Imagínate que tú y tres amigas más decidís montar un blog en el que hablar de las series y las pelis que os gustan, con fotos, dibujos chulos que os encontráis por ahí y un esporádico meme de vez en cuando. Tenéis 400 likes en Facebook y cero beneficios, por supuesto. Entre las cuatro mantuvisteis la llama de la página viva durante dos años, hasta 2014. Y ahora, casi un año después de que echaseis el cierre, viene una empresa estadounidense a denunciaros por infringir los derechos de copyright de una de sus fotos. Que no es otra que la del meme del pingüino socialmente inadaptado.
Esto, que podría parecer un sarnoso castigo irónico o un capítulo bastante mediocre de The Good Wife es lo que en verdad le ocurrió a las blogueras alemanas de Geeksisters.de, cuatro jóvenes a las que Getty Images les reclamó 868 dólares por un post en el que se usaba la imagen del archiconocido pingüino en la que, con tino, la redactora había puesto "lieblingsmeme", es decir, “meme favorito”, para después recordar que Internet es un gran invento.
La demanda les llegó tres años más tarde a través de la compañía matriz del blog, getDigital, que recibió un mail amenazante en el que se les informaba de que tendrían que pagar por la licencia o “enfrentarse a acciones legales”.
Un post que escribiste antes de terminar la carrera. Que incluía un meme que tiene 6 años de vida y está por todo Internet. Que tuvo cero likes o comentarios en su momento. 868 dólares. La misiva les llegó a las creadoras del blog, pero por suerte se libraron de pagar el abusivo impuesto gracias a que getDigital intercedió y sacó la billetera. Pero tanto las compañías como las chicas firmaron, por exigencias de la agencia de fotografía de stock, la condición de que nunca hablarían de aquel acuerdo.
No es la primera (ni la última) vez que pasa
No, ni la primera vez que una compañía funciona como agente troll en los juzgados mercantiles, ni tampoco Getty Images es el pionero en materia de lanzar la bola curva del copyright con respecto a un meme famoso.
Lo que sí es cierto es que los de Getty tienen mucha experiencia en esto de abusar de los internautas que emplean sus imágenes, aunque estos no tengan, claramente, ninguna intención de sacar rédito económico alguno, apenas acompañar los textos de sus páginas. Sólo en este hilo ya hay varias personas que se lamentan por haber recibido la misma amenaza de persecución jurídica por parte de Getty que recibieron las Geek Girls en caso de no desembolsar esos casi 900 dólares por fotografía. Y no son pocos los sitios que definen su táctica como estafa o extorsión, aunque, la verdad sea dicha, exageran un poco: las acciones de Getty son perfectamente lícitas.
Volviendo con los memes, Know Your Meme lleva un registro público de todas las ocasiones en las que algún agente ha hecho una solicitud de exigencia de derechos de autor por memes famosos, entre los que se incluyen Good Girl Gina, Scumbag Stacy o Sheltered College Freshman.
Marco legal: propiedad intelectual, obra derivada y parodia
Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en la Defensa de los Derechos Civiles en Internet e integrante del bufete Almeida en Barcelona nos lo cuenta. Se trata de demostrar, primero, si la foto tiene relevancia como obra fotográfica.
“Las fotografías se presentan ante un doble régimen, bien entrando a la categoría de fotografía normal, lo que se conoce como ‘simples fotografías’, o como obra relevante, que se denomina ‘obra fotográfica’. Las simples fotografías no tienen una protección especial en cuanto a Ley de Propiedad Intelectual, y para que adquirieran los derechos de lo que reclama Getty deberían tener un plus de creatividad. Tal y como yo lo veo, esta foto probablemente no ostente este grado de autoría”.
Otro punto a tratar sería si nuestro querido pingüino es, o no, una parodia. “La delimitación de este ambiguo término se recogió el 3 de septiembre de 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia en la que se dispuso que, al no existir una definición de la excepción de parodia, la misma debe interpretarse conforme al lenguaje común. Para que nos entendamos, la parodia tiene que evocar una obra preexistente siempre que se diferencie perceptiblemente de la original”.
La sentencia del TJUE también reclamaba que, para que una obra de parodia se tipificase como excepción al derecho de autor, debe suponer una manifestación humorística. Los memes han acabado englobados bajo el concepto weapon parody, un tipo de humor que utiliza “la obra original para hacer crítica o burla de otra cosa que no sea la obra original en sí misma”. Para Sánchez Almeida, ambos atributos los cumplen ampliamente los memes, y en el caso concreto del meme de nuestra ave marina favorita, “no se inflige daño a la obra original”.
Ojito con memegenerator. Ojito con TODO
Para Sergio Carrasco Mayans, abogado especializado en Derecho de las Nuevas Tecnologías y en Derecho Público, sin embargo no es tan sencillo. Aunque se trate de una obra derivada del contenido original, en España el meme no entraría dentro de la categoría de parodia porque no podría aplicarse. “En los memes normalmente no estás haciendo mofa sobre la obra original, sino que estás manipulando ese contenido para tus propios intereses, así que, aunque a una imagen le incorpores un fondo distinto y una frase graciosa, sigues vulnerando el derecho de propiedad intelectual del autor original”.
Carrasco, además, avisa de la problemática de la situación actual: “no somos demasiado conscientes, pero esta misma infracción se comete también al compartir fragmentos de videos e incluso de GIFs”. ¿GIFs de Juego de Tronos? ¿Montajes graciosos de lo que se ha hecho en el último Late show? Todo eso es perseguible. Siempre que puedas demostrar quién ha compartido eso y que los creadores tengan interés en ir a por los internautas. ¿Estás ahora mismo borrando aquel post con una foto de Boromir que subiste a Facebook en 2010? Espera un segundo.
Los memes son más importantes que la fuente de la que nacen
Sintiéndolo mucho por aquellos fotógrafos que fueron al Polo Sur a fotografiar a los pingüinos o por los suertudos que recogen de un disparo a los runners más guapos de la tierra, es la multiplicación y propagación en Internet lo que hace que tu obra sea relevante, y en muchos casos es mejor contentarse con la fama que se puede lograr a través de la memeización de tu imagen que andar censurando una red inabarcable. La frase “cuando triunfas es cuando te plagian” tiene aquí máxima coherencia.
Sergio Carrasco opina esto mismo. “Vivimos en una red totalmente llena de infracciones de la propiedad intelectual, pero que están toleradas por los creadores en su mayoría. Los autores suelen comprender que el meme lo que les da es difusión y con ello la fama, pero claro, si el autor ha cedido sus derechos, como en el caso de Getty, es la página de fotos de Stock quien debería dar su consentimiento. Y en el caso de las blogueras alemanas, parece que no lo ha dado”.
Eso sí, más peliagudo es el tema de convertirte tú mismo en un meme. Son los casos de la Novia Demasiado Apegada o del Chico que sólo quería que dejásemos en paz a Britney. Dos héroes de tantos.
En conclusión: además de por todo lo expuesto, para Sánchez Almeida la acción de Getty es abusiva por otra razón. “Este tipo de reclamaciones terminan por coartar la creatividad de la propia red. Cuando ves que se persigue a ciertos sujetos por intercambiar expresiones en uno u otro formato, la gente tendrá miedo de que vayan también a por ellos, y por tanto, es posible que dejes de participar en esa dinámica y que así coartes la libertad natural de la red”.
Todo esto está muy bien, pero…
¿De verdad me pueden denunciar por usar el meme de Julio Iglesias?
Sí, técnicamente es posible, aunque la persona que lo hiciera tendría que ser un pequeño capullo. Como nos cuenta Sánchez Almeida, Julio Iglesias en persona no tendría las de ganar en un juicio al tratarse de una persona con un derecho de imagen algo mermado (es lo que pasa cuando eres una figura pública). El autor de la foto probablemente tampoco, en primer lugar, porque su misma foto adolece de suficiente autoría (es, en sí misma, una especie de parodia de la clásica imagen del Tío Sam), y en segundo porque no se hace con esto ningún daño a la obra original. ¿Entonces quién podría ser?
Un tercer agente. Algún individuo que decidiera sacar algo que es ya de dominio público e intentara adquirir sus derechos. Es entonces cuando los jueces tendrían que delimitar si hay suficiente legalidad para que ese particular adquiriese los derechos, siempre analizando cada caso de manera diferenciada por lo amplio de la legislación a este respecto, y, entonces ya sí, el poseedor de los derechos de imagen podría perseguir a aquellos que durante los años venideros (ya sabes, no hay carácter retroactivo) se dediquen a usar uno de los mejores memes de los últimos tiempos. Ah, y si has leído esto como una oportunidad para forrarte a costa de los demás, es que tienes un problema.
¿Cuál es una buena respuesta contra toda esta ignominia?
Pues la misma que dieron las propias hermanas Geek, que, insurrectas, decidieron no seguir las órdenes de lo que habían dictado en el juzgado y alzaron su voz contra el abuso de la agencia de fotos (de hecho, si no fuera por su atrevimiento, nunca nos hubiésemos enterado). En su carta decían así:
“He aquí la razón por la que es imposible encontrar ninguna información sobre este caso en Internet: Getty se dedica a contactar con abogados para forzar a los afectados a mantener secreto de sumario y pagar el reclamo. Probablemente la mayoría de blogueros preferirá pagar el impuesto y no volver a hablar del tema cediendo a la presión de la situación. Parece ser que esta fórmula les ha funcionado muy bien con los demás, pero no lo hará con nosotras.
Hemos pagado la tarifa de la licencia, así como hemos eliminado la mencionada imagen. Incluso llegamos a firmar un acuerdo por el que no volveríamos a usar la imagen del Pingüino socialmente inadaptado nunca más. Además de todo esto, aún estamos a la espera de recibir el correo de los abogados de Getty. Y no retrocederemos a la hora de seguir informando de la evolución de nuestro caso.
Os damos un consejo: visto lo visto, tal vez no sea buena idea usar al Pingüino socialmente inadaptado, por lo menos no el oficial de Getty, y por eso hemos creado una nueva versión del pingüino que lanzamos al dominio público. Aquí lo tenéis:”
El mensaje de las alemanas parece bastante claro: Internet está sumida en la cultura de la remezcla, y eso es totalmente cierto. Es evidente que el Pingüino no es importante por la desmedida calidad de la fotografía que George F. Mobley hizo en 2009, ni tampoco que su mérito venga, de ninguna forma, provocado por incluirse en el stock de Getty, sino que viene por todos esos internautas pseudo anónimos que forman los memes, por los que los propagan y por los que crean nuevas versiones de ellos.
Así que, mientras las empresas sigan ancladas en planteamientos jurídicos ajustados a un mundo pre-Internet y asalten el ecosistema de la red exigiendo acciones que nada tienen de lógico en este nuevo entorno, muchos verían bien que le dieras a estos agentes un poco de medicina de la web. Pero si, como nosotros, no te atreves a enfrentarte a una querella contra Getty (o cualquier empresa de stock de fotos), tienes otra serie de pasos que seguir en caso de no querer pagar el montante sin más:
- Elimina la imagen
- Escribe una carta cordial. En ella, pide disculpas por las (posibles) molestias y expón tu inocencia. Tú no sabías nada.
- Si te vuelven a exigir el pago de la multa, deberás tener en cuenta que la técnica es la del desgaste, para que elijan desestimar su denuncia. Los ingresos que estas compañías logran por la vía de la demanda funciona por volumen de facturas y tu foto, en realidad, no les importa demasiado. Escribe que la cantidad que te reclaman se extralimita sobremanera a tus finanzas, y que querrías un nuevo precio más ajustado. También pide en esa una serie de datos para justificar que tienen razón en su denuncia.
- Si insisten, debes tener en cuenta que el infractor (tú) sólo es responsable de los daños basados en el valor de mercado de la imagen, no el precio de venta. 900 dólares por una foto es una barbaridad, y no te costará nada buscar una foto similar a la que has usado tú en otras webs privadas de stock de fotos con precios más bajos. Por ejemplo, cantante setentón de balada sonriente: 20 euros. Busca en varios sitios y elabora un promedio.
- ¿Siguen en sus trece? Envía alguna carta más insistiendo en ideas anteriormente expuestas. Más información que demuestre que tienen jurisprudencia, comparar el precio de otras fotos de su misma plataforma menos costosas... Lo ideal es que, para este momento hayan desistido, pero de no ser así, sólo te queda pagar o acudir a un abogado.
Y nada, que si los propietarios de las fotos de Juan Carlos Monedero, Sean Bean o Matías Prats deciden denunciarnos, desde Magnet nos comprometemos a cubrir el caso en vivo.
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