Una teleoperadora de Valladolid fue despedida por su empresa por motivos disciplinarios después de que su jefa monitorease su pantalla y comprobase que estaba consultando y participando en foros de internet en su horario laboral. La compañía no señala este motivo para echarla, sino que explica que transgredió la buena fe contractual y bajó su productividad de forma voluntaria y continuada, justificaciones bastante genéricas pese a que la justicia vallisoletana considera que el uso del software de seguimiento fue adecuado.
¿Por qué? La empresa no usó las pruebas que tenía contra su trabajadora para justificar su despido, previsiblemente, para ahorrarse problemas. Ya que para poder usar esta información en casos de esta naturaleza la Agencia Española de Protección de Datos prevé que la compañía debe demostrar la necesidad del uso de la herramienta (justificación por el tipo de trabajo que hace ese empleado), su idoneidad (que no haya alternativas menos intrusivas para lograr el mismo resultado) y su proporcionalidad (que el fin a conseguir sea proporcional a la intrusión a la intimidad que se realiza), como ya explicamos en Xataka.
Sin embargo, para defenderse del despido y tratar de conseguir su nulidad, la empleada reclamó que su derecho a la intimidad había sido vulnerado cuando su jefa monitorizó su pantalla, por lo que tanto el Tribunal de lo Social de Valladolid, primero, como el Tribunal Superior de Justicia vallisoletano, tras el recurso, han tenido que entrar a valorar si el uso del software para seguir la actividad de la teletrabajadora fue adecuado. Y ambos órganos judiciales han considerado que lo fue, según se puede leer en la sentencia del caso.
El consentimiento informado. Y es que la empresa, antes de instalar el software de seguimiento en el dispositivo personal de la empleada, informó a ésta de todos los detalles relativos a su funcionamiento y obtuvo de esta su consentimiento expreso para utilizarlo. Así, como la afectada lo autorizó explícitamente, la justicia considera que se usó sin infringir su derecho a la intimidad.
La jurisprudencia española avala el uso de softwares para monitorizar el teletrabajo siempre que se informe debidamente al empleado. En el caso de que el dispositivo que se use sea personal, como era el caso de esta teleoperadora, la compañía debe obtener el consentimiento expreso del afectado. Si el equipo es de la empresa, sólo debe comunicarle al detalle lo que hace el programa informático, pero no es necesario obtener su consentimiento expreso, como ya contamos en Xataka.
Sentencia. Por lo tanto, la empresa no usó directamente las pruebas que tenía tras haber monitorizado el ordenador de su empleada para no meterse en demasiados líos, y justificó su cese de forma genérica. Pero, de haber querido, podría haberlas aportado, ya que, al tener el consentimiento explícito e informado de la trabajadora, actuó de acuerdo a la ley. El único problema que podría haber tenido la compañía en caso de haberlas utilizado es que los magistrados hubiesen considerado que la medida no era necesaria, idónea o proporcional para la tarea desempeñada.
De esta forma, como la empresa no presentó pruebas concretas para justificar los incumplimientos que alegaba a la hora de despedirla, los tribunales consideraron que el despido no podía ser procedente. Pero como la empleada tampoco pudo probar que su cese se hubiese producido por discriminación o violando sus derechos o libertades fundamentales, tampoco se podía considerar nulo. Así, finalmente, se declaró despido disciplinario improcedente.
Tipos de despido. Cabe recordar que la legislación española contempla tres tipos de despidos disciplinarios. El despido procedente, que se basa en el incumplimiento grave y culpable del trabajador por indisciplina, transgresión de la buena fe contractual o disminución continuada y voluntaria en el rendimiento normal o pactado, entre otros, según el Estatuto de los Trabajadores. Motivos que el empresario debe probar debidamente. En este caso, la empresa tiene que compensar al afectado con una indemnización de 20 días de sueldo por año trabajado.
Por otra parte está el despido disciplinario improcedente, que se da cuando el empresario no justifica debidamente las razones del cese del trabajador de acuerdo a la ley. En este caso, la empresa puede despedir al empleado unilateralmente sin más, y por ello la legislación prevé una indemnización mayor: 33 días de salario por año trabajado.
En el caso de que el despido se declare improcedente por vía judicial, como en el caso de la teleoperadora, la empresa también puede optar por la readmisión del empleado pagándole los salarios del tiempo que han estado litigando, desde el cese a la reincorporación.
Por último, los tribunales pueden declarar un despido disciplinario, procedente o improcedente, nulo cuando consideren que se ha producido por discriminación, y no por motivos laborales, o que se han violado los derechos y libertades fundamentales del trabajador para obtener las pruebas que justifican el cese. En este caso la empresa está obligada a readmitir al profesional inmediatamente y a pagarle todos los salarios que no ha recibido en ese tiempo.
Imagen | Rodeo Project Management Software
Ver 58 comentarios
58 comentarios
rafaello76
Propongo instalar el software a todos los ministros, presidente y políticos en general. Ellos trabajan para nosotros (en teoría).
Sigo sin entender por qué no podemos elegir sus sueldos.
uti
Me parece muy lógico, en el teletrabajo no te ve nadie, habrá irresponsables que mal usen esa jornada en su casa, y la empresa tiene que tener alguna manera de comprobar lo que haces.
Sinh
Se le acabó el chollo a los televagos
Usuario desactivado
Me pregunto que pasaría si instalaran ese software a los funcionarios mientras "teletrabajan", nada en realidad, no creo ni que enciendan el ordenador.
jlmartin
Hay que ser muy tonto para no tener un segundo dispositivo para "no trabajar", además de que no dejaría instalar un software en mi propio ordenador.
sanamarcar
Pues yo a veces leo Xataka en el curro. Aunque tb luego me llevo horitas pa casa de mas y marrones varios. No se la verdad entiendo que si la productividad se resiente... pero claro no se... los mas productivos que conozco se autoregulan, y si se pierden 5 min luego los recuperas con creces.
Pancho Pistolas
Lo que hace falta son mejores objetivos y maneras de medir los resultados, y seguro que los criterios podrán ser muy variables de una actividad a otra, pero es que eso tener que vigilar al trabajador me parece mal de origen, por que da pie a todo tipo de malas suposiciones, como que el que pasó 10 horas pegado a la computadora (en una jornada de 8 horas que le pagan) rindió por lo tanto más que el que dedicó 7 (por qué tuvo un tiempo muerto, que sucede) y aún así logró ser más productivo que el que trabajó 10.
Y es que el problema de querer ver a la persona todo el tiempo pegada a su herramienta de trabajo termina desembocando en cosas como el que ya barrió el lugar por quinta vez en el día cuando no era necesario, solo para que lo vean “trabajar”, y lo único que termina generando es que el trabajador estire las tareas para rellenar las horas cuando no las justifica la carga de trabajo, por qué si te conviertes en una persona súper eficiente que a base de interés propio buscaste hacer el trabajo en menos tiempo y con mejores resultados, terminará siendo solo una trampa para ti, por qué el que logra la mitad que tú en el doble de tiempo, a ojos de los demás será mas dedicado y “mejor trabajador”.
Yo no entiendo como a muchos les parece para presumir eso de pasar 12 horas metidos en la oficina en vez de ser el que puede hacer ese mismo trabajo en 8 horas o menos, por que por lo general tener que pasar tanto tiempo de manera regular indica que hay un problema, y éste puede ser por falta de eficiencia por parte del empleado, por falta de recursos (no hay el personal suficiente) o la empresa se está comprometiendo a más trabajo del que puede manejar, y eso es algo que la empresa debería de corregir, y no sacrificarse el empleado.
Después ya está lo de trabajar mucho, que no tiene por qué ser malo sino a veces lo contrario, pero muchos caen el error de pensar que todas esas horas trabajadas deben de ser en la empresa en la que están de empleados, y es el problema de poner todos los huevos en una sola canasta.
Lo que si entiendo es la necesidad de empatar los horarios de los distintos trabajadores de la empresa si es que necesitan estar en colaboración, y aquí si por tu autogestión trabajaste tus horas durante la madrugada tienes que estar consiente de que quizá durante el día tendrás que estar disponible para cualquier cosa que pueda surgir, y si tu intención era tomarte el día libre ya no sucedió.
Ecliptic
Lo que tienen que medir es el trabajo , y es que muchos managers de pacotilla no están preparados para los tiempos de teletrabajo.
Tienen que usar herramientas y metodologías enfocadas a medir las tareas en curso , que el trabajador se gestione como quiera , eso es lo de menos mientras el trabajo salga.
Da igual que te pases una hora leyendo foros, viendo Netflix o estes de cafés en la oficina si luego eres capaz de entregar a tiempo.
Sr_Truhan
Ya veo a mucho de los que por aquí comentan a todas horas, temblando....
Quitando los que "trabajan" a sueldo de Podemos, PSOE y demás que abundan por aquí y que tendrán a sus jefes encantados de lo mucho que participan.
¡Besis para todos los que os sentisteis aludidos!
l0ck0
despedida por entrar a foros en horario laboral... si se aplica eso a los funcionarios hay que cerrar gran parte de las oficinas publicas
skanskan_1
Es lógico, te pagan por trabajar, no por tocarte los XXX
Ellxchompirazxd
perfecto. Estos son los vagos que no atienden el telefono cuando llamas.
ISHOOTRAW
Yo jamás uso en ordenador del trabajo para nada personal.
Hay veces que noto que empieza a ir lento, como a tirones y pienso, igual están monitorizado... En ese momento abro el bloc de notas y pongo, Si estáis monitorizado dejarlo ya, el ordenador va lento... Fijo que son paranoias y nadie se conecta, pero lo suelo hacer.
jberto
El trabajo hay que controlarlo en función de los RESULTADOS, no de las horas pegado a una silla.
Si el empleado cumple con las tareas asignadas en el plazo determinado, da igual lo que emplee. Algunos serán más rápidos que otros, pero mientras "cumplan", que más da lo que hagan el resto del tiempo?
Un vendedor puede ser llamar a X número de clientes para ofertarles algo, un contable registras las facturas de la semana, alguien de atención al cliente telefónicamente atender todas las llamadas entrantes dentro de su horario, un arquitecto terminar tal proyecto en el plazo dado, etc...
...y mientras "cumplan", si son más rápidos que otros... Que coño importa lo que hagan después, si han cumplido con su trabajo???