Si vas a comprar una moto eléctrica o una bici de pedaleo asistido por motor en Madrid, te interesa conocer esta ayuda.
Vamos a explicarte qué necesitas para optar a las subvenciones del Plan Mueve Madrid, que es una ayuda que está dando la comunidad autónoma para fomentar el movimiento sostenible. En esta ayuda, tendrás hasta 1.500 euros para poder comprar una bicicleta o motocicleta eléctrica.
Vamos a decirte cuáles son los requisitos para acceder a la línea de ayudas del plan Mueve Madrid. Luego, pasaremos a decirte cómo son las ayudas en cada caso, y terminaremos diciéndote cómo puedes solicitarla.
Requisitos para acceder a la ayuda
Para poder acceder a esta ayuda debes cumplir con tres requisitos concretos. Son los siguientes:
- Ser mayor de edad: Debes ser una persona física mayor de edad.
- Vivir en Madrid: Debes ser una persona empadronada en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
- Sin deudas: Debes estar al corriente de pago con la administración del Estado.
Más allá de estas dos condiciones, el resto de requisitos depende de cada vehículo, ya que tanto las bicis eléctricas de dos o tres ruedas como los ciclomotores eléctricos tienen sus propios requisitos a la hora de poder acceder a la ayuda.
Bicis eléctricas de dos o tres ruedas
Si quieres comprar una bicicleta eléctrica de dos o tres ruedas, que deben ser de pedaleo asistido porque son los que se siguen considerando bicis, el vehículo que adquieras debe cumplir con la siguiente serie de requisitos:
- Potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W que debe disminuir progresivamente para que se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.
- Sistema de luces completo.
- Batería con capacidad igual o superior a 248 Wh (vatios/hora).
- Precio de factura inferior a 3.000 euros (IVA incluido) en el caso de bicicletas.
- Precio de factura inferior a 6.000 euros (IVA incluido) en el caso de ciclos de tres ruedas.
Si la bici que vas a comprar cuenta con estas características, entonces la ayuda depende del tipo que sea. Aquí tienes la subvención que vas a tener en cada uno de los casos:
- Bicicletas de dos ruedas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250 W: se subvenciona hasta el 50% de su precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 600 €.
- Ciclos de tres ruedas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250 W: se subvenciona hasta el 30% de su precio de adquisición antes de impuestos, con máximo de 1.500 €.
Ciclomotores eléctricos
En el caso de los ciclomotores eléctricos, que son considerados como tal cuando el pedaleo no es asistido y son motos eléctrica, los requisitos son los siguientes:
- Ciclomotores de la categoría L1e-B, con una potencia no superior a 4 kW y velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.
- Potencia nominal mínima de 1 kW.
- Batería de litio, con una capacidad mínima de 1 kWh.
- Autonomía mínima de 45 km.
En el caso de cumplir con ellos, la ayuda es del 50% del precio de adquisición, siendo como máximo de 700 euros.
Cómo solicitar la ayuda
Si el vehículo lo has comprado entre el 1 de enero del 2024 y la publicación de las normas el 25 de noviembre, tendrás tres meses desde este 25 de noviembre para solicitarlas. Si el vehículo lo has comprado después de la publicación de las normas, tendrás hasta el 31 de diciembre del 2026 para solicitarla.
Para solicitar la ayuda, tienes que ir a la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid. En la mayoría de casos la propia administración consultará la información personal de manera telemática sin que tengas que adjuntar prácticamente nada, pero en otros puede que te pidan documentación.
Aquí, lo que sí debes tener en cuenta es que tienes que presentar la factura completa del vehículo que has adquirido. En ella debe aparecer el número de factura, la fecha de compra, la marca y el modelo, y el número de serie o de bastidor del vehículo que hayas comprado. También deberá aparecer el precio con el importe del IVA desglosado.
Y en el caso de las motocicletas o vehículos motorizados, también necesitarás adjuntar su permiso de circulación y la tarjeta ITV por ambas caras. Cuando lo hagas, la administración tendrá un plazo de resolución máximo de seis meses. Si en ese tiempo no se te responde, deberás entender que te la han denegado.
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