Un tribunal, una fecha y una sentencia marcada en rojo ya está en el calendario. Será el 8 de junio, lo decidirá el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la decisión afectará a las VTC españolas. Será entonces cuando Europa determine sobre la legalidad de uno de los aspectos claves para determinar la regulación de las licencias de vehículos con conductor.
Para entender mejor qué se decidirá y por qué es clave la decisión del TJUE, lo mejor es echar la vista atrás y comprobar cronológicamente que ha ido sucediendo en los últimos años.
2009. Para comprender mejor dónde estamos es necesario abrir la puerta de nuestra máquina del tiempo particular y viajar hasta 2009. España empezó el año afrontando una huelga de controladores aéreos, el F.C. Barcelona levantó su tercera Copa de Europa y Rihanna o Beyonce peleaban con Efecto Mariposa y Carlos Baute por el número 1 de los 40 principales.
También aquel año se decidió abrir la mano con las licencias VTC. Con la Ley Ómnibus, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprueba eliminar el ratio 1:30 que limitaba la entrega de estas licencias. Las protestas de los taxistas no echan atrás la decisión y se entregan miles de licencias. Tantas que el ratio queda en un escueto 1:6. En 2015, ya se habían entregado 20.000 licencias.
2015. Años después del cambio, el Gobierno de Mariano Rajoy echa para atrás la reforma anterior y se vuelve a imponer el ratio 1:30. El Tribunal Supremo, sin embargo, confirma que las licencias entregadas antes de 2015 son legales e impone al Estado que, de querer reducir su número, tendrá que expropiarlas.
Por el camino, las nuevas solicitudes quedan denegadas y el número cerrado en 2015 no puede volver a ampliarse. En 2018, el Gobierno de Pedro Sánchez actúa sin actuar. Es decir, cede el problema a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos que tendrán que decidir sobre la regulación que debe operar en cada una de ellas. Es el conocido como Decreto Ábalos.
Cuatro años. Ceder la decisión a los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas llevaba sus propios plazos. Durante cuatro años, las VTC podrían seguir operando en España como estaban haciendo en 2018. Sin embargo, cumplido este plazo (2022), las instituciones debían hacer frente al problema y publicar sus propias normativas.
Más requisitos. A punto de sonar la campana, las dos grandes ciudades españolas se pronunciaron. En Madrid, se ha optado por abrir el negocio del taxi y no poner demasiadas trabas que compliquen la situación a las VTC. Lo taxistas ven ampliado los días de trabajo y las VTC se mantienen en las 9.000 habilitadas antes de la decisión final de la Comunidad de Madrid.
En Cataluña, sin embargo, se ha sido mucho más beligerante. Se ha impuesto la obligación de que los servicios de VTC cuenten con coches que midan, al menos, 4,90 metros, sólo se entregarán licencias a coches que también tengan etiqueta ECO o Cero emisiones y se mantiene la obligación de precontratar el servicio con 15 minutos de antelación.
Que decida Europa. Ante el rechazo a las licencias, la empresa Prestige and Limousine, S.L. ha ido escalando la batalla judicial en los últimos meses hasta el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El procedimiento habitual es que, de aquí, se pasara al Tribunal Supremo, si la pelea continuaba pero ante los diferentes cambios regulatorios durante el último año, el TSJC ha preguntado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esta consulta es una cuestión prejudicial cuya sentencia se leerá el 8 de junio. La decisión puede influir de manera decisiva en la resolución del TSJC y, para ello, ha consultado a Europa para que dirima si los requisitos impuestos por el Ayuntamiento de Barcelona y el Decreto Ábalos se ajustan al derecho europeo.
¿Qué sabemos? De momento, sabemos que la opinión del Abogado General Maciej Szpunar, presente en el proceso judicial europeo, es la de romper tanto con la obligación de cumplir el ratio 1:30 como la "doble autorización" a la que obliga el Ayuntamiento de Barcelona cuando impone más requisitos adicionales para la explotación de las licencias VTC.
Sobre ambas cuestiones, Szpunar cree que se trata de "minimizar la competencia de los servicios de VTC respecto de los taxis" e, incluso, "le parece cuestionable que el servicio del taxi pueda considerarse como un servicio de interés económico general y dudoso que los operadores de dicho servicio cumplan una obligación de servicio público", según difundió el TJUE a través de su oficina de prensa.
¿Cómo actúa el TJUE? Al final de la nota de prensa, se dejan dos cosas claras. La primera es que "las conclusiones del Abogado General no vinculan al Tribunal de Justicia", el cual determinará en una resolución su postura (que hará pública el 8 de junio).
La segunda es que "la remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar".
¿Qué puede suceder? Una vez escuchada la decisión final del TJUE, como explican en la nota de prensa difundida a los medios, será el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que terminará por decidir sobre si los requisitos impuestos por el Estado y por las administraciones catalanas son o no legales y si cumplen con las normativas europeas.
Si el TJUE se mostrara contrario a las normativas españolas y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se acomodara a esta decisión, todas las regulaciones actuales saltarían de nuevo por los aires y habría que encontrar una nueva reglamentación para que las VTC puedan explotar sus licencias con pleno derecho y seguridad jurídica en nuestro país.
En Xataka | El Gobierno quería que los VTC se reservaran con 15 minutos de antelación. La Justicia quizá opine distinto
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