"Me parece un poco lamentable que pisos con estos precios y que presumen de estar perfectamente aislados del exterior para ahorro energético presenten estos problemas", criticaba en 2018 un usuario en la web nuevosvecinos.com. Pero lo que parecía un comentario de quejas sin más sobre la inmobiliaria Valenor, ha terminado siendo considerado por el juzgado de instrucción nº50 de Madrid como un posible delito de injurias graves por supuestos comentarios denigratorios.
El juzgado ha procesado no solo al autor del comentario, también a la pareja del usuario y copropietaria de la vivienda pese al hecho que ella ni siquiera puso ningún mensaje.
David Bravo, abogado especializado en derecho informático y defensor del acusado, nos explica cómo este caso supone un ataque flagrante contra la libertad de expresión. Una resolución que ejemplifica la facilidad con la que por unos simples comentarios en un foro es posible terminar procesado.
A juicio por unos mensajes que ni se han tenido en cuenta
La raíz del debate está en unos comentarios escritos por el acusado donde se quejaba de las calidades de una vivienda, lo que la promotora inmobiliaria consideró denigratorios. Unos comentarios que, según muestran las capturas de pantalla, en realidad se refieren sobre experiencias de otros propietarios. Pese a ello, se querellaron tanto contra él como con la copropietaria del piso.
"Cuando los dos clientes fueron a declarar, ella dijo que no sabía qué hacía allí. Porque ella no había escrito en el foro. Si ves en los pantallazos, todos habían sido escritos por otro usuario. La querellante fue a lo bruto y dijo; ¿tenemos dos compradores? Pues los dos han escrito", explica Bravo. "Cuando él entró dijo que sí los había escrito. El abogado contrario empezó a hacerle preguntas, alterando la literalidad de los comentarios. Mi cliente decía; enséñemelo, no pone eso". El juez Esteban Vega Cuevas parecía perder la paciencia, según explica el abogado.
"Nos fuimos de allí pensando que eso se archivaba", explica Bravo. Pero lo que parecía una querella sin más recorrido, cambió su resultado de un día para otro. "No sé que pasó que en lugar de archivar, llamó a tres testigos. Tres subcontratas de la inmobiliaria. Unos testigos que no valían para nada, porque venían a acreditar que la casa estaba bien, lo que es irrelevante porque él nunca lo ha dicho. Vinieron a leer lo que ya habíamos podido leer con los pantallazos".
"Hubo un rifirrafe entre la parte contrario y yo. Ellos apelaban a la tutela judicial efectiva y demás cuestiones genéricas. Yo pedí el sobreseimiento y ofrecí capturas. Igual yo percibí mal la actitud del primer día. El caso es que yo pensaba que se iba a archivar por cómo se recibió y por cómo lo hizo el juez con el abogado. Pero no. Continuó y dijo que sí puede haber delito", relata Bravo.
En el auto del juez, de apenas un folio y medio, se puede apreciar como no se hace referencia concreta a lo que dicen los comentarios. "La ley exige que el juez fije los hechos. Pero el juez simplemente se refiere a comentarios denigratorios. Yo no me puedo defender si ni los hechos punibles quedan fijados, como exige la Ley".
"He pedido dos cosas. Primero la nulidad del auto, al no fijar los hechos punibles. No es ya que el comentario no fue así, es que no me dice ni cuales son esos comentarios. El auto me hace pensar que el juez no ha leído los comentarios, porque ninguno se refiere a la vivienda en la que ellos habitan", reflexiona Bravo, quien espera que hasta dentro de un mes no reciba respuesta a su solicitud. "Si lo rechazan, entonces recurriría en apelación a la Audiencia provincial de Madrid y ahí a ver si consigo que sí lean los comentarios".
"El único momento que asistieron los clientes fue su propia declaración. El asunto lo tenían un poco olvidado. El juez transmitió la idea, con su lenguaje verbal y no verbal, que perdía la paciencia por estar. Cuando les contacto, pues sí mostraron incredulidad y cierta rabia", repasa Bravo.
"No tengo en mente ningún otro caso parecido. Por lo menos seguro que ninguno que yo haya tenido experiencia. Es la primera vez que hablo de un asunto en fase instructora, en una fase tan primitiva. Pero por lo extraño que me ha parecido".
"Impotencia es la palabra. Ya te digo, los comentarios con pantallazos eran de la propia querellante. No míos", concluye Bravo.
"Si esto es así, hay que cerrar los foros"
"La libertad de expresión se puso sobre la mesa desde el principio. Yo comentaba que hay que tener en cuenta que las injurias están despenalizadas desde 2015, salvo las que son graves. Si esto se considera grave, estamos completamente ante una interpretación de la libertad de expresión muy estrecha, casi preconstitucional", argumenta Bravo.
"Si esto es así, hay que cerrar los foros. No se podría ni comentar por ejemplo si no te ha parecido bien un servicio que has comprado", expone el abogado, quien busca la denuncia pública pues aunque los absuelvan, el efecto intimidatorio de la querella está ya plenamente cumplido.
Desde la Plataforma en Defensa de la Libertad de Internet han expresado en redes sociales su rechazo a este procesamiento, aludiendo que "la libertad de expresión también incluye el derecho a quejarse del servicio de una empresa en un foro de Internet".
La libertad de expresión también incluye el derecho a quejarse del servicio de una empresa en un foro de Internet. Nuestro rechazo a este procesamiento y, además, al uso del delito de injurias que supone un límite desproporcionado a este Dcho. Fundamental.https://t.co/3x8YXua0L6
— PDLI (@PDLI_) November 16, 2020
Para Bravo, este procesamiento va más allá que un caso particular contra dos usuarios: "me parece que cuando hay ciertas actuaciones tan descabelladas como esta, que le parecen así a cualquiera que lo lea, la única manera de conseguir que esto no pase es poniendo cierto foco en aquellos que no dejan de ser funcionarios públicos. Es muy fácil dictar resoluciones de folio y medio. Es más complicado cuando estás tratando un tema que no afecta solo a dos personas, sino a cualquiera que pone un comentario. Esta resolución está teniendo una importancia general, no solo a los afectados, sino a la generalidad de la gente. Ahí los jueces lo normal es que si saben que su trabajo va a ser revisado, porque atañe a muchas personas que están atentas, emiten la resolución que entiendan ajusta a Derecho pero desde luego fundada y motivada y no este auto burocrática con unas antecedentes de hecho genéricos que no dejan de ser un resumen de la propia querella sin atender a la literalidad de los comentarios que quieren enjuiciar".
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