En Navidad miles de negocios sortean cestas. A un bar de Galicia eso le ha costado un expediente por "juego ilícito"

  • Un bar de Pontevedra denuncia que los inspectores autonómicos consideraron su sorteo un "juego ilícito"

  • Galicia estrenó en 2023 una ley del juego. A nivel estatal, la administración es clara sobre las rifas

Cada Navidad tiene sus protagonistas. Algunos esperables y que suelen repetirse, como los niños de San Idelfonso la mañana del 22 de diciembre. Y otros inesperados y que se cuelan bajo los focos muy a su pesar. A Tronko Bar de Pontevedra le ha tocado ser de estos últimos. A lo largo de los últimos días ha acaparado titulares por algo que poco tiene que ver con su carta de bebidas, pinchos o conciertos. Lo que le ha dado una notoriedad tan sorpresiva como indeseada es el sorteo de unas cestas.

Mejor dicho, el expediente que le han abierto por sortear cestas de Navidad sin cumplir con los requisitos que exige la ley.

Sorpresa en Pontevedra. La noticia la publicaba ayer La Voz de Galicia. Hace poco los dueños de un negocio de Pontevedra, el Tronko Bar, se encontraron con que los técnicos de la Xunta les habían abierto un expediente por una razón que les dejó a cuadros, una que poco tiene que ver con su carta de bebidas o comida. El motivo ha sido otro, bien distinto: las cestas de Navidad que sortean entre sus clientes. Y no porque los paquetes en cuestión tengan algo de especial. No. La clave es el sorteo en sí.

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"Había que pagar unas tasas". El dueño del bar, Miguel Graña, explicaba ayer en detalle lo ocurrido. Su historia empezó con una visita aparentemente rutinaria de los inspectores de la Xunta de Galicia para, según le explicaron, revisar las tragaperras del local. No fueron sin embargo las recreativas lo que llamó la atención de los funcionarios, sino las cestas con botellas y dulces navideños que sortea el negocio entre sus clientes.

"Teníamos tres cestas y nos abrieron un expediente por ellas", recuerda Graña, quien ahora recela de que el objetivo real de los inspectores fuesen desde el principio las rifas. "Nos dijeron que es un sorteo y que había que pagar unas tasas. Aparte de tener pagado el producto, te cobran 130 euros por cada cesta más un 19% de cada número que vendas. Acabarán con todo", lamentaba ayer.

"No compensa". Los dueños del negocio no tardaron en trasladar su malestar a las redes y compartirlo con medios locales. Isabel Rúa, la gerente, recordaba en una entrevista con la Radio Galega que los inspectores les informaron de que el sorteo suponía un "juego ilícito". Si querían seguir adelante con las rifas sin arriesgarse a una multa no les quedaba otra que cumplir ciertos trámites. "No te compensa para nada porque a las cestas ya no les sacas nada".

La clave de todo, según trasladó a los hosteleros el gestor con el que trabajan, es la legislación autonómica. Para ser más precisos, el artículo 26 de la Lei do Xogo , una normativa aprobada en 2023 y que entre otras cuestiones plantea límites estrictos a la apertura de locales de apuestas en los alrededores de los colegios y limita las tragaperras que puede haber por bar.

¿Y qué dice esa ley? En su artículo 26 la norma autonómica regula una práctica habitual en Galicia, pero también en el resto de España, sobre todo en Navidades: los juegos con rifas. Y es muy clara al respecto. Para organizar uno hace falta una autorización administrativa que deberá solicitarse al "órgano autonómico de dirección competente en la materia de juego" al menos 30 días antes de que empiecen a venderse o repartirse las papeletas.

La solicitud debe detallar cuestiones como quién organiza el sorteo, cuándo y dónde se realizará, cuántas papeletas se repartirán y por qué importe. La ley gallega exige también que se incluya una "relación detallada de los premios", concretando su valor y cómo se entregarán. La solicitud tiene que acompañarse además de las bases del sorteo. Quizás parezca excesivo, pero en las rifas en ocasiones se ofrece algo más que cestas. La norma aclara qué hacer si el premio es una casa, un viaje o un coche.

¿Y en otras zonas de España? El caso del bar de Pontevedra ha suscitado interés porque, como admitía estos días un asesor fiscal durante una entrevista en la COPE, en muchos casos los requisitos para organizar una rifa se ignoran y resulta muy difícil controlar los miles de sorteos de cestas que se organizan cada Navidad solo en Galicia.

Y si bien la región acaba de estrenar una nueva ley sectorial, lo cierto es que los sorteos de cestas no son una práctica ni mucho menos exclusiva de sus bares y comercios. Es raro encontrar un pueblo en España donde no haya al menos un negocio que rife una cesta entre sus clientes cada 22 de diciembre.

¿Qué dice la administración sobre las rifas? La Dirección General de Ordenación del Juego, órgano ligado al Ministerio de Consumo, es sin embargo igual de claro que la Lei do Xogo cuando habla de las "rifas ocasionales", que son aquellas que se celebran como mucho una vez al año, se basan en un sorteo y no son parte del negocio “ordinario” de quienes las montan.

El organismo aclara ciertas claves sobre ese tipo de rifas. Por ejemplo, que el ganador puede llevar un bien inmueble, objetos o ciertos derechos, pero nunca "premios dinerarios". La Dirección General de Ordenación del Juego también habla de “las solicitudes de autorización” para celebrar los sorteos y detalla la documentación que debe entregarse, incluidas las bases. En su web incluye también links a varios formularios para el proceso.

Pasando por caja. La Dirección General va más allá y toca otro tema clave: el régimen fiscal. O dicho de otra forma, qué implican los sorteos en lo que a gravámenes se refiere. "Las personas, físicas o jurídicas, que realicen rifas estarán sujetas al pago del Impuesto sobre actividades de juego, en las condiciones y con el tipo de gravamen que se establece en el artículo 48 de la Ley 13/2011", detalla el organismo antes de precisar que la gestión y recaudación le corresponde a la Agencia Tributaria (AEAT).

"Este tipo es el 20% de los ingresos brutos que se obtenga por la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener, directamente derivado de la organización o celebración de la rifa. En el caso de rifas que sean declaradas benéficas o de utilidad pública, el tipo será del 7%", zanja.

El organismo matiza, eso sí, que para que se considere una rifa como tal los participantes deben hacer una "aportación económica" para participar. De hecho el propio Miguel Graña asegura a La Voz de Galicia que si en vez de vender sus papeletas se las hubiese regalado a sus clientes tras llegar a cierto número de consumiciones, no se habría enfrentado a un expediente.

Imágenes | Carlos Macías (Flickr) y Loterías y Apuestas del Estado

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