En 2021 se registraron 1.004 fallecidos en las carreteras españolas como consecuencia de 921 accidentes con víctimas mortales. El dato recogido fue el mejor desde que se tienen registros, salvo el año 2020 en el que, por motivos obvios, se redujeron en gran medida los movimientos. En estos siniestros, la velocidad siguió siendo uno de los factores determinantes.
A pesar de que las distracciones son la principal causas de accidentes en nuestro país, la velocidad es uno de los factores diferenciales en un choque o en una salida de la vía. Para limitar los riesgos, la DGT persigue con dureza los excesos de velocidad, especialmente cuando el límite máximo permitido queda muy atrás.
Cuidado con los últimos cambios
Como todo conductor debe saber, la DGT castiga a todo aquel al que registra circulando por encima de los 120 km/h en vías de alta capacidad y de 90 km/h en el caso de que lo haga por una carretera secundaria. Pero, además, es preciso recordar que hace menos de un año se limitó la velocidad máxima en poblado. El límite máximo permitido en todas aquellas vías de un solo carril por sentido ha quedado reducido a 30 km/h, mientras que en las calles con un mayor número de carriles sigue limitado a 50 km/h.
Este cambio normativo es muy interesante, pues las sanciones en ciudad se han endurecido a igual velocidad que hace apenas un año. Por ello, quienes circulen a más de 30 km/h pueden ser castigados en la mayor parte de las calles de una urbe. Antes de la última reforma, el límite fijado era de 50 km/h, a menos que se especificara en su señalización o en la ordenanza de movilidad propia de cada ciudad. Ahora, todas las calles de España con un carril por sentido están limitadas a un máximo de 30 km/h.
Seis puntos y 600 euros de multa, ¿en qué casos?
Estos últimos cambios aplicados por la DGT también han tenido sus efectos en las multas, con especial relevancia en las más duras y de mayor castigo para el conductor.
Superar los límites marcados supone un castigo económico de 100 euros y sin detracción de puntos cuando se rebase en 20 km/h el límite máximo en ciudad y 30 km/h cuando circulamos fuera de poblado. Entre esta sanción mínima y la máxima de seis puntos y 600 euros hay un amplio espectro de castigos económicos como puedes ver en la imagen superior que comparte habitualmente la DGT.
El mayor castigo es aquel que resta seis puntos del carné de conducir y 600 euros a nuestro bolsillo. En este caso, la regla general es que se aplica esta sanción cuando se supera en 50 km/h el límite máximo en ciudad y en 70 km/h cuando lo hacemos fuera de ella. Así, los casos más habituales en los que se aplica esta sanción se da en los siguientes casos:
- En calles limitadas a 30 km/h: cuando se circula a más de 81 km/h o en adelante.
- En calles limitadas a 50 km/h: cuando se circula a 101 km/h o en adelante.
- En carreteras limitadas a 90 km/h: cuando se circula a 161 km/h o en adelante.
- En carreteras limitadas a 120 km/h: cuando se circula a 191 km/h o en adelante.
Foto | Ruiyang Zhang
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