Tan solo cuatro comunidades regulan el uso del teléfono en el aula. En España no hay un criterio unificado
Hace algo menos de una semana, el presidente de la Xunta de Galicia, Alfonso Rueda, anunció una prohibición adicional en los centros educativos: el uso de teléfonos móviles durante el tiempo de ocio del alumnado. Esta medida se suma a la restricción previa que ya existía en las aulas durante el periodo lectivo.
Galicia se une así a Madrid y Castilla-La Mancha como las únicas regiones en implementar este tipo de restricciones. Regular el uso del teléfono en entornos educativos no es tarea fácil: España carece de un marco legal definido para esto, dejando la responsabilidad en manos de las comunidades autónomas.
Galicia, un paso más allá. Galicia ha sido la última región española en regular el uso del teléfono móvil en centros educativos. La Xunta ha puesto sobre la mesa la prohibición de su uso en el tiempo de descanso. "No podrá usarse ni en el recreo, ni en el comedor, ni en las entradas ni en salidas", adelantaba Rueda.
Es una medida complementaria a la ya aplicada en 2015, en la que se regulaba la prohibición de móviles en el aula. Pero lograr estas restricciones no es tan sencillo.
El problema con el marco legal. Para lograr este objetivo en 2015 tuvo que publicar un decreto desarrollado a través de su ley autonómica de 2011 de convivencia y participación en la comunidad educativa. El artículo 19.4 refleja que "se prohíbe el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos como mecanismo de comunicación durante los períodos lectivos. Excepcionalmente, los centros podrán establecer normas para la correcta utilización como herramienta pedagógica".
Esta ley, que puede ser consultada por cualquier ciudadano en el Diario Oficial de Galicia, es distinta a la del resto de comunidades, y es que no hay un marco nacional que regule el uso del teléfono en centros educativos. A pesar de que Rueda haya adelantado que se irá más allá para prohibir los móviles en el tiempo de ocio, se desconoce aún si se modificará este artículo o cuál será la estrategia a elaborar para lograr este fin.
Castilla-La Mancha también tiene su propia normativa. Aunque Galicia esté sonando en la actualidad tras esta medida, otras regiones, como Castilla la Mancha, fueron pioneras en prohibir el uso de teléfonos en 2014. El Gobierno autonómico impulsó esta restricción salvo "en los casos previstos expresamente en el proyecto educativo del centro o en situaciones excepcionales, debidamente acreditadas".
En este caso, la prohibición se ampara y refleja bajo el artículo 22.4 de la ley del menor de Castilla la Mancha, recogido en el Diario Oficial de la región el 17 de octubre de 2014. De nuevo, una modificación sobre la ley regional para regular el uso del teléfono móvil.
Madrid le siguió en 2020. La Comunidad de Madrid impulsó en septiembre del curso escolar 2020/21 la limitación del uso del teléfono en las aulas de colegios e institutos. Lo hizo mediante una modificación del Decreto por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
En concreto, Madrid modificó el Decreto 60/2020, de 29 de julio, que modifica el Decreto 32/2019, de 9 de abril, en el que se regulan aspectos como la expulsión del centro durante cinco días hábiles en caso de no entregar el móvil al profesor si así lo requiere.
Andalucía, la última en sumarse... aunque a medias. El pasado cinco de diciembre entró en vigor una nueva instrucción de la Junta de Andalucía en la que se prohíbe, salvo excepciones justificadas, el uso de dispositivos móviles en centros escolares, incluido el tiempo de recreo a actividades extraescolares.
"El marco normativo actual contempla que la regulación sobre el uso de los teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos se encuentra dentro del margen de autonomía de los centros para que, atendiendo a las peculiaridades de cada contexto, puedan permitir o no permitir el uso de estos medios."
En el caso andaluz, de anuncio reciente, no se modifican decretos de leyes autonómicas. El paso aquí es una orden de la Junta de Andalucía en el que se envían medidas a los propios centros, poniéndose en duda el alcance jurídico legal de la misma. Las instrucciones de la consejería quedan por debajo de órdenes, decretos y leyes, por lo que la propia orden puede entrar en conflicto con el reglamento interno de los centros (ROC, Reglamento Orgánico de Funcionamiento los Centros).
Europa tampoco avanza hacia un criterio unificado. Queda claro que, por el momento, España no tiene un criterio definido para regular el uso del teléfono en las aulas. Mientras tanto, países como Italia o Francia establecieron por ley este tipo de prohibición, con el fin de unificar las limitaciones en todos los colegios de su territorio. Son más bien una excepción, ya que el resto de la comunidad europea no es tan tajante a nivel legislativo.
Países Bajos emitió una directiva nacional en el mes de julio para las escuelas indicando que los estudiantes no pueden llevar teléfonos, móviles o tablets a las aulas. Pese a ello, al igual que en España, esta directiva no refleja una modificación en la ley, por lo que acaba dependiendo de la decisión de cada centro. En este caso, habrá una revisión en 2024/25 sobre el alcance de la medida, para determinar si es necesaria o no una prohibición a nivel legal.
Imagen | CDC
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