¿Una pendiente resbaladiza? En qué consiste el comité "contra la desinformación" del gobierno

Pedro Sanchez Desinformacion
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Los acontecimientos de hace cuatro años dotaron de especial relevancia a un fenómeno, el de la desinformación y las noticias falsas, en absoluto inédito pero presentado ahora en formas más novedosas y sofisticadas. Desde entonces la cuestión ha centrado buena parte del debate mediático y político. Hoy el Boletín Oficial del Estado ha reavivado la conversación: el gobierno creará un protocolo de actuación "contra la desinformación", en especial la de terceros estados.

La polémica. La cuestión ha causado revuelo en redes sociales por varios motivos. El principal, algunas frases de cariz inquietante, como el deseo de "fortalecer" la libertad de expresión y el debate democrático "examinando la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación, así como el papel de la sociedad civil". Palabras de especial gravedad, en especial cuando están firmadas por un gobierno que ha mostrado tanto interés en "frenar los bulos" y castigar la desinformación.

El protocolo. ¿Pero en qué consiste tal examen y tal fortalecimiento? La disposición recoge las recomendaciones emitidas por la Comisión Europea en materia de desinformación y noticias falsas. Se trata de un plan (titulado pomposamente "European Democracy Action Plan") que centra su interés, muy especialmente, en la manipulación electoral por parte de terceros estados mediante la distribución de desinformación.

En sus palabras:

El objetivo de este plan de acción es asegurar que todos los ciudadanos tienen la capacidad de participar en el sistema democrático mediante decisiones informadas libres de interferencias ilegales y manipulativas. El plan de acción también se construirá sobre las lecciones aprendidas de la crisis del coronavirus.

Quiénes. Parece un plan loable. Pero el diablo se esconde siempre en los detalles, o en este caso, en el cómo. El gobierno establece un "comité" de monitorización y análisis estructurado de forma vertical por, entre otros, el Consejo de Seguridad Nacional, un "Comité de Situación", la Secretaría de Estado de Comunicación y "sector privado y la sociedad civil". Cada uno de ellos actuará a un nivel (hay cuatro en función de la gravedad del problema) y con distintas herramientas.

Medidas. El Nivel 1 incluye la detección y alerta temprana de la desinformación, la "investigación del posible origen y propósito" y la "decisión sobre su elevación o finalización". Es decir, un primer paso de seguimiento administrativo y burocrático. En el Nivel 2 se involucra a la "comisión permanente" contra la desinformación, se realiza un "análisis de la situación" y se activa una "célula de coordinación" por el Director del Departamento de Seguridad Nacional. Más burocracia.

Es en el Nivel 3 donde se prevé la primera medida ejecutiva: una "información por parte de la Secretaria de Estado de Comunicación". O lo que es lo mismo, una "campaña de comunicación estratégica" advirtiendo al público. El Nivel 4 queda reservado para las intervenciones de terceros estados en el normal desarrollo de la vida política y electoral del país, y la "respuesta política" pertinente.

Qué significa. Lo desarrollan en profundidad nuestros compañeros de Xataka. La participación de los medios queda reducida a la "colaboración" en el primer nivel, durante la identificación de la campaña de desinformación y su origen y propósito. La orden establece pocas medidas, a priori, sospechosas: la "monitorización de las redes" es práctica ya común de la Policía Nacional o la Guardia Civil, y se podría realizar mediante la utilización de "scrappers" o "personal de prensa".

El runrún. Se trata no obstante de una pendiente resbaladiza. No tanto por lo dispuesto en el BOE o por las recomendaciones emitidas por la Comisión Europea, sino por el historial del gobierno. Hace apenas algunas semanas el grupo parlamentario de Unidas Podemos hacía una proposición no de ley en la que se planteaba "eliminar" los mensajes de odio sin autorización judicial. Un problema evidente. ¿Qué es un mensaje de odio, quién lo decide y bajo qué criterios se establece la distinción?

Este asunto goza de un largo historial en España, ya sea por los numerosos procesamientos de artistas, de los "titiriteros" a Cassandra Vera; a la Ley LGTBI presentada también por Podemos en la que se planteaba el borrado de "mensajes de odio" de nuevo sin supervisión judicial. La insistencia del gobierno en este asunto y en materia de "bulos" y su posible "persecución" hacen del texto de hoy más problemático.

No funciona. Las medidas planteadas el BOE, no obstante, no parecen demasiado agresivas o invasivas; se limitan a un seguimiento y a campañas de comunicación; y están muy centradas en la injerencia electoral de actores extranjeros, como ha sucedido en otros países. En cualquier caso, merece reflexionar sobre su utilidad y sus espacios grises: la manipulación siempre adopta mecanismos más sutiles que la información "verificablemente falsa", como plantea la orden ministerial, y el problema reside no tanto en los hechos como en los sesgos que todos arrastramos.

Desde ese punto de vista, su combate es complejo, y los potenciales sacrificios en materia de libertad de expresión, altos.

Imagen: Juan Medina/Reuters

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