La figura del autónomo está muy de moda últimamente. La crisis y la política de subcontratación de autónomos de muchas empresas, bien porque sean autónomos dependientes, bien porque sean falsos autónomos directamente crea un gran interrogante en todos aquellos que actualmente son autónomos.
Que el propio autónomo sea el responsable del pago de sus impuestos genera que realmente no sepa cuánto dinero tiene disponible para su vida diaria y la cuestión que quieren responder los autónomos es esa ¿cuánto tiene que facturar un autónomo para ser mileurista?
Primera lección: tienes que pagarte la Seguridad Social
El primer pago obligatorio que tiene cualquier autónomo todos los meses, es el pago de su propia Seguridad Social. Este pago es un pago fijo mensual, que se realiza por domiciliación bancaria el último día hábil del mes y que puede oscilar desde 50 euros al mes, si el autónomo tiene derecho a la tarifa plana para autónomos si no ha estado en este régimen en los últimos cinco años, a una cuota estándar de 265 euros aproximadamente que es la cuota correspondiente para la base mínima de cotización en el RETA.
De entrada, si el autónomo quiere aspirar a ser mileurista, tendrá que facturar 1.000 euros + 265 euros que corresponden a su Seguridad Social.
Segunda Lección: hay que pagar impuesto sobre la renta
El segundo gran problema que tiene cualquier autónomo es el pago de su propio impuesto sobre la renta. Todas las personas físicas que tienen fuentes de ingresos, tienen que pagar IRPF, en mayor o menor cuantía, pero el gasto público se financia fundamentalmente a base de impuestos, siendo el impuesto sobre la renta, el fundamental por la cuantía que recauda.
Para realizar los cálculos del IRPF que tenemos que pagar, mantenemos la premisa de mileurista, fijando nuestra renta neta en 12.000 euros/año después de pagar todos los impuestos que nos correspondan.
El impuesto sobre la renta es un impuesto que suma absolutamente todas las rentas que tengamos y que también tiene en cuenta nuestra situación familiar. No paga el mismo IRPF un matrimonio en los que sólo trabaje un miembro que una persona soltera.
El escenario más negativo que existe es una persona sola, sin hijos a cargo y sin ningún tipo de minusvalía. Hasta ahora, nuestro autónomo factura al año 1265euros*12= 15.180 euros
A efectos de IRPF, las cuotas de la Seguridad Social pagadas (3.180 euros son completamente deducibles) y la cuantía de IRPF anual a pagar por este autónomo es de 314,23 euros, resultando un tipo medio de impuesto sobre el bruto de sus ingresos del 2,07%
Un autónomo que tenga 15.180 euros brutos de ingresos y pagando 3.180 euros de Seguridad Social, con la consideración de autónomo dependiente sólo se paga de impuesto sobre la renta 314,23 euros. En este enlace, que tenemos el cálculo de retenciones, nos da una idea muy aproximada de la cuantía de impuesto a pagar en 2015 sin considerar otras fuentes de ingresos.
Por tanto, nuestro autónomo mileurista tiene que facturar 15.180 euros + 320 euros (impuesto a pagar por sus ingresos) = 15.500 euros/año o lo que es lo mismo, 1.291,66 euros/mes
Tercera lección: el pago de IRPF en los autónomos es un poco más complejo
La diferencia básica entre un asalariado mileurista que recibe una nómina mensual de 1.000 euros mes netos frente un autónomo mileurista se origina en el sistema por el que cada uno de ellos realiza los pagos a cuenta sobre el impuesto de la renta.
En el caso de los asalariados, la propia empresa está obligada a practicarles las retenciones en concepto de IRPF al trabajador necesarias para que el cálculo de su declaración de la renta sea cero o con cuota diferencial a devolver suponiendo que tuviera única y exclusivamente estos ingresos.
Por el contrario, el autónomo tiene dos sistemas de pagos a cuenta de IRPF en función de su epígrafe en actividades económicas para realizar pagos a cuenta de su IRPF.
El sistema de retenciones sobre ingresos, es el que usan los autónomos en alta en epígrafe profesional, en el que descuentan un porcentaje fijo de la base imponible de cada factura emitida a un empresario (7% ó 15% de julio de 2015)
El otro sistema que tienen los autónomos para los pagos a cuenta, lo tienen los autónomos en régimen empresarial pagando a cuenta del IRPF el 20% del beneficio neto trimestral acumulado. Ojo, este sistema también lo usan los autónomos profesionales si el porcentaje de ingresos no sujetos a retención supera el 30% de manera general.
En el año siguiente, cuando se presente la declaración de la renta, se calculará la cuota total de IRPF a pagar por el autónomo y a esta cuota le restaremos el total de retenciones y pagos a cuenta realizados durante el año anterior.
Siguiendo con nuestro ejemplo, para que lo entendamos mejor, si tenemos un autónomo con 15.500 euros de ingresos brutos anuales con actividad profesional y todos los ingresos sujetos a retención, le descontarán de IRPF las siguientes cantidades:
- Con retención al 7%: 1.085,00 euros
- Con retención al 15%: 2.325 euros
Si recordamos el apartado anterior, realmente el autónomo tendrá una declaración de la renta con una cuota líquida de 314,23 euros, por lo que este autónomo, cuando presente su declaración de la renta en el año siguiente, Hacienda le devolverá de 770 euros a 2.010 euros en función del tipo de retención que le hayan practicado.
Aquí,realmente se genera un problema de tesorería para el autónomo mileurista, puesto que él está financiando a Hacienda durante más de un año de media con una cuantía de dinero realmente importante para los ingresos que él tiene.
Para que nos hagamos una idea, el autónomo mileurista que hemos determinado que tenía que ingresar 15.500 euros brutos al año, pagará a cuenta de su renta 2.325 euros y tendrá que pagar de autónomos 3.180 euros. Esto realiza un neto provisional anual de 9.995 euros, con un saldo neto mensual de 832,91 euros y recibirá en la declaración del año siguiente 2.010 euros, que completa perfectamente hasta los 1.000 euros/netos mensuales.
Cuarta lección: el IVA que cobras no es tu dinero
La inmensa mayoría de actividades que realizan los autónomos (dependientes o no), están sujetas a IVA y al tipo general. Este IVA actualmente es del 21% de manera generalizada para la inmensa mayoría de las actividades, por lo que los ingresos mensuales anteriores, deben llevar aplicado un 21% de IVA. Es decir, a nuestros 15.500 euros anuales, procederemos a sumarle un 21% en concepto de IVA (3.255 euros)
Aquí, autónomos y empresarios deben mentalizarse que el IVA no es un impuesto que ellos pagan directamente por su actividad económica, simplemente actúan como recaudadores del Estado, dado que el IVA como impuesto, siempre lo paga el consumidor final.
Traducido a nuestra factura mensual, el asunto queda como sigue:
- Base imponible: 1.291,67 euros
- Retención (15%): - 193,75 euros
- IVA (21%): 271,25 euros
- TOTAL: 1.369,17 euros
Este total es lo que yo recibo en mi cuenta bancaria por el cobro de la factura, de lo que tengo que descontar:
- Ingreso por IVA= 271,25 euros
- Pago de autónomos = 265 euros
- Neto que me queda para gastar: (1.369,17 – 271,25 – 265) = 832,92 euros
Un autónomo que cobra 1.369,17 euros/mes impuestos incluídos, le quedan 832,92 euros mensuales para gastar, sin contar con la devolución de la declaración de la renta
Estos 832,92 euros coinciden completamente con el cálculo que hemos realizado antes y la diferencia hasta los 1.000 euros netos, los cobraremos con la devolución de la declaración de la renta por importe de 2.010 euros del año siguiente.
Lógicamente, si tengo gastos vinculados a mi actividad como autónomo (ADSL, teléfono móvil, asesoría…) la base imponible de esos gastos la tendré que sumar a la base imponible que ya cobro para aumentar mis facturas y poder recibir mis 1.000 euros netos mensuales. Supongamos que tengo 90 euros de gastos al mes, por lo que la base imponible de mi factura deberá ser de 1.381,67 euros. El IVA que yo pago de estos gastos, me lo deduciré del IVA que estoy cobrando a mi cliente.
Vale, pero con esto no tengo 1.000 euros/netos al mes en cuenta para gastar Tal y como podemos ver, un autónomo mileurista puro, tiene desplazados parte de sus ingresos a la devolución de la renta del año siguiente. Supongamos que realmente queremos 1.000 euros netos al mes y que la devolución de la renta sea una “paga extra”.
En este caso, reproduciendo todos los cálculos realizados, la base imponible de mi factura tiene que ser de 1.488,24 euros para una retención del 15% y una cuota de autónomos de 265 euros. Mi factura quedaría así:
- Base Imponible: 1.488,24 euros
- Retención (-15%): -223,24 euros
- IVA (21%): 312,53 euros
- TOTAL: 1.577,53 euros
Al líquido recibido en mi cuenta bancaría le vamos a descontar el IVA 312,53 euros y los 265 euros de autónomos, quedando un saldo final de 1.000 euros netos después de pagar el IVA, los autónomos y descontar el IRPF.
Con estos ingresos anuales, 17.858,88 euros, la cuota de renta a pagar asciende a 1.400,14 euros euros y tendremos una devolución en el próximo año de 1.278 euros, que será la “paga extra” que hemos supuesto para ser mileuristas puros.
En Magnet | Impuestos
Imagen | Jorge Franganillo
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