El Pleno del Congreso ha aprobado hoy la nueva Ley de Propiedad Intelectual o "Ley Sinde" como se conoció popularmente en su día. Después que PSOE, PP y Ciudadanos acordasen la reforma de esta ley, el texto finalmente ha conseguido los votos necesarios para su aprobación y envío posterior al Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se hará efectiva.
Entre otros aspectos recogidos por esta nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, el Gobierno podrá cerrar páginas web sin tener la necesidad de disponer de autorización judicial. Un endurecimiento de la Ley Sinde original propuesta por la entonces Ministra de Cultura, Ángeles Gonzales-Sinde y aprobada en 2011.
Ya en aquella se reflejaba el cierre y bloqueo de páginas web, pero se establecía un proceso donde el juez debía autorizar o denegar en base a si ésta vulneraba la libertad de expresión. Y es que en la actual reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, la figura del juez pasará a ser meramente testimonial.
Qué cambios introduce la nueva Ley de Propiedad Intelectual
El Congreso ha aprobado, con las enmiendas propuestas por El Senado, el texto de la Ley de Propiedad Intelectual donde se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE y 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo.
El objetivo de la nueva Ley de Propiedad Intelectual es "fortalecer su transparencia y gobernanza y la gestión de los derechos de propiedad intelectual, para lo que se dota de nuevos instrumentos para mejorar el control y la rendición de cuentas por los órganos de gobierno y representación de dicha entidad."
Entre otras novedades y como medida para luchar contra la piratería se incluye, según la enmienda número 32 del documento propuesto hace semanas, que si un "prestador de servicios de la sociedad de la información" comete "reiteración por segunda vez de actividades ilícitas", no será necesario que un juez ordene el cierre o el fin de la colaboración de otros prestadores de servicios, como puede ser el servidor web donde estén alojados.
A diferencia de la "Ley Sinde" anterior, no será necesario que haya la aprobación judicial para que la Sección Segunda tenga el poder de obligar al cierre de una web. En este caso, servirá con que se consideren infracciones reiteradas para que pueda iniciarse el bloqueo desde la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura.
Según aseguraba David Bravo, abogado especializado en derecho informático y propiedad intelectual, a Xataka, "Estas enmiendas culminan el proceso iniciado con la ley Sinde de apartar a los jueces de la facultad exclusiva de cerrar páginas web".
Según la modificación añadida en el artículo 195 de la norma original se recoge que:
La falta de colaboración se considerará como infracción de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 34/2002, de 11 de julio. La ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza, no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Eduardo Maura, portavoz de Cultura de Unidos Podemos en el Congreso ha aclarado que esta modificación del artículo 195 no se ha votado hoy. Su partido presentó una enmienda en el Senado que fue rechazada y esta ya no vuelve al Congreso.
La anterior legislación establece multas entre 150.001 y 600.000 euros sin necesidad que intervenga ningún juez para las páginas web reincidentes en su infracción de la ley. Fue el caso de la página de descargas x-caleta.com que fue multada con 375.000 euros. Estas multas también afectan a los organismos que deben cooperar en la aplicación de la ley.
Consenso en el Congreso y dudas entre los ciudadanos
El Ministro de Cultura José Guirao, ha agradecido, como recoge EFE, el "espíritu de concordia y consenso" con el que se ha trabajado para dar luz verde a este "texto capital" para las industrias culturales españolas.
La nueva ley, además de incorporar el añadido del cierre de páginas web ya tratado en anteriores ocasiones también limitará prácticas como la llamada "rueda de las televisiones". Entidades de gestión como la SGAE no podrán repartir más de un 20% por cada autor por la emisión de su música en horario nocturno.
Como relata ElDiario.es, en palabras de la portavoz de Cultura de Ciudadanos: la nueva norma mejorará la eficiencia del mercado de derechos de propiedad intelectual al establecer "garantías, herramientas de control y de transparencia en las entidades de gestión".
Según datos de la Plataforma en Defensa de Libertad de Información, el 70% de los españoles piensan que los políticos utilizan la Propiedad Intelectual para recortar la libertad de expresión. Una Plataforma crítica con la nueva ley y que tiene activas varias iniciativas para detenerla.
Con la ratificación de la Cámara Baja esta tarde, la reforma queda aprobada definitivamente antes de la disolución de las Cortes de cara a las próximas elecciones, incorporando el cierre de páginas web sin necesidad de autorización judicial y una limitación a la gestión de derechos por parte de entidades como la SGAE.
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