 2024

A partir del próximo 1 de junio del 2024, se cambia la manera en la que se van a calcular las ayudas. Las cuantías serán del 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) durante los primeros 180 días, pasarán al 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y se quedarán en el 80% del IPREM a partir del año siguiente.

Además de esto, hay que tener en cuenta que el IPREM va a incrementarse en un 3% según el Ministerio de Trabajo de España, subiendo hasta los 618 euros al mes. Con ello, esta ayuda sube hasta los 494,40 euros. Esta es la cuantía estable a partir del primer año, porque durante los primeros 360 días ya has visto que es superior.

Requisitos para optar a la ayuda de los 52 años

La ayuda sigue siendo como siempre, y está dirigida a esos mayores de 52 años que cumplan una serie de requisitos específicos, relacionados con la renta y con que esté buscando empleo de forma activa. Estos son los requisitos para poder solicitarla:

  • Tener 52 años o más cuando la solicites.
  • Estar en situación de desempleo.
  • Haberse inscrito como demandante de empleo, y llevar ahí durante un mes desde que se agotó la prestación por desempleo. Vamos, que te has quedado sin paro pero sigues buscando estando inscrito.
  • Buscar empleo de manera activa.
  • Carecer de rentas propias que superen el 75% del SMI, algo en lo que no se cuentan las rentas de cónyuges o convivientes.
  • Llevar cotizados 15 años por desempleo, y que existan al menos 90 días cotizados en desempleo en los últimos meses.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación.

Hay algunas excepciones, como los trabajadores fijos discontinuos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo del 2022, que no podrán solicitar la ayuda.

Si encuentras contrato, debes tener en cuenta unas cosas. Para empezar, si es un contrato de inserción subvencionado por el SEPE y la empresa no cuenta con un ERE en marcha, la ayuda se interrumpirá automáticamente y dejarás de cobrarla.

Pero hay un caso en el que puedes seguir cobrando la ayuda, aunque será la mitad, y es cuando encuentras empleo y se te ha realizado un contrato a tiempo completo de forma indefinida o temporal, y que sea un contrato de más de 3 meses.

Cómo solicitar la ayuda

El proceso de la solicitud sigue siendo el mismo, y es a través de la Sede Electrónica de la seguridad social con este enlace. Una vez dentro de la página, pulsa en el botón de Acceso Solicitudes e inicia sesión con tu DNI Electrónico, certificado digital o el sistema Cl@ve PIN.

Dentro verás alas ayudas que tienes disponibles, y debes elegir el apartado de Mayores de 52 años. Entrarás en un formulario que debes rellenar con toda tu información, empezando por la personal, pero luego también la de tus rentas y las de tus convivientes. Aquí, debes rellenar estos datos de forma minuciosa, y cada año tendrás que actualizar la información.

En Xataka Basics | Inscribirse como demandante de empleo: dónde solicitarlo en cada Comunidad Autónoma

Ver todos los comentarios en https://www.xataka.com

VER 0 Comentario

Portada de Xataka