La nueva ley de tráfico ha llegado al BOE, tras su aprobación por parte del Congreso el pasado 3 de diciembre. El texto publicado recoge la entrada en vigor de la nueva legislación, más dura con el sistema de detracción de puntos en el carnet de los conductores.
Así pues, a partir del 21 de marzo varias de las infracciones conllevarán mayor pérdida de puntos. Vamos a contarte cómo se producirá la entrada en vigor, qué cambia y cómo quedan las sanciones tras las modificaciones de esta ley.
El 21 de marzo de 2022 entra en vigor
La página 304 del BOE refleja la modificación del texto de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada en 2015 y cuya modificación ha llegado hoy mismo al BOE. Esta modificación revisa las infracciones que conllevan pérdida de puntos y endurece dichas sanciones, entre las cuales se encuentra perder el doble de puntos por usar el móvil.
El texto refleja que "la presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado", por lo que el próximo 21 de marzo de 2022 entrará en vigor la nueva ley, con las pertinentes modificaciones a su texto.
"El objeto de la reforma se centra principalmente en la revisión de las infracciones que detraen puntos; el reconocimiento que tiene para la seguridad vial la superación de cursos de conducción segura y eficiente; el tratamiento actualizado de la conducción profesional; y la unificación a dos años del plazo que tiene que transcurrir para recuperar el saldo inicial de puntos tras la firmeza de las sanciones." Boletín oficial del Estado.
Qué cambia con la nueva ley de tráfico
Con la nueva Ley de Tráfico los principales cambios llegan en la detracción de puntos. Conducir usando el móvil pasa de ser una sanción de 3 a 6 puntos, las multas por arrojar objetos a la vía suben de 4 a 6 puntos, así como el adelantar a ciclistas sin separación mínima.
Se elevan también los puntos a descontar por no utilizar o utilizar de forma incorrecta el casco, cinturón de seguridad o sistemas de retención infantil, de 3 a 4. Se castiga también on tres puntos el utilizar o poseer mecanismos de detección de radares. Utilizar el móvil entre el casco y la cabeza del conductor ahora se sanciona también con tres puntos.
Uno de los cambios más importantes con esta nueva Ley es el fin de los adelantamientos en carreteras convencionales superando en 20 km/h el límite de la vía. Ya no será posible adelantar por encima de dicho límite, una de las medidas más polémicas tras la nueva legislación.
Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo. Será posible recuperar hasta 2 puntos con cursos de conducción segura certificados por la DGT.
La ley también recoge que, a partir del 6 de julio de 2022, los vehículos de transporte de viajeros tendrán que incorporar un alcoholímetro antiarranque, bajo infracción muy grave de 500 euros en caso de no hacerlo.
Con la entrada en vigor de esta ley también se prohíbe la circulación de vehículos de movilidad personal por aceras y demás zonas peatonales. Se impone asimismo la obligación de usar el casco, bajo sanción de 200 euros.
Unas pequeñas pinceladas tecnológicas
La nueva ley recoge dos modificaciones referentes al mundo digital. En primer lugar, las empresas de transporte y mercancías podrán acceder online a un registro de conductores (aún en desarrollo) para conocer si el permisos de conducir de sus trabajadores está vigente o no. No habrá acceso a datos confidenciales, tan solo información sobre si tienen o no capacidad legal para conducir.
Del mismo modo, para la obtención de un permiso o licencia de conducción se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización, que "podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual". No se abre la puerta a un carnet 100% online, pero sí a cursos oficiales a través de internet.
Así quedan las sanciones por puntos tras la nueva Ley
PUNTOS | |
---|---|
CONDUCIR CON UNA TASA DE ALCOHOL SUPERIOR A LA REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA | 6 puntos (0,50 mg/l en aire espirado) |
CONDUCIR CON PRESENCIA DE DROGAS EN EL ORGANISMO | 6 puntos |
INCUMPLIR LA OBLIGACIÓN DE SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE DETECCIÓN DE ALCOHOL O DE LA PRESENCIA DE DROGAS EN EL ORGANISMO | 6 puntos |
CONDUCIR DE FORMA TEMERARIA, CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTABLECIDO O PARTICIPAR EN CARRERAS O COMPETICIONES NO AUTORIZADAS | 6 puntos |
CONDUCIR VEHÍCULOS QUE TENGAN INSTALADOS INHIBIDORES DE RADARES | 6 puntos |
EXCESO DE MÁS DEL 50% EN LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN O MINORACIÓN DEL 50% EN TIEMPOS DE DESCANSO ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE | 6 puntos |
PARTICIPACIÓN EN COLOCACIÓN DE ELEMENTOS QUE ALTEREN EL TACÓGRAFO O LIMITADOR DE VELOCIDAD | 6 puntos |
UTILIZAR, SUJETANDO CON LA MANO, MÓVILES MIENTRAS SE CONDUCE | 6 puntos |
ARROJAR A LA VÍA O SUS INMEDIACIONES OBJETOS QUE PUEDAN PRODUCIR INCENDIOS O ACCIDENTES | 6 puntos |
INCUMPLIR LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE PREFERENCIA DE PASO Y LA OBLIGACIÓN DE DETENERSE ANTE UN STOP, CEDA EL PASO Y SEMÁFORO EN ROJO | 4 puntos |
ADELANTAR PONIENDO EN PELIGRO A CICLISTAS SIN DEJAR LA SEPARACIÓN MÍNIMA DE 1,5 METROS | 4 puntos |
NO RESPETAR LAS SEÑALES U ÓRDENES DE LA AUTORIDAD DE TRÁFICO | 6 puntos |
NO MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD CON EL VEHÍCULO QUE LE PRECEDE | 4 puntos |
NO HACER USO O NO HACERLO DE FORMA ADECUADA DEL CINTURÓN, CASCO Y DEMÁS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN | 4 puntos |
CONDUCIR CON UN PERMISO O LICENCIA QUE NO LE HABILITE PARA ELLO | 4 puntos |
CONDUCIR UN VEHÍCULO TENIENDO SUSPENDIDA LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA CONDUCIR | 4 puntos |
REALIZAR LA MANIOBRA DE MARCHA ATRÁS EN AUTOVÍA Y AUTOPISTA | 4 puntos |
EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO INCUMPLIENDO LAS DISPOSICIONES RECOGIDAS EN ESTA LEY | 3 puntos |
CONDUCIR UTILIZANDO CUALQUIER TIPO DE CASCO DE AUDIO O AURICULAR CONECTADO A APARATOS RECEPTORES O REPRODUCTORES DE SONIDO QUE DISMINUYAN LA ATENCIÓN A LA CANDUCCIÓN | 3 puntos |
CONDUCIR VEHÍCULOS QUE LLEVEN MECANISMOS DE DETECCIÓN DE RADARES O CINEMÓMETROS | 3 puntos |
INCUMPLIR LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE ADELANTAMIENTO PONIENDO EN PELIGRO O ENTORPECIENDO A QUIENES CIRCULEN EN SENTIDO CONTRARIO Y ADELANTAR EN LUGARES O CIRCUNSTANCIAS DE VISIBILIDAD REDUCIDA | 4 puntos |
Así quedarán las sanciones con detracción de puntos a partir del 21 de marzo. Hasta esa fecha la Ley de Tráfico, pese a la aprobación de la modificación del texto, seguirá como hasta ahora, haciéndose efectivas las nuevas sanciones tan solo a partir de dicho día.
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