¿Ha habido golpe de estado en Venezuela? La lucha de Guaidó y Maduro por la legitimidad

Juan Guaidó se autoproclamó ayer Presidente de la República de Venezuela. Lo hizo en plena calle, frente a una multitud, y blandiendo un ejemplar de la constitución con la cara de Simón Bolívar sobreimpresa. Lo hizo, también, dos semanas después de que Nicolás Maduro tomara posesión de su segundo mandato como Presidente de la República de Venezuela. En función de a quién se pregunte, Venezuela, hoy, tiene un presidente u otro.

La declaración de Guaidó ha provocado una crisis política sin precedentes en la convulsa historia de Venezuela. Numerosos gobiernos se apresuraron a reconocer su legitimidad. Entre ellos los de Estados Unidos, Canadá, Colombia, Brasil o Argentina, cinco de las potencias más relevantes de América. La sexta, México, optó por esperar al desarrollo de los acontecimientos. Similar táctica adoptó la Unión Europea.

La cuestión es, ¿y ahora qué? Es imposible predecir el futuro cercano de un país en permanente estado de conflagración política durante los últimos cinco años, en no pocas ocasiones violenta. De modo que la pregunta a resolver es otra: ¿quién tiene la legitimidad legal para proclamarse Presidente de la República y quién no? O dicho de otro modo: ¿cuánto hay de golpe de Estado en la declaración de Guaidó y cuánto en la toma de posesión de Maduro del 10 de enero?

Allá van algunas pistas.

El 233: el artículo que reclama la oposición

Por más extravagante que resulte, la autoproclamación de Guaidó en plena calle no representa un llamamiento abstracto a la lucha revolucionaria. Tiene fundamento jurídico. En concreto, la oposición blande un artículo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela elaborada en 1999: el 233, enmarcado en el Capítulo II y dedicado al Poder Ejecutivo y al Presidente de la República.

Miles de venezolanos asistieron a la "autoproclamación" presidencial de Guaidó. (Boris Vergara/AP)

El texto trata sobre la "falta absoluta" del presidente, un listado de causas que permitiría al Poder Legislativo tomar posesión en lugar de la máxima figura política del país. Entre otras, se incluye su muerte, su incapacitación, su destitución decretada por el Tribunal Supremo, su dejación de funciones o en el cargo, su abandono del mismo, o su revocación popular:

Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Constatada la "falta absoluta", plantea los siguientes procedimientos:

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva. En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

La oposición se fundamenta en la primera parte del artículo para legitimar la autoproclamación de Guaidó como Presidente de la República. Guaidó obtuvo la presidencia de la Asamblea Nacional el pasado 5 de enero. Y sí, es cierto: la constitución provee que, en caso de "faltas absolutas" (más allá de su justificación), el presidente de la Asamblea Nacional accede a una interinidad presidencial antes de la obligatoria convocatoria de elecciones en 30 días.

Desde un punto de vista constitucional, el problema para Guaidó es otro: la Asamblea Nacional adopta el rol del ejecutivo siempre y cuando el presidente a sustituir no haya tomado posesión de su cargo. No es el caso: Nicolás Maduro tomó posesión de su segundo mandato presidencial el pasado 10 de enero.

Es decir, Venezuela ya ha entrado en "los primeros cuatro años del período constitucional" a los que también hace referencia el artículo 233. Una vez allí, la Constitución retira cualquier prerrogativa ejecutiva a la Asamblea Nacional y delega el poder en la vicepresidencia: "Se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo", cuya figura recae hoy sobre Delcy Rodríguez, afín a la causa de Maduro.

Seguidores de Guaidó durante su discurso. (Boris Vergara/AP)

Gran parte de las acusaciones de "golpe de estado" se fundamentan por aquí. Aun asumiendo las "faltas absolutas" de Maduro y su correspondiente destitución, no sería Guiadó quien ostentaría la interinidad presidencial, sino la vicepresidenta. Y es aquí donde entra otro factor clave: oposición y gobierno difieren en la legitimidad de la toma de posesión de Maduro de hace dos semanas, y por tanto en la lectura del artículo 233.

El largo choque de legitimidades

Entender el choque de legitimidades requiere entender lo que ha sucedido durante los últimos cuatro años en Venezuela. El origen remoto del actual conflicto se sitúa en las elecciones legislativas de 2015, cuando la oposición, unificada bajo la Mesa de Unidad Democrática (MUD) obtuvo una resonante victoria electoral tras 17 años de hegemonía chavista. Maduro, elegido en 2013 por un ajustado margen, debía cohabitar con una Asamblea Nacional hostil.

La oposición inició de forma inmediata el proceso para revocar al Presidente de la República, provisto por la Constitución de Venezuela. Si lograban obtener las suficientes firmas para la convocatoria de un referéndum, y si conseguían imponerse en el referéndum, lograrían expulsar a Maduro del poder ejecutivo. A mediados de 2016 la MUD ya había recopilado más de un millón de firmas para el revocatorio, muy por encima del umbral requerido.

A partir de aquí comienzan los problemas. El gobierno de Maduro, amparado en su control total de los poderes del estado, utiliza al Consejo Nacional Electoral (CNE) para paralizar el revocatorio. Se impugnan centenares de miles de firmas, pero se validan otras tantas, aún muy por encima del 1% del electorado requerido para dar validez al referéndum. A finales de 2016, las acusaciones de fraude en la colección de firmas provocan que el CNE congele el proceso de forma indefinida.

Maduro, durante su toma de posesión el pasado 10 de enero. (Ariana Cubillos/AP)

Las fechas importan. La constitución establece que todo revocatorio exitoso celebrado durante el último año de mandato presidencial no resulta en la convocatoria de nuevas elecciones, como anhelaba la oposición. En su lugar, se produce un traspaso de poderes del presidente... A la vicepresidencia, hasta que agote la legislatura. La MUD necesitaba el referéndum en 2016. En 2017 sería demasiado tarde.

El bloqueo del CNE representó una victoria de Maduro y una amarga derrota de la Asamblea Nacional, controlada por la oposición.

2017 supuso un punto de no retorno. Cercado por las numerosas protestas callejeras y una menguante base electoral, Maduro logró que el Tribunal Supremo de Venezuela, también controlado por el aparato chavista, declarara en "desacato" a la Asamblea Nacional. ¿El motivo? El acceso al acta de diputado de tres representantes opositores a los que la justicia, investigación mediante, acusaba de fraude electoral en sus distritos.

En la práctica, la Asamblea Nacional quedaba suspendida de forma indefinida. El poder ejecutivo había cooptado al legislativo. La oposición definió la maniobra como un "autogolpe", dado que la declaración del Tribunal Supremo vulneraba el ordenamiento legal venezolano, y siguió operando la Asamblea Nacional en abierta insurrección. Se crearon dos legitimidades constitucionales y políticas.

El proceso de "desconocimiento" de Maduro

A mediados de 2017 Nicolás Maduro había esquivado con éxito el referéndum revocatorio y había logrado atar de pies y manos a la oposición despojando de labor alguna a la Asamblea Nacional. Sin embargo, no podía atribuirse de forma unilateral las funciones del poder legislativo. ¿Solución? Abrir un proceso constituyente que alumbrara un nuevo poder legislativo. En julio, el gobierno convocó elecciones a la Asamblea Constituyente.

Tal posibilidad quedaba recogida en la Constitución de 1999, fundamentada en las propias irregularidades procedimentales que llevaron a Hugo Chávez al poder. La Asamblea Constituyente disfrutaría de poderes plenitenciarios y permitiría a Maduro recuperar un control legislativo esquivo desde las elecciones de 2015. La oposición no reconoció ni la convocatoria electoral ni el proceso constituyente, y boicoteó los comicios.

Resultado: en julio de 2017 se celebran las elecciones y tan sólo un 41% de los venezolanos acude a las urnas (según el gobierno; la oposición cifró la participación en un exiguo 14%). La violencia en las calles, la represión gubernamental y el encarcelamiento de figuras opositoras cristalizaban un choque de legitimidades políticas. Tras las constituyentes, la oposición reconocía una legalidad y el gobierno otra.

Los enfrentamientos callejeros han sido constantes desde 2016. (Fernando Llano/AP)

La maniobra de Maduro no contó con reconocimiento internacional alguno, y permitió a la oposición enrocarse en su "desconocimiento" del presidente y del sistema político paralelo surgido a raíz de las elecciones constituyentes. La Asamblea Nacional siguió funcionando desde los márgenes del sistema, sin poder legislativo real.

A consecuencia, la oposición también se ausentó de las elecciones presidenciales convocadas en 2018. Su incomparecencia permitió a Maduro revalidar su mandato como presidente de Venezuela, pese a la escasa participación (46% en el mejor de los casos; 17% en el peor) y a las acusaciones de fraude. El gobierno habría "acarreado" a decenas de miles de votantes y se habría servido del racionamiento de alimentos (y de los célebres "carnés de la patria") para dirigir el voto.

Cuando siete meses después Maduro se dispuso a tomar posesión como Presidente de la República, la oposición hacía mucho tiempo que no reconocía su figura. Y de ahí la declaración de Guaidó: la Asamblea Nacional puede tomar las funciones del ejecutivo, y Guaidó el rol de "presidente interino", porque no hubo "toma de posesión" alguna el pasado 10 de enero. Al menos no una reconocida por la Asamblea Nacional. Al no hacerlo, "falta" un presidente. El 233 quedaría así justificado.

Venezuela lleva más de dos años sumergida en dos realidades políticas paralelas sin reconocimiento mutuo. El choque de legalidades, y las acusaciones cruzadas de "golpismo", obedecen a una fractura total del sistema político venezolano. Una en la que oposición y gobierno siguen lógicas políticas y constitucionales distintas.

Imagen: Boris Vergara/AP

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