El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado en favor de Google en relación a la última disputa que el buscador tenía abierta, en este caso contra las autoridades francesas. En 2014, la Justicia europea falló a favor del denominado como "derecho al olvido", por el cual los ciudadanos europeos tenían la posibilidad de eliminar sus datos personales de los buscadores de internet en aquellos datos que no tuvieran "relevancia pública".
Sin embargo, en 2016, el Consejo de Estado francés decidió multar a Google por no eliminar los datos a nivel mundial. Una decisión que inició una disputa legal para la que finalmente se acudió al Tribunal europeo preguntando sobre dónde debía ser aplicado este "derecho al olvido". Siendo la postura del Consejo francés que debía aplicarse en todo el mundo para que realmente fuera efectivo y la de Google que eso quedaba fuera de lo previsto por la ley europea.
Derecho al olvido sí, pero solo dentro de la Unión Europea
Ahora la Justicia europea ha dictaminado que los buscadores como Google deberán aplicar este derecho, pero únicamente dentro del ámbito local de la Unión Europea. Es decir, si por ejemplo un ciudadano español solicita borrar un dato, Google únicamente deberá proceder a borrarlo dentro de las versiones de Google europeas, pero no las versiones norteamericanas o de otros países fuera de la Unión Europea.
Como ha expresado el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJUE) en su comunicado oficial:
"El gestor de un motor de búsqueda no está obligado a retirar los enlaces en todas las versiones de su motor de búsqueda. Sin embargo, deberá retirarlos en las versiones que correspondan al conjunto de los Estados miembros y adoptar medidas que impidan o dificulten a los internautas acceder, desde uno de los Estados miembros, a los enlaces controvertidos que figuren en las versiones de ese motor fuera de la Unión."
Paralelamente, para los usuarios europeos, los buscadores deberán adoptar medidas que impidan o dificulten el acceso a estos datos que se encuentren en otras versiones.
La Unión Europea reconoce la dificultad de aplicar el derecho al olvido en todo el mundo, pues como explica el comunicado: "Muchos terceros Estados no contemplan el derecho a la retirada de enlaces o lo abordan desde una perspectiva diferente. Añade que el derecho a la protección de los datos personales no constituye un derecho absoluto, sino que debe considerarse en relación con su función en la sociedad y mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio de proporcionalidad".
Para el origen de la disputa debemos remontarnos a hace tres años, cuando el regulador de protección de datos francés (CNIL) multó a Google con 100.000 euros por negarse a eliminar la información confidencial de sus resultados a nivel mundial. Google decidió enfrentarse judicialmente a esa decisión, un año después se preguntó al Tribunal Europeo sobre su postura y ha sido ahora cuando se ha dictado a favor de Google.
Tras la decisión, Google ha emitido un comunicado celebrando que el TJUE les haya dado la razón: "Desde 2014 hemos trabajado para implementar el Derecho al Olvido en Europa y conseguir un equilibrio sensible entre el derecho de los usuarios al acceso a la información y la privacidad. Es bueno saber que el Tribunal de Justicia Europeo concuerda con nuestros argumentos y estamos contentos de que muchas asociaciones independientes de derechos humanos, asociaciones de medios etc. de todo el mundo hayan compartido también sus puntos de vista con el Tribunal".
El caso ha sido bastante controvertido pues si el Tribunal hubiera tomado la decisión contraria podría haber sido visto como un intento de la Unión Europea por regular más allá de sus fronteras y golpear de nuevo a gigantes estadounidenses. Unas acciones que, como ya ocurre con las distintas regulaciones de Competencia, son seguidas de cerca por los EE.UU.
Imagen | Paweł Czerwiński
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