Ayudas del SEPE parados entre 30 y 55 años: cuáles son y qué requisitos tienen

Tienes disponibles varias ayudas para parados de esa franja de edad. Te las vamos a explicar.

Vamos a explicarte cuáles son las ayudas para parados entre 30 y 55 años que puedes solicitar,  y con las que vas a recibir una cantidad de hasta euros cada mes para ayudarte. Estas ayudas no son para todos, y tienen distintos tipos de requisitos dependiendo de cada una.

Nosotros, vamos a explicarte primero a quiénes van dirigidas las ayudas, y luego te explicaremos de una manera breve cuáles son las distintas ayudas y los requisitos que hay que cumplir para cada una de ellas.

A quiénes van dirigidas estas ayudas

Esta ayuda va dirigida a los ciudadanos de entre 30 y 55 años que cumplan con una serie de requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Cada ayuda tiene sus propios requisitos, ya que no es una, sino varias.

La intención de la ayuda es darle apoyo a todas las personas que buscan empleo y se han visto afectados por la crisis derivada del COVID y de la guerra en Ucrania. Deben solicitarse cuando se termine el paro, la prestación contributiva por desempleo, y se deben tener ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Cuáles son las ayudas

A continuación, vamos a decirte cuáles son las ayudas que puedes solicitar si tienes entre 30 y 55 años. En cada una de ellas vamos a describirte cuáles son los requisitos para poder solicitarlas.

En cada una de las ayudas incluiremos el enlace para solicitarlas online, mediante la Sede Electrónica del SEPE. Para usar esa web, necesitarás identificarte como usuario mediante Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN, DNIe, certificado digital o  por SMS. En cada ayuda también se te exigirán una serie de documentos.

Ayuda por cargas familiares

Para los parados de entre 30 y 55 años que tengan hijos menores de edad, que estén desempleados y que hayan agotado el paro. También sirve para esas personas que tengan hijos mayores de edad pero con una discapacidad igual o superior al 65%. 

En ambos casos, el solicitante debe suscribir un compromiso de actividad que acredite que sigue buscando trabajo. La duración de la ayuda es de seis meses prorrogables por periodos semestrales, y la cuantía es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

El tiempo que dura esta ayuda depende de dos cosas: el tiempo que se ha cobrado el paro y la edad de quien la solicita.  Puedes solicitarla online aquí.

  • Para menores de 45 años que han cobrado el paro durante 4 meses, la ayuda dura 18 meses.
  • Para parados menores de 45 años que han cobrado el paro durante más de 4 meses, la ayuda dura 24 meses.
  • Para parados mayores de 45 años que han cobrado el paro durante 4 meses, la ayuda es de 24 meses.
  • Para parados mayores de 45 años que han cobrado el paro durante más de 4 meses, la ayuda es de 30 meses.

Ayuda para mayores de 45 años

Esta es una ayuda para personas desempleadas mayores de 45 años. También es necesario que no cuenten con cargas familiares, y que estén inscritos como demandantes de empleo. La ayuda es de 6 meses, y no se va a poder prorrogar. Puedes solicitarla online aquí.

Ayuda para mayores de 52 años

Esta es una ayuda para parados de larga duración mayores de 52 años. Estas personas deben haber agotado su paro y no deben tener ningún tipo de renta, aunque deben estar inscritos como demandantes de empleo. Vamos, que ya has agotado el paro y no tienes otros ingresos. Puedes solicitarla online aquí.

Renta activa de inserción

La Renta Activa de Inserción o RAI, es una ayuda dirigida únicamente a las personas que han agotado las ayudas anteriores, y tengan menos de 52 años. También deben tener suscrito un acuerdo de actividad indicando que están buscando trabajo. Puedes solicitarla online aquí.

Ayuda extraordinaria por desempleo

También hay una ayuda extra para personas que han agotado todas las demás ayudas, incluyendo el RAI, y también agotado el paro. Se tiene que carecer de rentas que sean superiores al 75% del salario mínimo, y haber perdido el anterior trabajo de forma involuntaria. Puedes solicitarla online aquí.

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