El verano cae a plomo sobre la ciudad. Las calles están casi desiertas. Del asfalto reblandecido se levantan ondas de calor que desdibujan las líneas de la carretera. Y tú, bajo la canícula, estás deseando llegar a casa para conectar el aire acondicionado, dejarte caer en el sofá y rendirte a su fresco aliento. Aunque sepas que al final de mes será la factura la que te asfixiará en lugar del bochorno.
Porque en la actualidad si algo puede disparar los gastos de consumo energético de una vivienda son la calefacción o la refrigeración, lo que además de monetario tiene un alto y duradero coste ecológico y pone en riesgo la seguridad del abastecimiento eléctrico.
Por estos motivos, el Parlamento y el Consejo europeos emitieron una directiva en 2012 para promover la eficiencia energética en toda la zona euro con la que buscaban reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes de edificios, transportes y procesos de producción.
De entre las medidas que recogía la norma, una de ellas hablaba de la transformación del diseño, construcción y gestión de los edificios para mejorar su eficiencia energética y los bautizaba como ‘edificio de consumo de energía casi nulo’, o nZEB (Nearly Zero Energy Buildings).
Construcciones que apenas gastasen electricidad y que la poca que consumiesen proviniese de fuentes renovables. Y, además, establecía un límite temporal claro para el cumplimiento de estas disposiciones, 2019 para las edificaciones públicas y 2021 para las privadas.
La norma sólo controla el consumo por climatización y agua corriente sanitaria en las viviendas
Para ello, la forma en que se proyectan las construcciones debe cambiar. “Hay que pensar en el edificio como un sistema y abordar el consumo energético de una forma distinta en función de su localización, su tipo de envolvente, la orientación o el tamaño de las ventanas, entre otros”, explica Mauro Manca, responsable del departamento de Sostenibilidad y Energía del estudio de arquitectura Picharchitects/Pich-Aguilera. Así, la construcción se adapta al entorno y necesita mucha menos energía para cumplir su función.
No obstante, el arquitecto especifica que la normativa no abarca todos los consumos energéticos que puede tener un edificio. Lo que se va a controlar de momento son la climatización y el agua corriente sanitaria en viviendas, a lo que habrá que sumar la iluminación en edificios terciarios (no viviendas), por lo que no se tendrá en cuenta el gasto de los electrodomésticos de un hogar o una oficina.
Aunque desde la Subdirección general de Arquitectura y Edificación del Ministerio de Fomento señalan que “en un futuro es posible que sea necesario considerar en el balance energético otros elementos como el consumo asociado a los electrodomésticos o la energía destinada a vehículos eléctricos, pero tendrá de hacerse de acuerdo con la evolución que se produzca en la normativa europea”.
¿Cómo se consigue el consumo casi nulo?
Para conseguir que un edificio tenga unos gastos energéticos de climatización y agua corriente sanitaria casi nulos “será necesario adoptar criterios de diseño arquitectónico inteligentes que permitan mejorar el rendimiento del consumo y evitar ciertas patologías que se suelen dar en construcciones convencionales, como defectos en los aislamientos o infiltraciones de aire no deseadas”, explica Artur García, auditor de sostenibilidad energética de Zero Consulting.
En este sentido, Maura Manca señala que para lograr esa eficiencia energética hay que hacer “un estudio general del lugar, del contexto climático, que no tiene que ver solo con la temperatura media del día, sino también con la orientación, el viento o la cercanía al mar, y todo eso define cómo se va a ejecutar el proyecto”.
Desde Fomento explican que un edificio nZEB será aquel que no supere el valor límite establecido para su consumo de energía primaria, que se fijará en función de la zona climática de invierno y del uso del edificio (la norma diferencia entre viviendas y otros fines).
El concepto de energía primaria hace referencia a la cantidad de energía que se gasta desde su obtención en la naturaleza hasta su uso en el edificio, es decir, que no sólo se tiene en cuenta el consumo del usuario, sino también la cantidad de energía que ha sido necesaria para transformarla en electricidad desde su obtención en bruto y las pérdidas derivadas de su transporte.
Además, desde Arquitectura y Edificación también señalan que la construcción tendrá que satisfacer el resto de condiciones complementarias relativas a la calidad de la envolvente térmica y de instalaciones, la contribución mínima de energías renovables para agua corriente sanitaria y a la generación eléctrica para autoconsumo.
En cuanto al papel de las energías renovables, a las que hace mención directa la directiva europea, los expertos subrayan que deben contribuir a la eficiencia pero no servir para subsanar diseños deficientes, pues su uso también tendrá un tope. De esta forma, si el consumo límite de energía no renovable fuese de 32 kW por metro cuadrado, el de energía renovable sería el mismo, por lo que sumados el edificio podría tener un consumo eléctrico primario máximo de 64 kW por metro cuadrado.
Por lo tanto, en lo que realmente incide esta nueva norma es en el diseño arquitectónico de los edificios de nueva planta, el cual tendrá que contribuir con su trazado inteligente a reducir el consumo de energía en climatización y agua caliente. Esto supone una diferencia notable respecto a lo que se venía permitiendo hasta ahora, puesto que el proyecto del edificio podía responder sólo a criterios estéticos y corregir su ineficiencia energética con un consumo desmedido y sin límites.
Este menor consumo tendrá que quedar reflejado en el certificado energético del inmueble, un documento que es obligatorio en cada edificio desde 2013.
¿A quién afecta la norma?
Esta nueva normativa energética afectará a todos los españoles que posean un edificio, ya sea una vivienda o un negocio, a partir de 2021. No obstante, la legislación sólo impone estos criterios a los edificios de nueva planta, por lo que “los propietarios no están obligados a adaptar sus casas a las nuevas reglamentaciones”, subraya Artur García.
Para las reformas que se lleven a cabo a partir de esa fecha “sí es posible la aplicación directa de la normativa, aunque para ello se han desarrollado medidas con un cierto grado de flexibilidad en la elección de soluciones y se han establecido exigencias diferenciadas entre rehabilitación y nueva planta”, continúa García.
En este caso, el auditor recomienda la solicitud de un informe profesional a consultoras energéticas para que evalúen la construcción y señalen las modificaciones que se deben llevar a cabo para cumplir con la norma.
De esta forma, todos los propietarios privados que realicen obras nuevas o de reforma importantes tendrán que tener en cuenta los criterios de consumo casi nulo a partir del 31 de diciembre de 2020, fecha límite establecida por Europa. Ya que, de no cumplir con la norma, el Ministerio de Fomento advierte que podrán ser sancionados: “su incumplimiento está sujeto al régimen de control establecido con carácter general para cualquier edificio de nueva construcción”.
Para ayudar a esta transición y estimular la eficiencia energética entre los propietarios, la Subdirección general de Arquitectura y Edificación recuerda que existen ayudas económicas para quienes deseen mejorar las condiciones de consumo de sus edificios o instalar fuentes de energía renovable, mediante el Plan Estatal de Vivienda.
En el caso de los edificios públicos, el plazo expiró el 31 de diciembre de 2018. “En teoría ya estamos dentro de los tiempos definidos por el decreto europeo para los edificios públicos. Pero al no estar aún definidas las reglas, simplemente se estará cumpliendo con los valores del Código Técnico de la Edificación actual. Es un poco un apaño temporal que se justifica por la demora de la publicación de las modificaciones”, explica Manca.
Normativa aún por concretar
Y es que el arquitecto señala que uno de los problemas de esta nueva norma es que la Unión Europea lanzó el concepto de una forma bastante indefinida y dejó un amplio margen de maniobra a los países miembro para que adaptasen el reglamento, por lo que cada Estado los adopta según sus criterios y en España “son bastante laxos” de momento.
Sin embargo, Manca explica, y el Ministerio de Fomento confirma, que esto cambiará con la publicación de la modificación del Código Técnico de la Edificación, prevista para este verano, en la que se deben introducir criterios que marquen unos límites claros.
“Lo que cambiará será que se identificará un valor límite de consumo de energía primaria no renovable. Habrá una clasificación por zonas para definir las condiciones de comportamiento energético de los edificios, y en función de esos comportamientos tendremos los parámetros de consumo de energía primaria”, explica el arquitecto.
Además de la clasificación de consumo por zonas que recogerá la normativa técnica, la ley española que traspone la directiva europea, el Real Decreto 56/2016, recoge una clasificación por tipo de edificios para fijar los parámetros su gasto energético: viviendas unifamiliares, edificios en bloque, oficinas, centros de enseñanza, hospitales, hoteles y restaurantes, instalaciones deportivas, edificios comerciales destinados al por menor o al por mayor y otros edificios.
En cualquier caso, los expertos apuntan que, pese a la falta de unos criterios técnicos fijos, a día de hoy ya se pueden conseguir edificios de estas características, siempre que se proyecten desde el primer momento con la intención de llevar el consumo lo más cercano a cero posible. De hecho, en España ya son varias las construcciones que se consideran nZEB, tanto terciarias como viviendas.
Aun así, Artur García advierte: “La realidad es que la ejecución de estas construcciones sigue dejando mucho que desear, por ello recomiendo que se exija los certificados energéticos pertinentes en el momento de la compra de cada edificio y que se compruebe que la realidad se ajusta a lo recogido en dicho documento”.
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