No hace falta el DNI para pagar con tarjeta. El Banco de España explica cómo actuar si nos lo piden

  • Actualmente no existen leyes que establezca la obligación de dar el DNI al pagar

  • Era una costumbre arraigada, pero con las nuevas tecnologías contactless ya no hace falta

Enrique Pérez

Editor Senior - Tech

Editor especializado en tecnología de consumo y sociedad de la información. Estudié física, pero desde hace más de diez años me dedico a escribir sobre tecnología, imagen y sonido, economía digital, legislación y protección de datos. Interesado en aquellos proyectos que buscan mejorar la sociedad y democratizar el acceso a la tecnología. LinkedIn

Pagar con tarjeta se ha convertido en algo trivial, pero durante un tiempo había muchas dudas sobre su seguridad. Por ello muchos establecimientos pedían el DNI para comprobar la identidad; para asegurarse de que la persona que estaba pagando con esa tarjeta era realmente el dueño de esta. ¿Es realmente necesario? Lo cierto es que no, tal y como recientemente ha descrito el propio Banco de España.

No hay una respuesta clara sobre si es necesario dar el DNI a la hora de pagar con tarjeta, pero es porque "no existen leyes que establezcan su obligatoriedad", explica el máximo organismo financiero español.

Una costumbre cerca de desaparecer

La costumbre de dar el DNI ha ido desapareciendo con el auge de los pagos contactless. Nada que ver con los tiempos donde incluso se pedía verificar la compra firmando en el recibo para comprobar la identificación. Hoy en día la seguridad ha avanzado tanto que incluso los pagos de menos de 50 euros no requieren ni siquiera el PIN.

La mayoría de tarjetas modernas vienen equipadas con chip y PIN. Esto ha permitido "transacciones de forma más rápida y eficaz", asegura el Banco de España. Unas operaciones donde pedir el DNI sería un aumento considerable de tiempo adicional.

Qué hacer si solicitan el DNI al pagar con tarjeta

Con todo, todavía existen ciertas tiendas que mantienen la costumbre de pedir el DNI como un paso adicional de seguridad. ¿Qué hacer en estos casos? La recomendación del Banco de España es la de facilitar al comercio una vía de identificación de seguridad, para ofrecer confianza al comercio. No es obligatorio, pero sí se sigue recomendando si lo solicitan.

El caso es que no hace falta que sea propiamente el DNI. Se pueden utilizar formas alternativas de identificación, como el pasaporte el carné de conducir.

Mientras el cliente haya aceptado acreditar su identidad, "el establecimiento no podría negarse a admitir el pago con tarjeta", explica el Banco de España. La recomendación del organismo es por tanto la de hacer caso al dueño del establecimiento y facilitar nuestra identidad pese a que no sea obligatoria.

Medidas extra de seguridad que se están perdiendo

Dar el DNI no es obligatorio, pero tampoco es contraproducente. El Banco de España remarca la importancia de detenerse y tomarnos nuestro tiempo al pagar, recordando que solicitar el DNI "solo aumenta la seguridad".

Otros derechos que tenemos como clientes son los de solicitar una copia del recibo o comprobar el ingreso en el datáfono. No necesitamos copia y es redundante, pero tenemos que entender estas costumbres como capas de seguridad añadidas. No tan efectivas como un pin o una contraseña única, pero sí una medida que aporta seguridad y cautela. En un mundo tan acelerado, hacer caso a aquellos que buscan ir más lento es una sabia decisión.

Imagen | Nathana Rebouças

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