Seguramente, es bien conocido por casi todos que en España existen unos registros de morosos. Estos registros de deudores recalcitrantes son unas listas en las que aparecen las deudas que tenemos con determinadas entidades financieras o empresas y que disminuyen nuestra credibilidad como buenos pagadores.
Los registros de morosos son un sistema de evaluación para ver si personas y empresas cumplen adecuadamente con sus obligaciones de pago, aunque por desgracia, no todos los que se incluyen en una lista de morosos están en ella por una razón fundada. ¿Cómo funcionan y qué se puede hacer si estamos allí sin razón?
ASNEF, la mayor lista de morosos de España
El principal registro de morosos es ASNEF (abreviatura de Asociación Nacional de Entidades Financieras), que es un fichero gestionado por la empresa Equifax Ibérica SL y que gestiona los datos comunicados por sus asociados en aquellos casos en los que se producen incumplimientos.
Es decir, para aparecer en Asnef:
- primero tenemos que tener relación comercial con alguna empresa que esté asociada a esta empresa;
- segundo, debemos realizar algún incumplimiento de pago y la propia empresa a la que no le hemos pagado, comunicará nuestro nombre, NIF e importe de la deuda a este fichero.
Este fichero a su vez, puede ser consultado por todos sus asociados y les sirve para saber la calidad crediticia y el cumplimiento de pago de nuestras obligaciones. En Asnef se encuentran como asociados todas las entidades financieras que prestan servicios en España, empresas de telecomunicaciones, empresas de suministros eléctricos, combustibles...
El caso más habitual para aparecer en Asnef lo tenemos con las empresas de telecomunicaciones. Por ejemplo, plantear una reclamación a una teleco, darnos de baja y no pagar la última factura es motivo más que suficiente para que esta compañía comunique nuestros datos como deudores a Asnef. En el momento que queramos contratar una línea telefónica con otra compañía nos van a poner trabas para realizar el contrato, incluso impidiendo darnos de alta en la nueva compañía si no depositamos una garantía económica previa.
¿Son legales las listas de morosos?
La regulación y legalidad de las listas de morosos viene recogida en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Este artículo regula expresamente la posibilidad de creación de listas relativas al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
Es decir, las listas de morosos son legales, pero para poder incluir datos de cualquier persona en esta lista, se tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Que exista una empresa o entidad cuyo objeto social sea la elaboración de informes de solvencia patrimonial
- Que los datos los comunique directamente el acreedor y se comuniquen única y exclusivamente datos que permitan calificar dicha solvencia.
- Dichos datos no pueden tener una antigüedad superior a 6 años.
- El deudor que se incluya en dicha lista tiene que tener conocimiento expreso, mediante comunicación escrita sobre su inclusión.
- El deudor tendrá acceso a todo el movimiento de sus datos en dicha lista, así como al uso de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación u oposición a su inclusión en dichas listas).
En definitiva, si yo tengo una deuda cierta y exigible con una entidad financiera, con una teleco o con cualquier empresa que esté asociada a cualquier entidad que gestione listas de solvencia y crédito, es muy probable que mis datos de moroso aparezcan en dicha lista y que sean accesibles para terceros por el carácter público de estas listas de datos.
Qué hacer si me incluyen en una lista de morosos
En una lista de moroso se entra por deber dinero, con lo cual, lo mejor que podemos hacer para no estar en ella es pagar nuestras deudas y cumplir con nuestras obligaciones. No obstante, podemos estar en una lista de morosos por un error o deuda no cierta. Este es el caso más interesante y frente al que podemos tomar medidas: si nos han declarado como morosos sin razón.
Por ejemplo, supongamos el caso de una empresa de telecomunicaciones que me envía una factura de 300 euros que estamos reclamando y que ella es la tiene el error en la factura. Nosotros en principio nos negamos a pagar la factura y nos cambiamos de empresa. En simultáneo, esta empresa comunica nuestros datos a Asnef, por lo que ya tenemos un problema adicional más si queremos pedir un crédito o cualquier otra cosa.
La primera acción seria que tenemos que hacer frente esta compañía es plantear una reclamación formal más allá de la propia empresa, ante el regulador de su sector si existe, ante las oficinas de consumo si es una reclamación genérica o incluso establecer un arbitraje previo o demanda judicial si llegara el caso.
Desde el momento que no estamos conformes con la deuda reclamada por la empresa, la inclusión en el registro de morosos no es correcta y así lo avala la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En resumen, si nos están reclamando una deuda que no pagamos porque no estamos conformes, la empresa acreedora no puede incluirnos en una lista de morosos, dado que la jurisprudencia del Supremo ya ha afirmado varias veces que las listas de morosos no pueden usarse como vehículo de presión para obtener el pago de deudas.
Si nos encontramos en esta situación (deuda en disconformidad con reclamaciones abiertas) y nos incluyen en una lista de morosos, la mejor opción que tenemos es la vía judicial en todos los casos, dado que existe una intromisión al honor y en todos los casos, la justicia está fallando a favor de los morosos disconformes.
La mayoría de empresas siguen incluyendo de manera indiscriminada a sus morosos, existan reclamaciones o no contra las deudas que ellas piden, por el mero hecho que muy pocos morosos incluídos en estas listas plantan cara judicial frente estas acciones y les sale mucho más rentable.
¿Podemos hacer otra cosa más efectiva que demandar? No, puesto que ni la lista de morosos ni la empresa acreedora van a acceder con facilidad a la cancelación de nuestros datos, por mucha reclamación en curso que tengamos.
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