Aunque el teletrabajo ha decaído bastante en los últimos meses, los gobiernos son conscientes de su valor para captar talento internacional. Por ello, continúan reforzando su cobertura legal haciéndolo más atractivo para las empresas. La última medida ha sido crear un espacio común europeo en los que los empleados que trabajan remoto en distintos países europeos pueden acogerse a la normativa del país para el que trabaja y no únicamente en el que reside.
Adaptando las nuevas realidades laborales. En poblaciones fronterizas es habitual que los habitantes crucen la frontera a diario para trabajar en el país vecino. Es algo habitual y cuenta con una normativa específica mediante la cual, ese trabajador se acoge a los beneficios y prestaciones sociales del país en el que trabaja, no en el que reside.
Sin embargo, los nuevos tiempos y el teletrabajo han creado un nuevo paradigma en el que los empleados pueden seguir trabajando en empresas del país vecino, pero en realidad lo hacen desde sus domicilios en el país de residencia, que debe soportar el gasto social. Por lo que se produce un desequilibrio entre el país que se lleva los beneficios de ese trabajo y el que paga las prestaciones sociales.
Nómadas digitales europeos. Para corregir este desequilibrio, las autoridades europeas han firmado un Acuerdo marco de relación para los teletrabajadores transfronterizos. Acuerdo ha sido firmado por los siguientes países: Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta, España y Francia.
Con él se consigue que cualquier ciudadano residente en esos países pueda teletrabajar en cualquier otro país miembro de ese acuerdo y recibir las prestaciones sociales y laborales del país de trabajo, no el de residencia. Creando de facto, un sistema de nómadas digitales europeos que pueden fijar su residencia en cualquier estado miembro y trabajar en otro con igualdad de garantías.
España como destino para los nómadas digitales. Con la nueva medida, que entró en vigor el 1 de julio, España se afianza como estado receptor para nómadas digitales europeos, sin que ello suponga un sobrecoste para las arcas de la Seguridad Social española. Los nómadas digitales pueden beneficiarse del clima y los precios de España recibiendo la remuneración salarial de Finlandia o Luxemburgo.
Continuará siendo necesario su registro como nómada digital para obtener el visado de residencia, pero las obligaciones en materia laboral las tendrá con el país para el que trabaje siempre que desarrolle al menos el 50% de la jornada laboral para un país firmante del acuerdo y trabajen para una sola empresa.
Buenas noticias para las empresas españolas. Las empresas españolas podrán competir en igualdad de condiciones para conseguir talento internacional y no se verán envueltas en un laberinto burocrático ya que no debe registrarse en el país de residencia del trabajador. A efectos legales, el empleado en remoto internacional tendría la misma consideración que uno presencial.
Una medida abierta al trabajo híbrido. El nuevo marco de actuación también abre la puerta a los modelos de trabajo híbrido. Para ello ha ampliado el límite del 25% de la jornada, que la normativa anterior establecía como límite para asignar las competencias de cobertura social al país de residencia, al 49%.
Con el nuevo marco, una empresa puede aplicar un modelo de trabajo híbrido para sus empleados transfronterizos acudiendo, por ejemplo, tres días a la oficina y trabajando dos en remoto desde su casa. En este caso, el responsable de dar cobertura social continuaría siendo el país donde se trabaja, no el de residencia del trabajador.
En Xataka | El teletrabajo no retrocede, evoluciona: el modelo híbrido es el gran ganador de la vuelta a la oficina
Imagen | Pexels (Mikhail Nilov)
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