La ayuda máxima a la compra de un coche eléctrico es de 7.000 euros y que su precio no exceda los 45.000 euros antes de IVA
La cuantía tiene que ser declarada en la siguiente declaración de la renta a final
El Plan MOVES III se puso en marcha en España en abril de 2021. El objetivo principal de la ayuda es el de aumentar el número de vehículos eléctricos en nuestro país que, en 2024, ronda una cuota de mercado del 5%, muy alejada de los países referencia de nuestro continente. La media europea ya se acerca al 15% de cuota de mercado, especialmente empujada por Alemania y Francia, que se mueven en el 30% y Holanda o Suecia, que superan con creces el 60%, según datos de ACEA.
En el anuncio se concretó que el Plan MOVES III contaría con un fondo de 400 millones de euros para ayudar a la compra de vehículos eléctricos. Las sucesivas prórrogas han ido ampliando esta cifra. Actualmente, el Plan MOVES III está activo hasta el próximo 14 de noviembre de 2024, tras una prórroga reciente, y se han puesto a disposición de los potenciales compradores un total de 1.200 millones de euros que ahora se amplía con otros 350 millones de euros.
Plan MOVES III: todos los detalles a tener en cuenta
Para acceder con todas las garantías al Plan MOVES III, responderemos una por una a todas las preguntas que nos pueden surgir a la hora de comprar un coche. Desde la cuantía de la ayuda a los requisitos para solicitarla y otros aspectos a tener en cuenta.
Cuál es el importe del Plan MOVES III
El dinero a percibir para la compra de un vehículo subvencionable por el Plan MOVES III varía en función del tipo de vehículo elegido y la tecnología que utiliza. Todos los detalles están reflejados en la imagen superior.
Si hablamos de turismos al uso, los coches que se pueden conducir con el carné B de la DGT, hablamos de la categoría M1. En este caso, el dinero a percibir es diferente en función de la tecnología del automóvil:
- Coche eléctrico y eléctrico de autonomía extendida (más de 90 kilómetros de autonomía eléctrica): 4.500 euros de ayuda mínima y 7.000 euros de ayuda si se achatarra un vehículo con más de siete años de antigüedad.
- Híbrido enchufable (entre 30 y 90 kilómetros de autonomía eléctrica: 2.500 euros de ayuda mínima y 5.000 euros si se achatarra un vehículo con más de siete años de antigüedad.
- Pila de combustible (sin autonomía mínima): 4.500 euros de ayuda mínima y 7.000 euros de ayuda si se achatarra un vehículo con más de siete años de antigüedad.
A todos los precios anteriores hay que sumar otros 1.000 euros de descuento que el concesionario debe reflejar en el momento de la compra.
Cuáles son los requisitos para que un coche pueda ser subvencionado
Más allá de la autonomía eléctrica, que determina la cuantía de la ayuda a percibir, el Plan MOVES III sólo se contempla para vehículos eléctricos, eléctricos de autonomía extendida e híbridos enchufables con un precio máximo de 45.000 euros sin IVA. La cuantía aumenta hasta los 53.000 euros sin IVA para los coches eléctricos de ocho y nueve plazas. Los vehículos de pila de combustible no tienen tope.
En todos los casos, hablamos de coches nuevos pero desde el verano de 2023 también están disponibles algunos automóviles ya matriculados. Así, entre los vehículos que pueden recibir la ayuda del Plan MOVES III también encontramos a los seminuevos, con un máximo de 12 meses de antigüedad, siempre y cuando sean coches eléctricos.
Otros aspectos a tener en cuenta
Además de lo ya mencionado, el Plan MOVES III contempla un incremento del 10% en las cuantías anteriores si el comprador cumple alguno de los siguientes condicionantes:
- Personas con movilidad reducida.
- Vehículos destinados al servicio de taxi y VTC.
- Compradores que residan en pueblos de menos de 5.000 habitantes.
Cómo solicito el Plan MOVES III
Lo primero que hay que tener claro es que el Plan MOVES III no se aplica directamente en el momento de la compra. Es una modificación que ya se ha planteado para un hipotético Plan MOVES IV pero, de momento, esto no está disponible.
Pero, además, antes de solicitar esta ayuda hay que tener en cuenta que son las Comunidades Autónomas las que gestionan las solicitudes. Esto es importante pues los requisitos son los mismos en todas ellas pero no todas actúan de la misma manera. Algunas obligan al concesionario a realizar los trámites (sin coste para el cliente) y en otras es éste quien tiene que cumplir él mismo con la burocracia. Además, en algunas regiones se pueden presentar las ayudas presencialmente pero en otras solo de forma online.
Por tanto, si nuestra Comunidad Autónoma permite que sea el concesionario el que realice los trámites, nuestra recomendación es dejar en sus manos todo lo referente al papeleo.
Si, por el contrario, en nuestra región tenemos que realizarlo nosotros mismos, tenemos que reunir la siguiente documentación:
- Copia del presupuesto o la hoja de pedido del vehículo
- Copia del NIF/DNI del solicitante de la ayuda
- En el caso de profesionales autónomos, certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social
- Declaración responsable de que no se dispone de otras ayudas similares o bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años.
- Certificado de empadronamiento en el que conste que la persona solicitante reside en la CC.AA. donde solicita la ayuda
- En el caso de que la persona solicitante tenga alguna discapacidad o pertenezca al sector del taxi o VTC, se solicita un certificado que acredite esa condición.
En algunos casos, los documentos pueden cambiar ligeramente pero, en lineas generales, todas las regiones solicitan, al menos, esta información. Eso sí, tendremos que contar con firma electrónica para realizar todos los trámites.
Una vez reunidos todos estos documentos, acudimos al espacio web específico de cada comunidad autónoma donde debemos iniciar los trámites online. Algunas regiones cuentan con un espacio específico para la ayuda pero en otros está dentro de la propia web oficial de la región.
Una vez cumplimentado lo solicitado por la Comunidad Autónoma y registrada la petición, el Ministerio de Industria solicitará la siguiente documentación:
- Copia de la factura de compraventa del vehículo. Esa factura debe ser posterior al 9 de abril de 2021 (fecha en la que se activó el Moves III) y debe constar en ella el descuento de como mínimo 1.000 euros que obligatoriamente debe hacer el concesionario.
- Documento justificativo del pago de esa factura.
- Copia de la ficha técnica del vehículo adquirido.
- Copia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido o fotocopia del Permiso de Circulación provisional emitido por DGT.
- Número de cuenta bancaria para hacer el ingreso de la subvención.
Si, además, hemos achatarramos un vehículo para obtener el máximo disponible en la ayuda del Plan MOVES III, también se nos requerirán los siguientes documentos:
- Certificado que acredite la baja del vehículo.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo achatarrado.
- Copia del impuesto de vehículos de tracción mecánica debidamente abonado, como mínimo, desde el año 2020.
Ya he solicitado la ayuda, ¿y ahora?
Una vez solicitada la ayuda, la burocracia se pone en marcha. El motivo por el que el trámite se debe realizar mediante las Comunidades Autónomas es porque éstas son quienes entregan finalmente el dinero de la misma. El fondo disponible es estatal pero la gestión de las mismas se hace regionalmente.
Conocido esto, hay que tener en cuenta que el tiempo medio de espera para recibir la ayuda del Plan MOVES III es de entre 18 y 24 meses. Los fabricantes están presionando para que esto cambie y la ayuda se entregue en el momento de la compra lo que, como decimos, está estudiándose de cara a un nuevo Plan MOVES IV pero, de momento, no hay nada en firme.
Además, una vez recibida la cuantía correspondiente, ésta debe señalarse en la declaración de la renta como una ganancia patrimonial no derivada de transmisión de elementos patrimoniales, en el resto de salarios y rentas de la base general del IRPF.
Es decir, de la cuantía que recibamos en un primero momento, habrá que devolver una parte de la misma pero la cantidad dependerá del nivel de ingresos del contribuyente. Para tener una idea aproximada, sin otras ganancias patrimoniales, los 7.000 euros de ayuda máxima tributan al 19% en los primeros 6.000 euros y al 21% en los 1.000 euros restantes. Por tanto, como mínimo, habrá que devolver 1.350 euros de la misma.
Qué esperamos en los próximos meses
Aunque el Plan MOVES III contempla la entrega de más de 1.000 millones de euros para la compra de coches eléctricos, híbridos enchufables y la instalación de puntos de recarga, el proyecto no ha estado exento de polémica.
El pasado mes de febrero de 2024, el Gobierno se comprometía a entregar las ayudas a la compra de coches eléctricos en el momento que se firmara la adquisición, una de las grandes demandas de la industria. Sin embargo, la última ampliación, aprobada en junio de 2024 y que extiende el proyecto hasta noviembre de este mismo año, no recoge este cambio.
A lo anterior hay que sumar que los fondos son, en junio de 2024, insuficientes. Antes de la última prórroga, el programa cuenta con más fondos adjudicados (pero pendientes de entregar en parte) de los disponibles en la mayor parte de las comunidades autónomas.
Y a esto hay que sumar los retrasos en la entrega de las ayudas que en algunas regiones han llegado a extenderse hasta tres años. Esto no dejan de ser piedras en el camino de quien duda si se atreve a saltar al coche eléctrico en su próxima compra.
Por último, aunque el Gobierno siempre ha defendido que el Plan MOVES continuará de una manera o de otra y ha reconocido que son necesarios los cambios para mejorar la entrega de las ayudas, en ABC aseguran que ésto puede no ser así al finalizar este último paquete de ayudas, pues el Plan de Energía del Gobierno contemplaría acabar con este empujón económico en 2025.
Imágenes | Renault e IDAE
En Xataka | Poco a poco, el coche eléctrico está ganando terreno en España. El coche eléctrico barato, claro
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