Las transferencias inmediatas imponían un sobrecoste a los clientes, pero ahora no podrán tener un coste superior al de las ordinarias
Todas las transferencias inmediatas deberán completarse ahora en 10 segundos
Pero dependiendo del tipo de cuenta, el banco podrá seguir cobrando esas transferencias, aunque no habrá diferencia de coste entre inmediata y ordinaria
En febrero de 2024 el Parlamento Europeo anunció una nueva e importante normativa de pagos europea destinada a las entidades financieras. El objetivo era actualizar los términos tradicionales con un cambio significativo. Uno que afecta a la diferencia de coste entre los distintos tipos de transferencias.
La nueva normativa. En esa normativa el Parlamento Europeo establecía que "la inmediatez de las transferencias deberá garantizarse con independencia del día o de la hora; el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos".
Medidas ratificadas en España. El BOE ratificó dichas medidas el 19 de marzo de 2024, y entrarán en vigor a partir del 9 de enero de 2025. Es importante señalar que hasta ahora los bancos en España ofrecían dos tipos de transferencias con tiempos de ejecución muy distintos:
- Inmediatas: se realizan de forma instantánea y el dinero llega a la cuenta del destinatario en apenas unos segundos. Normalmente suponen un sobrecoste sobre las ordinarias, y suelen tener límites sobre el importe máximo a transferir, además de poder estar limitadas a la región SEPA (UE y algunos países adicionales). Ese sobrecoste depende del banco y del importe transferido, pero suele ser relativamente elevado.
- Ordinarias: pueden ser gratuitas, pero los bancos a menudo ofrecen coste cero en ciertos tipos de cuenta —por ejemplo, cuentas a las que tenemos asociadas nuestra nómina—. En estas transferencias el dinero tarda más en llegar y pueden pasar hasta 48 horas e incluso más si coinciden con fines de semana o días festivos. El importe máximo suele ser ilimitado, y también es posible realizarlas a bancos de todo el mundo.
Transferencias inmediatas al mismo precio (o menor) que las ordinarias. Con la nueva normativa del Parlamento Europeo, los cambios se obliga a que las transferencias inmediatas tengan un coste igual o menor que las ordinarias. Además será obligatorio que el dinero en esas transferencias inmediatas llegue en menos de 10 segundos a su destino, independientemente del día o la hora a la que se realice la transferencia.
¿Pero entonces serán gratis, o no? Que una transferencia (ordinaria o inmediata) sea gratis dependerá del tipo de cliente y cuenta. Si esos clientes o cuentas están dentro de algún programa bonificado en la entidad bancaria —por ejemplo, al domiciliar la nómina o la pensión— podrán disfrutar por ejemplo de transferencias a menor precio o incluso de transferencias gratuitas. Sin embargo para otros tipos de clientes o situaciones las transferencias podrán tener un coste establecido por el banco. La gran diferencia es que ya no tendremos que pagar un sobrecoste si queremos una transferencia inmediata.
Las transferencias ordinarias seguirán teniendo sentido. Esto parece hacer innecesarias las transferencias ordinarias en las que el dinero tarda más en llegar, pero unas y otras seguirán coexistiendo. Que una transferencia ordinaria tarde más en llegar ofrece además una ventaja interesante: es posible cancelarlas antes de que lleguen si creemos que por ejemplo hemos cometido un error al introducir cantidades o destinatarios de esa transferencia.
Dudas con CaixaBank. Algunos mensajes en redes sociales apuntan a que CaixaBank comenzará a cobrar seis euros por transferencias online a partir del 9 de enero, sean inmediatas u ordinarias. En Xataka nos hemos puesto en contacto con la entidad, cuyos responsables nos aclaran que simplemente se van a ajustar a la nueva normativa, lo que hará que el coste de las transferencias inmediatas sea menor o igual al de las ordinarias. Pero eso no implica que ahora las ordinarias tengan un coste: eso dependerá del programa (tipo de cuenta) que tiene el cliente.
Un ejemplo. Los clientes de programas como el "Día a Día" —nómina o pensión domiciliada, o bien ingresos recurrentes iguales o superiores a 12.000 euros anuales— que ya tenían bonificación en transferencias ordinarias y les salían gratis tendrán ahora las inmediatas también gratis. Para otros tipos de cuentas las condiciones particulares pueden ser distintas, y por tanto el precio de las transferencias ordinarias e inmediatas se iguala, pero puede no ser gratuito.
Ocurrirá en todos los bancos. Esa casuística será común a todos los bancos: según el tipo de cuenta que tenga el cliente, tendrá transferencias inmediatas y ordinarias gratis o a cierto coste, pero siempre coincidirá: si tienes transferencias ordinarias gratis, las inmediatas también lo serán. Si las transferencias ordinarias cuestan por ejemplo 5 euros, las inmediatas tendrán también ese precio (aunque en las inmediatas podrá ser incluso inferior, como indica la normativa europea).
El precio de las transferencias puede variar. Por supuesto, la nueva situación obliga a las entidades bancarias, pero eso puede implicar que las condiciones de cada tipo de cuenta cambien. Así, mientras que ciertos clientes podrán disfrutar de transferencias inmediatas u ordinarias gratuitas, otros pueden ver el precio de estas transferencias incrementado respecto al pasado. La normativa no obliga a que todas las transferencias sean gratuitas (o inmediatas), solo a que el precio de ambas modalidades sea el mismo, o que el de las inmediatas sea inferior. Los bancos pueden perfectamente decidir subir el precio de las ordinarias o cobrarlas cuando antes no lo hacían según el programa, tipo de cliente o tipo de operación (por ejemplo, entre entidades distintas).
Imagen | Nick Pampoukidis
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