Vamos a explicarte cómo votar desde el extranjero en el caso de que vayas a estar fuera en las próximas elecciones generales del 23 de julio. Vamos a intentar darte toda la información que necesitas saber en el caso de que estés planeando un viaje, recordándote también algunas cosas que debes tener en cuenta.
Vamos a empezar diciéndote qué pasa con las mesas electorales, y cuándo sabrás si te ha tocado o no estar una para saber si puedes hacer el viaje o no. Y luego, te diremos tus opciones a la hora de votar. Como ya sabemos cuándo son las próximas elecciones, también sabemos los plazos que debes tener en cuenta. Recuerda que también te hemos dicho los motivos para no ir a una mesa electoral en el caso de que te toque y qué pasa si tienes las vacaciones ya pagadas y te toca mesa electoral.
Qué pasa con las mesas electorales
Lo primero que debes tener en cuenta es que las mesas electorales se sortean a finales de junio. Cada ayuntamiento hará su propio sorteo entre el 24 y el 28 de junio, y como tarde, el 1 de julio deberías saber si te ha tocado.
Cuando llegue el momento, el Ministerio del Interior habilitará una web para poder consultar si estás en una mesa electoral. Algo importante es que si el sorteo se realizase más tarde, este retraso no sería excusa para no ir. Es una responsabilidad que estamos obligados a realizar.
En Xataka Basics tenemos un artículo con los únicos motivos aceptados para evitar una mesa electoral. Pero te adelanto que no son sencillos, y que a no ser que tengas ya una edad o que tengas personas a tu cargo, lo más seguro es que te toque ir sí o sí. Estar de vacaciones no es una excusa para librarte de la mesa electoral, y podrías recibir una multa importante si no acudes.
Cómo votar desde el extranjero
Si te vas a viaje para votar en el extranjero, tienes varias opciones dependiendo de la situación en la que te encuentres. Y aquí vamos a intentar darte explicarte cada una de ellas, y resumirte el procedimiento por el que puedes realizar el voto.
Usa el voto por correo
Si vas a estar fuera y no te ha tocado una mesa electoral, lo más sencillo es utilizar el voto por correo. Puedes solicitar que te envíen la documentación tanto online en correos.es/es/es/particulares/para-el-ciudadano/voto-por-correo usando tu DNI electrónico o certificado digital y el programa AutoFirma, o ir a cualquier oficina de Correos con tu DNI para solicitarlo.
Entonces recibirás tu documentación para votar entre el 2 y el 18 de julio, y es importante que estés en tu ciudad para poder cogerla. Si no estás y no recibes tu documentación, no podrás votar.
Una vez recibas la documentación, ya la hayas pedido online o a través de Correos, podrás ir a cualquier oficina de Correos de España para realizar allí el voto enviándolo por correo certificado. Puedes votar por correo hasta el 20 de julio, y solo necesitas llevar el DNI a la oficina de Correos.
Vota si vas temporalmente al extranjero
En el caso de que vayas a estar temporalmente en el extranjero durante varias semanas, siendo un desplazamiento temporal la opción a tomar es optar por el voto ERTA, que es el de los residentes temporales. Pero tiene plazos muy complicados.
En primer lugar, tienes hasta el 24 de junio para solicitar este tipo de voto en el consulado o la embajada de España en el país donde te encuentras. También tendrás que inscribirte como no residente en el registro de matrícula consular. Los dos trámites los puedes hacer a la vez, y establecerás una dirección de ese país para que te llegue la documentación.
Luego, la documentación para votar te llegará aproximadamente del 27 de junio al 11 de julio. Esto quiere decir que durante estas fechas tienes que estar en ese país para poder tener la documentación. Si no estás y no recibes tu documentación, no podrás votar.
Y luego, en el sobre que te llega dirigido a la mesa electoral tendrás que meter los sobres para votar en el Congreso de los Diputados y el Senado, con la papeleta de tu candidato. También tendrás que meter el certificado de inscripción en el censo y el impreso para que te devuelvan los gastos de envío. Todo esto lo tienes que enviar antes del 20 de julio por correo certificado.
Vota si resides en el extranjero
Si tienes la nacionalidad española y resides en el extranjero, entonces se te enviará automáticamente la documentación desde la Oficina del Censo Electoral. Si votas por correo certificado, tendrás que depositar tu papeleta dentro del sobre de votación, y este dentro de un sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, junto a uno de los certificados de inscripción en el censo que te llegan y una fotocopia del pasaporte o DNI.
Además, también tendrás urnas en las embajadas españolas, consulados o centros habilitados del país en el que estás residiendo. Estas urnas estarán disponibles para votar hasta el 20 de julio.
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