Despedir a un funcionario público era casi misión imposible. Ahora todo cambia con la nueva ley de desempeño

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Hay pocos motivos por los que un funcionario público puede perder su trabajo, normalmente por muerte, jubilación o renuncia. Todos sabemos que estudiar duro para unas oposiciones supone, en muchos casos, garantizarse una plaza fija en alguna de las Administraciones Públicas, y es por eso que tanta gente se lanza a este tipo de carreras. Precisamente porque la palabra despido no existe en el vocabulario del funcionariado. Y existen motivos para pensarlo: solo 500 funcionarios han perdido su condición como empleado público en los últimos 25 años. Y fueron principalmente debido a condenas penales o faltas graves.

Ahora, el Gobierno quiere cambiar todo eso. El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley de Función Pública de la Administración General del Estado por la que los funcionarios podrán ser despedidos de su puesto dependiendo de sus resultados en evaluaciones de desempeño.

¿En qué consiste? La nueva ley indica que los empleados que han obtenido su puesto por oposición, puedan ser despedidos o apartados si no desempeñan sus tareas correctamente, si su rendimiento es insuficiente o si no pueden cumplir con las exigencias que se piden para el cargo. Esto se pondrá en práctica a los seis meses de la incorporación al trabajo. Si el empleado es apartado por alguna de esas razones, acabará adscrito de manera provisional a otro puesto de la Administración conforme a su carrera y en la misma localidad donde desarrollaba la función anterior.

Críticas. Algunos sindicatos como UGT, no obstante, han mostrado su descontento ante el nuevo proyecto de ley ya que alertan de que al final todo puede recaer en que "le caigas bien o mal a la persona que va a ser tu jefe y que te va a evaluar". Es por eso que piden que "se concrete en base a unos criterios objetivos y no dependa del criterio subjetivo del superior jerárquico". Y más cuando una calificación negativa puede suponer una rebaja en la puntuación de los concursos de traslados y en la percepción del nuevo complemento salarial de desempeño.

Hasta ahora. Hay que tener en cuenta que hasta el momento un funcionario solo podía dejar de serlo por las siguientes causas reflejadas en los artículos 64, 65, 66 y 67 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: la renuncia voluntaria, la pérdida de nacionalidad, la jubilación total del funcionario, la sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme, la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.

Pero también hay 5 formas de perder una plaza de carácter permanente y están recogidas en el artículo 63 del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Tales son condenas penales o por una sanción disciplinaria por falta muy grave (acoso, violación de la imparcialidad, discriminación, abandono del servicio, notorio incumplimiento de las funciones esenciales, étc), tras un expediente disciplinario o por acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.

¿Por qué? El Gobierno cree que con este cambio se incrementará la productividad del sector público y se premiará de esta manera el talento de manera progresiva. Es decir, que no solo baste con aprobar unos exámenes en una fecha dada, si no que haya que luchar el puesto día a día. Además, se pretende así, poner en marcha un relevo intergeneracional de una Administración bastante envejecida en comparación con el resto de la UE.

Dos complementos salariales nuevos. Y no sólo eso. El Gobierno está decidido a premiar el buen hacer y el rendimiento de cada trabajador creando dos complementos salariales que incentiven a los trabajadores a desempeñarse mejor: el de "carrera" y el de "desempeño". El primero está ligado a la progresión profesional dentro de la Administración y será igual para cada grupo o subgrupo de funcionarios y su cuantía se fijará en los Presupuestos Generales del Estado. El segundo será variable, y dependerá de la evaluación del rendimiento, la conducta o el logro de los resultados por parte del trabajador. Este examen se llevará a cabo una vez al año.

La nueva ley también regula la carrera horizontal, con un sistema de tramos para poder ascender sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. Y reconoce además la figura del directivo público profesional con funciones de desarrollo de políticas y programas públicos. Tendrán esta consideración las personas titulares de subdirecciones generales o de otros ámbitos similares y estarán ocupados equitativamente por hombres y mujeres.

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