Inspección de Trabajo carga de nuevo contra Glovo. Esta vez ha decidido imponer dos multas a la compañía de reparto, por un total de 56,7 millones de euros. Una sanción que, según describe la Ser, corresponde por un lado al uso de falsos autónomos y por otro al uso de inmigrantes sin papeles ni permiso de trabajo.
La nueva multa millonaria se suma a la que se impuso en septiembre del año pasado por empleados en Barcelona y Valencia. Ahora es la delegación de Trabajo y Seguridad Social en Madrid quien ha decidido multar a la compañía. Para Trabajo, Glovo es reincidente en sus acciones y acumula ya 205,3 millones de euros de sanción por incumplir aspectos que ahora están prohibidos con la Ley Rider.
Un total de 7.022 repartidores habrían trabajado como falsos autónomos en Madrid. Por ello se sanciona a Glovo con 32,9 millones de euros, a los que habría que sumar 19 millones por cuotas impagadas a la Seguridad Social.
Sin contrato ni permiso
Adicionalmente, y es una decisión que no vimos en los casos de Barcelona y Madrid, Trabajo ha decidido sancionar a Glovo por el "trabajo irregular de personas extranjeras sin el correspondiente permiso de trabajo", según explican a El Diario fuentes de Trabajo. En total serían unas 813 personas que de haber sido contratadas no habrían tenido los permisos necesarios. Por ellos se sanciona a Glovo con 5,2 millones de euros.
El total de sanciones hacia Glovo empieza a ser considerable y ya empieza a ser considerado un caso perdido por parte de Trabajo. Por parte de Glovo se sigue considerando que su modelo era el correcto. 205,3 millones de euros de sanción para una empresa que fue fundada en 2014. Trabajo considera que unos 37.300 repartidores de Glovo en España han estado trabajando irregularmente.
Desde Glovo defienden que la sanción "no es consecuencia de la ley rider por ser de un periodo anterior, la propuesta de sanción hace referencia a un modelo operativo que ya no existe en España" y que "no existe ningún informe de la Inspección Laboral ni ningún tipo de pronunciamiento judicial sobre el nuevo modelo inédito actualmente disponible en España".
El caso ahora llegará a la Justicia. Glovo ha confirmado que recurrirá mientras que desde el ministerio de Trabajo se ha anunciado que se pedirá a la Fiscalía que investigue posibles delitos contra los trabajadores.
Desde la reforma del Código Penal, el artículo 311 castiga estos delitos con penas de prisión de hasta seis años. En concreto: "Los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.
Imagen | Philippe Clabots
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