No, el Canon AEDE no está muerto. Esta semana volvía a acaparar titulares después de que El Confidencial se fijara en que CEDRO ya ha propuesto una tarifa oficial para cobrar a los agregadores de contenidos: 0,05044854 euros por usuario diario. Siguiendo esa cifra, Menéame debería pagar algo más de 2,5 millones de euros anuales, que serían 20 veces más de lo que actualmente facturan.
Sin embargo, y a pesar de que esta compensación lleva vigente desde el 1 de enero de 2015, todavía nos surgen muchas preguntas a las que ni desde el Gobierno ni desde CEDRO han contestado. Hoy, y tras varios días de investigación, vamos a repasarlas.
¿A quién afecta realmente?
Quizá ésta sea la más importante. Fuentes de CEDRO nos confirmaban que estaban negociando ya las tarifas con "algunos" agregadores de contenidos. Sin embargo, al estar en fase de negociación, preferían no confirmar cuáles. Desde Menéame nos decían que ellos no eran y nunca se habían sentado con la asociación. Entonces ¿con quién están negociando?
Que Menéame, que es el "posible" agregador más popular y conocido en España, no esté entre los que negocian no significa que se vayan a librar del Canon, pero sí resulta cuanto menos llamativo. ¿Será porque CEDRO ha ido primero a los de perfil más alto? Aquí podrían (y nótese el "podrían") entrar Yahoo News y Bing Noticias. Google News, que sería el principal afectado, cerró en España antes de que entrara en vigor el Canon.
¿Más candidatos? Podríamos pensar en Flipboard. Otros posibles, aunque menos probables, podrían ser Apple por su Apple News y Samsung por Upday, pero ninguno de ellos está disponible por ahora en España. Desde Apple no han querido hacer comentarios y desde Samsung no hemos recibido respuesta.
Y es que, como decíamos hace unos días, la definición de "agregador" que se hace en la Ley de Propiedad Intelectual es tan amplia y genérica que es difícil decir si algo lo es o no: "La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos". ¿Qué es un fragmento no significativo?
Hasta tal punto la ley es confusa que el mismo Gobierno tuvo que salir a aclarar vía comunicado (sin validez legal) que las redes sociales no entrarían dentro de los portales que tendrían que pagar canon. El problema es que el Canon AEDE se define legalmente en dos párrafos (y no es una exageración, son dos párrafos literalmente), y esos dos párrafos pueden dar lugar a muchas interpretaciones.
¿Cómo se han fijado las tarifas?
¿Por qué 0,05044854 euros por usuario diario? Fuentes de CEDRO nos aseguraron que habían llegado a esa cifra tras realizar los estudios correspondientes. Sin embargo, en algunos casos puede parecer desproporcionada. Tenemos el ejemplo de Meneame, que tendría que pagar 2,5 millones de euros pese a facturar, que no ganar, 20 veces menos. Si Xataka fuera un agregador, estaríamos hablando de más de 4 millones de euros anuales.
En la Ley de Propiedad Intelectual no hacen mención específica a cómo se tienen que fijar las tarifas del Canon AEDE, aunque sí las tarifas generales de las compensaciones a los propietarios de derechos y cómo éstas deben cumplir unos requisitos. Carlos Sánchez Almeida, abogado del Bufet Almeida, nos remite al artículo 157.1 b de la LPI, donde se establece que "el importe de las tarifas se establecerá en condiciones razonables" y teniendo en cuenta criterios como "los ingresos económicos obtenidos por el usuario por la explotación comercial del repertorio".
Además, según nos señala Almeida, en el Artículo 158 bis establece que la Sección Primera de la Comisión de Cultura tendrá funciones de arbitraje en este asunto. Esto significa que, si "una asociación de usuarios" o "un usuario afectado especialmente significativo" se queja de las tarifas, la Sección Primera tendrá que intervenir y mediar entre ambas partes.
¿Qué quiere decir todo esto? Que CEDRO no puede fijar unas tarifas de forma unilateral y exigir su pago, o al menos no puede hacerlo sin que los usuarios o afectados puedan protestar ante el Ministerio de Cultura. Por eso CEDRO está negociando ahora con algunos de los posibles afectados.
¿Cómo será el reparto?
Otro de los aspectos más controvertidos del Canon AEDE es que es un canon "irrenunciable". Cualquier "publicación periódica" que un agregador enlace con un "fragmento no significativo" podría exigir una compensación. Y, aunque no la exija, al ser "irrenunciable" CEDRO podrá cobrarla igualmente. De hecho, si os fijáis en sus tarifas la unidad de medida son los usuarios únicos diarios que tiene un agregador, y no las noticias de sus asociados que enlazan.
¿Cómo se va a repartir entonces el dinero que cobre CEDRO a cada portal de ese tipo? Es otro de los grandes misterios, aunque Carlos augura peleas y polémicos sistemas parecidos a los que ya se utilizan en otras entidades, como la SGAE. En palabras del abogado: "Es un sistema gremial, obsoleto, inadecuado... El problema es que las entidades de gestión se diseñaron para un mercado de contenidos completamente distinto y a pesar del cambio legislativo, su sistema de toma de decisiones y su sistema de fijación de tarifas han quedado obsoletos. No hay transparencia"
¿Es retroactivo?
Junto a la ambigüedad de la redacción del Canon AEDE, existe otra polémica: cómo entró en vigor el 1 de enero de 2015 sin que nada estuviese acordado entre CEDRO y posibles afectados. Es decir, en teoría esta compensación está activa desde principios de 2015, aunque hasta ahora no se haya realizado ningún cobro efectivo por ella.
¿Significa esto que ahora los agregadores deben pagar lo acumulado desde el 1 de enero de 2015? Las fuentes de CEDRO a las que hemos consultado nos remiten a lo que dice la ley sin dar más explicaciones, donde no queda del todo claro. "No tiene sentido", nos dice Almeida: según él no sólo se estarían aplicando tarifas unilaterales sino también tarifas que entonces se desconocían.
Lo que sí es seguro: queda polémica para rato
Si bien todo lo anterior nos deja muchas preguntas, algo en lo que insiste Carlos Almeida es que, si CEDRO sigue adelante con estas tarifas y pretende cobrarlas a todos los agregadores de forma unilateral, nos quedan muchas batallas legales de por medio "como ya ocurrió con el canon de copia privada". Por eso quizá estamos viendo, al menos de momento, otra estrategia por parte de la asociación: negociar directamente con algunos de los afectados.
Imagen de portada | vrimunde (CC)
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