Sin ITV y sin restricciones por emisiones: los coches a los que la DGT permitirá circular con libertad en 2023

Un nuevo proyecto para proteger a los vehículos históricos españoles está sobre la mesa. Si los planes del Gobierno salen adelante, algunos de ellos tendrán ventajas en las zonas de bajas emisiones (ZBE) y en las ITV. El objetivo, hacer a España atractiva como un lugar donde mantener joyas automovilísticas de especial valor.

"La finalidad de dicha nueva regulación es evitar que tratamientos normativos en España, desiguales con respecto a otros países europeos, pudieran favorecer la salida o perdida de vehículos históricos hacía otros lugares fuera del territorio español". Esto es exactamente lo que se lee en el proyecto de Real Decreto que el Gobierno ha puesto en marcha para aprobar un nuevo reglamento de vehículos históricos.

Libre circulación y adiós a la ITV

El proyecto que está sobre la mesa, que aún tiene que aprobarse y, por tanto, está sujeto a posibles modificaciones, tiene dos de sus cambios más importantes en lo relativo a las zonas de bajas emisiones y en la ITV.

En el primer caso, se prevé que los vehículos históricos podrán circular por las zonas de bajas emisiones con las que, obligatoriamente, deberán contar todas las ciudades españolas con más de 50.000 habitantes y aquellas con más de 20.000 habitantes pero informes ambientales negativos. Esta es una de las reivindicaciones que con más fuerza ha sonado en los últimos años por parte de las asociaciones de vehículos históricos.

"Los Municipios harán posible, en los términos y condiciones que se prevean en sus ordenanzas municipales, el acceso y la circulación de vehículos históricos en las zonas de bajas emisiones, para fomentar la conservación y el conocimiento del patrimonio cultural e industrial automovilístico", se lee en el proyecto.

Según los datos aportados en el proyecto, recogidos por la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), el 61% de este tipo de automóviles circulan menos de 20 días al año y en distancias cortas, por lo que su impacto en las emisiones contaminantes es imperceptible.

Además, se establecen actualizan los plazos (y exenciones) a la hora de pasar los exámenes de la ITV. Hasta ahora, aquellos automóviles con menos de 40 años pero calificados como históricos deben enfrentarse a la ITV cada dos años. Este plazo será de tres años si el vehículo está entre los 40 y los 45 años de antigüedad y de cuatro años si supera esta última barrera.

Con los cambios normativos propuestos, los vehículos históricos matriculados antes del 1 de enero de 1950 no tendrán que superar la ITV para poder seguir circulando. Además, en el caso de los ciclomotores, éstos no tendrán ninguna obligación de pasar la ITV desde el primer momento que hayan sido clasificados como históricos.

Facilitar los procedimientos

Otro de los problemas actuales relacionado con los vehículos históricos está en la dificultad para conseguir la acreditación de los mismos. Y es que, un vehículo histórico no es lo mismo que uno clásico.

De momento, para obtener la certificación como vehículo histórico, es necesario que cumpla con las siguientes condiciones:

  • Que tenga al menos 30 años.
  • Que esté incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural o que tengan un interés especial (pertenecer a personalidades relevantes o acontecimientos históricos).
  • Que esté considerado como vehículo de colección por sus características, singularidad, escasez u otra circunstancia especial muy sobresaliente.

Pero, además, primero la Comunidad Autónoma tiene que dar un primer visto bueno con un laboratorio oficial en una primera inspección. A continuación, es necesario pasar un examen de la ITV y, por último, emitir una nueva ficha técnica como histórico donde se recojan las limitaciones y exenciones a la circulación del vehículo.

El proyecto del Real Decreto recoge una simplificación de los procedimientos. Por ello, se ha propuesto un nuevo "procedimiento abreviado al que pueden acogerse aquellos vehículos matriculados en España hace al menos treinta años, que se encuentren en circulación, con su ITV en vigor". Además, aquellos que no cumplan estos requisitos, tampoco tendrán que enfrentar la fase de catalogación.

En el primer caso, el dueño del vehículo tendrá que firmar una declaración responsable con la que "manifiestan bajo su responsabilidad, que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre vehículos históricos y así poder obtener en favor de su automóvil los beneficios o ventajas atribuibles legalmente".

Foto | Alireza Banijani

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