Rotondas. A medio camino entre lo útil y la desesperación absoluta. La DGT asegura que el 20% de los implicados en un accidente producido en una rotonda incumplía alguna norma de circulación. Por ello, el organismo suele hacer hincapié en la importancia de cumplir todas ellas para aumentar la seguridad.
Entre aviso y aviso, uno se ha ido de las manos en los últimos días. En redes sociales y algunos medios de comunicación ha empezado a correr la noticia de una supuesta "maniobra" que la "DGT eliminará y multará con 500 euros a quienes lo hagan".
Lo único cierto es que, nada relativo a una "nueva infracción" es cierto. Lo que sí sabemos es que la DGT puede multarnos en función de cómo circulemos al llegar a una rotonda, por su interior o al salir de ella. Pero esto es algo que ya se aplica desde hace años.
Las multas que la DGT nos puede poner en una rotonda
Para comprobar cuánto hay de cierto en estas informaciones que hablan de "nuevas infracciones" o "maniobras" que la DGT "va a vigilar", lo más rápido y sencillo es ir al Reglamento de Circulación y a la Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Y en ninguno de estos dos casos encontraremos ninguna mención específica a cómo se debe circular en una glorieta, qué caminos se deben tomar o cómo debemos comportarnos en ella. Y esto sucede porque, como explicamos en este artículo, circular por una glorieta es circular como lo haríamos como por cualquier otra calle recta con todas sus salidas a la derecha.
Y las advertencias de la DGT no han hecho más que reafirmar esta postura. El organismo recuerda en su revista digital cuáles son las infracciones más comunes que se repiten en una glorieta y cuáles son las multas por las mismas. Concretamente, hacen referencia a los siguientes casos:
Prioridad de paso
En la llegada a una glorieta, siempre encontraremos un Ceda el paso. Esta señalización obliga a detenerse al coche que se va a incorporar si dentro de una glorieta ya circula un vehículo. Hay que tener en cuenta que los grupos de ciclistas que se incorporen a una glorieta tendrán prioridad de paso.
Multa por incumplimiento: 200 euros y cuatro puntos del carné de conducir.
Conducción temeraria
Es la norma a aplicar para quienes abandonan la glorieta desde los carriles centrales, cruzándose al resto de vehículos y poniendo en riesgo a otros conductores. " Es la maniobra más peligrosa que un conductor puede realizar dentro de una glorieta. Una maniobra ilegal que, combinada con el exceso de velocidad y una colisión en ángulo, puede comprometer la estabilidad y provocar incluso el vuelco de alguno de los vehículos implicados”, explican desde el Área de Formación de Conductores de la DGT.
Si un juez entiende que se ha puesto en peligro la vida de otros conductores o peatones, puede llegar a considerarse un delito.
Multa por incumplimiento: 500 euros y seis puntos del carné de conducir.
Exceso de velocidad
Según la DGT, el 8% de los conductores implicados en un accidente en una glorieta excedían la velocidad máxima. En este caso, el peor castigo a aplicar es el de "conducción temeraria" si se pone en riesgo al resto de agentes del tráfico.
Multa por incumplimiento: de 100 euros a 500 euros y seis puntos del carné de conducir, si se aplica la sanción por conducción temeraria.
Cambios de carril
En una glorieta, se circula como en cualquier otra calle, por ello, para cambiarse de carril es necesario hacerlo dejando la distancia de seguridad suficiente y sin cruzarse. Por ello, como en el caso anterior, se puede sancionar con la multa relativa a un cambio de carril inadecuado o, incluso, con aplicando aquellos de la "conducción temeraria".
Multa por incumplimiento: 200 euros o 500 euros y seis puntos en el carné de conducir, si se aplica la sanción por conducción temeraria.
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Foto | Miquel Migg
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