Si cobras el paro elige bien dónde pasas el verano. El SEPE advierte que puede costarte caro

Llega el verano y la mayoría busca refugio del calor acercándose a playas, a la montaña o, simplemente, yéndose de vacaciones al pueblo. El SEPE advierte a aquellos desempleados en situación de búsqueda de empleo activa que recibir el subsidio de desempleo no da derecho a vacaciones. Si es tu situación tal vez deberías tener en cuenta algunos detalles antes de hacer las maletas para irte de viaje.

El SEPE es claro. El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo que se encarga de gestionar las prestaciones por desempleo y monitoriza la búsqueda activa de empleo. Tal y como se puede leer en la web del Ministerio de Trabajo y Economía social: “Durante el periodo en el que está percibiendo prestaciones por desempleo no es un trabajador en activo, y por tanto, no tiene derecho a disfrutar de vacaciones”.

El empleo no descansa. La condición más importante para percibir el subsidio por desempleo es que, mientras se recibe esta prestación, la persona desempleada debe realizar una búsqueda activa de empleo. Esta condición incluye la obligatoriedad de presentarse en las oficinas locales del SEPE cuando los funcionarios lo requieran, realizar entrevistas o participar en cursos, talleres o formaciones relevantes para conseguir un empleo.

Estos requerimientos también pueden producirse en verano y no presentarse a ellas puede ser motivo de sanción que supondría la revocación de la prestación por desempleo.

Hay excepciones, pero deben notificarse. Estar desempleado no significa que no puedas viajar, pero siempre que se haga deberá notificarse para evitar sanciones por incumplimiento. Si vas a viajar menos de 30 días dentro de España, solo tienes que notificar al SEPE el periodo en el que vas a estar fuera de tu ciudad para evitar que te convoquen a alguna entrevista o acción formativa durante ese periodo.

De ese modo, durante ese periodo no será obligatorio presentarse a las oficinas del SEPE y se está exento de las obligaciones de la búsqueda activa de empleo.

Desempleados por el mundo. Si vas a viajar al extranjero las condiciones son un poco más restrictivas, pero igualmente hay que dejar constancia en el Servicio Público de Empleo Estatal. En este supuesto, la estancia máxima pasa a ser de 15 días naturales al año, y debe comunicarse mediante el impreso comunicación de salida al extranjero.

Si la estancia en el extranjero es entre 15 y 90 días naturales, debe notificarse igualmente al SEPE, recibir la conformidad para el viaje, y la prestación por desempleo se suspenden durante ese periodo pudiendo reactivarlas a la vuelta. Si es por más de 90 días naturales, y el motivo no es para trabajar, buscar empleo en otros países o realizar labores de cooperación internacional, se procede a la extinción total del derecho a prestación por desempleo.

No todos los desempleados son iguales. Estar en paro no implica estar sometido a los dictados del SEPE. Aunque es poco habitual, no todos los desempleados reciben una prestación por desempleo o renta activa de inserción. Por ejemplo, si se ha renunciado voluntariamente de tu puesto de trabajo.

Al no estar sujetos a ninguna prestación, estos desempleados no tienen que rendir cuentas al organismo de empleo, quedando liberados de sus obligaciones de búsqueda activa de empleo, por lo que tienen libertad total de movimientos en este sentido.

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Imagen | Pexels (Palu Malerba)

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