El Gobierno quiere poner fin a la contratación de luz y gas por teléfono. Salvo en un caso muy concreto

La modificación del Reglamento General de Suministro y Contratación busca seguir protegiendo al consumidor

Luz
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El Gobierno tiene un nuevo objetivo relacionado con las empresas comercializadoras de luz y gas: no podrán realizar contratos por teléfono, tal y como hacían hasta la fecha. Tan solo se exceptúa una situación: que el propio usuario sea el que lo pida de forma expresa. De este forma, el Ministerio de Transición Ecológica pretende ahondar en la protección al consumidor, como adelanta El País.

Esta medida se fundamenta en un Real Decreto incluido en el Reglamento General de Suministro y Contratación, en el que se establece "el final de la posibilidad de que los comercializadores puedan realizar publicidad y contratación del suministro vía telefónica, salvo que exista una petición expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa".

Esta propuesta está sujeta a consulta pública hasta el próximo 13 de septiembre, por lo que no entra en vigor de forma inmediata.

Qué cambiará. A pesar de que la Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2022 establece el derecho de los usuarios para no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, no se prohibía la contratación telefónica de ningún servicio.

El borrador de Transición Ecológica recoge ahora que “el comercializador no podrá realizar publicidad ni prácticas de contratación no solicitadas por el usuario por vía telefónica, salvo que exista una petición expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa”.

La propuesta se solapa con la ya existente, que impedía la realización de llamadas no deseadas con fines comerciales. Se añade, no obstante, la prohibición de realizar "prácticas de contratación", salvo que el usuario así lo demande.

Se recoge asimismo la obligatoriedad de grabar la totalidad de la conversación, incluyendo toda la información facilitada al consumidor, incluida información precontractual y todas las características de la oferta.

Una petición de la CNCM. El pasado mes de julio, la CNMC abría expediente sancionador contra varias empresas distribuidoras de energía. Entre ellas, Endesa S.A. y Endesa Energía. La Comisión analizaba, entre otros, trámites relacionados con la comercialización de energía eléctrica, prestación de servicios, así como instalaciones y operaciones de autoconsumo.

En la CNMC se vienen registrando numerosas reclamaciones de consumidores que reciben llamadas telefónicas engañosas de diferentes comercializadores, sin que el consumidor haya dado su consentimiento a recibir estas llamadas, y que pueden ocasionar contrataciones del suministro con deficiencias o sin un consentimiento informado del consumidor

Planteaba, del mismo modo, que se venían registrando "numerosas reclamaciones de consumidores que reciben llamadas telefónicas engañosas de diferentes comercializadoras, sin que este haya dado su consentimiento a recibir estas llamadas, y que pueden ocasionar contrataciones del suministro con deficiencias o sin un consentimiento informado".

Una ley que fracasó en su primer año de aplicación. La modificación de la Ley General de Telecomunicaciones con el fin de regular el derecho a no recibir llamadas con fines de comunicación comercial fracasó en su primer año de aplicación. Encuestas realizadas por Facua indicaban que el 98% de los españoles seguían recibiendo llamadas comerciales no deseadas.

Datos que coinciden con investigaciones de la OCU, en las que se afirmaba que 9 de cada 10 usuarios sufrían este tipo de práctica de forma recurrente. Fuentes de ElDiario.es explican que el 20% de las reclamaciones que recibe la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) están relacionadas con las incesantes llamadas comerciales no deseadas, aumentándose en un 114% el año pasado respecto a 2022.

Una propuesta en trámite. El reglamento que incluye la prohibición de la contratación por teléfono es parte de un conjunto más amplio de normativas que el Gobierno está implementando para adaptar a la legislación española las normas del mercado interior de la electricidad establecidas por la Directiva 2019/944 de la Unión Europea. Hasta ahora, estas normas solo se han adoptado parcialmente en España.

Imagen | Bran Sodre

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