Con los avances tecnológicos cada vez son más habituales las batallas legales, sobre todo cuando en algunos casos hay una violación de las leyes como ocurre con el reconocimiento facial de Facebook y otros en Europa. Pero ahora la Comisión Europea ha sancionado a Sony, Panasonic y Sanyo con un total de 166 millones de euros por algo que no es nuevo ni mucho menos: las baterías recargables de litio.
La Comisión comunica que ha impuesto esta multa a dichos fabricantes al saberse que éstos habían formado un consorcio o cártel con el fin de establecer acuerdos para coordinar los precios de estas piezas y evitar una competición agresiva en este mercado. Esto habría implicado el intercambio de información sensible acerca de suministros de baterías recargables violando las leyes contra el monopolio de la Unión Europea.
Tres multados, cuatro participantes
Leemos en el comunicado que la multa se impone a Sony Panasonic y Sanyo aunque en la mención de las empresas que se dedican al negocio de dichas baterías también aparece Samsung DSI (que nos puede sonar por el caso de las baterías del Note 7). Lo que vemos en el detalle de la sanción es lo siguiente:
- Las cuatro compañías acordaron incrementos temporales del precio entre 2004 y 2007 empujados por un aumento temporal de precio del cobalto (material que se usa en la fabricación de baterías de litio).
- Intercambiaron información comercial sensible como predicciones de demanda, precios y suministro, así como planes que concernían ofertas competitivas organizadas por fabricantes específicos de productos como portátiles, teléfonos o herramientas que usan baterías.
Pero aunque las acusaciones y confesiones incluyen a estas cuatro empresas, sólo tres pagarán la multa. ¿Por qué no se aplica ésta a Samsung SDI? Porque, aunque las cuatro admitieron su participación, fue Samsung la empresa que reveló la existencia del cártel a la Comisión Europea, y según un acuerdo de 2006 de la Comisión Europea se libra de la multa (que ascendería a 57.748.000 euros).
La sanción viene casi diez años después de los hechos, dado que el cártel se formó en febrero de 2004 y dejó de actuar en noviembre de 2007, reuniéndose sobre todo en Asia y en puntuales ocasiones en Europa. El hecho de que hayan admitido la formación del consorcio hace que la penalización sea reducida por el mismo acuerdo por el que Samsung SDI queda exenta del pago y por otro acuerdo de 2008, aplicándose una reducción del 10%.
Reducción por el acuerdo de 2006 | Reducción por el acuerdo de 2008 | Multa (euros) | |
---|---|---|---|
Samsung SDI | 100% | 10% | 0 |
Panasonic | 20% | 10% | 38.890.000 |
Sanyo | 20% | 10% | 97.149.000 |
Sony | 50% | 10% | 29.802.000 |
Así, Margrethe Vestager, que fue la comisaria que se encargó también de vigilar los acuerdos de Google con los fabricantes de teléfonos móviles, recuerda que estas piezas se utilizan en millones de productos (ordenadores, teléfonos móviles, etc.), viéndose afectados los precios de muchos bienes vendidos a consumidores europeos. Aprovecha además para recordar que esto sirve de advertencia a todas las compañías.
La decisión de hoy sanciona a cuatro productores de baterías cuya conspiración ha afectado al precio de un número de bienes vendidos a consumidores europeos. Además envía un importante mensaje a las compañías: si los consumidores europeos se ven afectados por un cártel, la Comisión investigará si las prácticas van más allá de Europa.
Más información | Comisión Europea
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