Gafas con cámara integrada. ¿Qué puede salir mal? Han pasado bastantes años desde las Google Glass pero los fabricantes de tecnología no se dan por vencidos. Ahora Facebook presenta las Ray-Ban Stories, en colaboración con la conocida marca de gafas. Y de nuevo cabe preguntarse sobre qué dice la ley española sobre ir grabando constantemente por la calle.
¿Es legal grabar a todo el mundo mientras caminamos? ¿Cómo afecta a nuestra privacidad el hecho que puedan grabarnos tan fácilmente? Aquí os explicamos cuáles son los puntos básicos que deben cumplirse y cuál es la posición de la Agencia Española de Protección de Datos respecto a estas gafas inteligentes.
Grabar en la vía pública puede ser legal, pero cuidado con lo que se hace con esas imágenes o vídeos
Una cosa es grabar en la calle y otra es publicar estas imágenes o vídeos en internet.
Utilizar estas gafas inteligentes para grabar o tomar fotos no es diferente a la práctica de hacerlo con un smartphone. De manera genérica, la grabación de la voz o la captación de imágenes de una persona suponen datos protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y por tanto no se pueden efectuar sin su consentimiento u otra base legal.
No obstante, sí es posible grabar en la vía pública para un uso personal. Lo relevante es el uso que se hace de estas imágenes o vídeos. Y aquí sí hay muchas maneras en las que podríamos afectar los derechos de estas personas que hemos grabado.
La AEPD establece una serie de categorías donde la instalación de cámaras de videovigilancia puede estar justificado, desde para garantizar la seguridad de las personas o instalaciones hasta otros fines como el control de la prestación laboral. Si bien, este no sería el caso de gafas como las de Facebook. Podemos entender estas gafas como una cámara portátil y salvo que contemos con el consentimiento o la autorización de las fuerzas de seguridad del Estado, su uso está restringido y ciertos usos pueden suponer delitos.
"No parece que sea posible encontrar una base de legitimación al uso de estas gafas sin un motivo concreto que pueda justificar su uso, por lo que ir todo el tiempo grabando no estaría permitido", nos explica Samuel Parra, abogado de EGIDA especializado en privacidad y Protección de Datos.
Facebook's answer to the risk of people using their new spy-glasses for spying? Asking them kindly to please not to. pic.twitter.com/Hbtrlll7R5
— Joe Westby (@JoeWestby) September 9, 2021
¿Significa esto que no podemos hacer un vídeo para Instagram o Tik Tok en la calle? No directamente. Cuando la captación de personas son accesorias, entonces no debería verse afectado su derecho a la intimidad. Es el caso de una foto en la playa por ejemplo.
No hay necesidad de solicitar permiso en ese ejemplo, pero si se diera el caso de que la persona involucrada pide que eliminemos el vídeo, entonces debería hacerse porque la ley protege el derecho de la persona que lo solicita. En esta grabación hay muchos aspectos a tener en cuenta, por ejemplo con imágenes de menores de edad.
Hay ocasiones en las que prevalece el derecho a la información, por ejemplo cuando se trata de una persona pública en la calle o existe interés informativo y la imagen es accesoria. Si bien, son casos concretos que difícilmente sean aplicables a las gafas de Facebook, que bien podrán ser utilizadas en muchos momentos.
Qué ha hecho Facebook para intentar garantizar la privacidad
Facebook es muy consciente de las dudas sobre privacidad que suscita. En el caso de sus gafas inteligentes ha incorporado varios apartados con la intención de reducir los problemas de privacidad y cumplir con la legislación.
El primero de ellos es una protección de hardware con un interruptor de encendido para apagar las cámaras y el micrófono. Un botón que la mayoría de dispositivos de la actualidad que cuentan con micrófonos o cámaras incorporan.
Más interesante es el LED indicador que se está grabando. Las Ray-Ban Stories emiten una luz blanca cuando se hace una foto o se está realizando una grabación. Este es un punto relevante, ya que existe en estos casos la obligación de informar a las personas de la vía pública que pueden ser objetivo de grabación.
Facebook is making camera glasses. They have an LED warning light so that bystanders know you are taking a video.
— Katie Notopoulos (@katienotopoulos) September 9, 2021
I taped it over.
A FB exec told me this is a violation of the terms of service of the glasses (oops) https://t.co/l6JQy12vzE
Si no existiera este aviso, las personas que están siendo grabadas no podrían ejercer su derecho de solicitar que se retire el contenido por considerar que se está vulnerando su derecho a la intimidad. Según explica Katie Notopoulus, editora de Buzzfeed, tapar esta luz LED implica romper con la política de uso de las gafas.
El funcionamiento de las gafas de Facebook es bastante específico. Las imágenes tomadas por las Ray-Ban Stories se envían a una aplicación 'Facebook View', pero no se suben directamente a los servidores de la compañía. Esto es, los vídeos y las imágenes se almacenan localmente en el teléfono y solo se envían a Facebook en el caso de publicarse en la aplicación, según explica la propia compañía.
Este punto de almacenamiento local es relevante ya que teóricamente no se está realizando un tratamiento de datos del material grabado.
"La AEPD se ha pronunciado un par de veces sobre esta cuestión; no en concreto con gafas que graban pero sí respecto a cámaras en cascos o cámaras "on board" de esas que se ponen en los coches. Da igual si el dispositivo de grabación es un casco con una cámara o unas gafas que llevan cámara incorporada, la acción de grabar es la misma", explica Parra. "La cosa es que las grabaciones eran para finalidades muy específicas, por ejemplo, en tema de las cámaras on board se permitía su uso con algunas limitaciones: activación solo para poder dejar reflejada una posible infracción de tráfico. Otra limitación es que no se puede publicar esas imágenes en Internet, a no ser que se difumine los rostros o cualquier otro dato que pudiera permitir identificar a una persona".
El mensaje más repetido por la AEPD para este tipo de dispositivos es que la finalidad "doméstica" está permitida, pero su uso posterior queda sometido a la normativa de Protección de Datos.
Qué postura se adoptó con gafas anteriores como las Google Glass
Las Google Glass acabaron desapareciendo del mercado, pero estos años hemos visto modelos como las Spectacles de Snapchat. También se rumoreado que Apple lanzará las suyas. El modelo de Facebook bien puede entenderse como una primera generación para intentar acostumbrar al público a que las personas tengan una cámara delante constantemente. Una cámara que, aunque no se utilice todo el rato, servirá para recordarnos lo fácil que es hoy en día grabar lo que nos rodea.
En 2013, un grupo de 37 autoridades de Protección de Datos envió una carta conjunta a Google donde instó a la compañía a informar sobre las implicaciones de su producto.
Al respecto de las Google Glass, la AEPD respondió que haría "un seguimiento del producto para comprobar que cumple con la normativa española de protección de datos", recordando una vez más la normativa de Protección de Datos y el consentimiento. Desde Xataka hemos vuelto a consultar con la AEPD para obtener más detalles sobre su posición sobre las Ray-Ban Stories de Facebook.
Según describe Wired, fueron precisamente estas dudas respecto a las legislaciones de Protección de Datos lo que llevó a Google a cancelar el proyecto de sus gafas. Ahora Facebook vuelve a la carga con un nuevo enfoque; tecnológicamente más sencillo, pero quién sabe si con más probabilidades de extenderse.
Por el momento las gafas de Facebook se han anunciado para mercados como los EE.UU, Canadá y Australia, pero también para Irlanda e Italia donde se aplica el Reglamento General de Protección de Datos Europeo.
Estas primeras generaciones de gafas inteligentes "únicamente" graban y hacen fotos, pero no se descarta que en el futuro tengan capacidades avanzadas como el reconocimiento facial. Ante este supuesto, desde la AEPD sí se han posicionado en contra, rechazando que la legitimización para los sistemas de videovigilancia también abarque tecnologías como el reconocimiento facial, de la forma de andar o de la voz. Esto es debido a que aplicar estas tecnologías sería un tratamiento de datos biométricos y por tanto se aplicaría el reglamento de Protección de Datos. De nuevo, el uso de estas gafas está contemplado, pero habrá que analizar en detalle qué se hace con las imágenes y vídeos que se capturan.
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