1 de julio de 2015. Ésa es la fecha en la que está previsto que entre en vigor en España la denominada Ley Mordaza que, junto al nuevo Código Penal, no ha dejado de recibir críticas desde su aprobación en el primer trimestre del año. ¿No te aclaras con tanta ley y tanto Código? No te preocupes: nosotros te explicamos en qué consiste la Ley Mordaza y cómo te podría afectar.
¿Qué es la "Ley Mordaza"?
La "Ley Mordaza" es el nombre informal que se le da a la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana, a cuyo texto definitivo dio luz verde el Congreso el pasado 26 de marzo con 181 votos a favor (PP y UPN), 140 en contra y 1 abstención. Entra en vigor el día 1 de julio de 2015 y sustituye a la hasta ahora ley vigente, de 1992. Lo hará, además, con la nueva versión del Código Penal.
¿Por qué debería importarte?
Porque es demasiado restrictiva y limita la libertad del ciudadano, según denuncian diversos colectivos. Algunos miembros de la ONU llamaron a su retirada: "Nos preocupa que las propuestas de reforma puedan ser una respuesta del Gobierno y del poder legislativo a las numerosas manifestaciones que en los últimos años se han llevado a cabo en España". La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información se refiere a ella como a "un conjunto de reformas legales que suponen una grave amenaza para las libertades de información y expresión de periodistas y movimientos sociales".
Numerosos colectivos han pedido la retirada de la Ley, que ha sido aprobada con numerosas modificaciones y menos infracciones que las que figuraban en el primer borrador
Desde la Abogacía Española también se han mostrado críticos. Según el decano de Colegio de Aboados de Baleares, Martín Aleñar, "algunos de los preceptos contenidos en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, podrían suponer serias restricciones en el ejercicio de derechos fundamentales de las personas como, entre otros, el derecho de reunión, el derecho de manifestación y la libertad de expresión". Lo mismo con algunas asociaciones de periodistas, que han resaltado su disconformidad.
¿Por qué las Fuerzas del Orden pasan a tener más poder?
Con la Ley Mordaza deja de haber faltas (infracciones leves que instruía un juez), que en su mayoría se convierten en infracciones administrativas (multas que ponen las Fuerzas de Seguridad). Si el multado desea recurrir, tiene que ser después de recibir la infracción. Quien decide en primera instancia si alguien es culpable de una infracción administrativa es la Policía. “Ante un juez se puede debatir si una determinada conducta está amparada por la ley. Discutir ante la policía supondrá ser detenido por desobediencia”, según explicaba el abogado Carlos Sánchez Almeida.
¿Qué pasa con las manifestaciones?
En la Ley Mordaza tienen especialmente protagonismo las "reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas" que, en el caso de tener lugar en una "infraestructura o instalación que presta servicios básicos para la comunidad o inmediaciones", se considerará una infracción muy grave (multa de 30.001 euro a 600.000 euros) para sus organizadores o promotores si éstas han "generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas".
Actuaciones como organizar manifestaciones sin permiso o reuniones espontáneas para protestar contra algo o parar un desahucio podrían acabar en una sanción económica importante
¿Las "reuniones o manifestaciones" frente al Congreso, Senado u otras asambleas legislativas? Infracción grave (multa de 601 a 30.000 euros), al igual que la "negativa a la disolución de reuniones o manifestaciones en lugares de tránsito público" cuando se produzcan desórdenes públicos "con peligro para personas o bienes". Para las "reuniones en lugares de tránsito público" se establecen infracciones leves (de 100 a 600 euros).
Infracción grave también serán los "actos de obstrucción" que pretendan impedir que cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial lleve a cabo sus funciones cuando ejecuten resoluciones administrativas o judiciales. ¿Traduciendo? Sí, podríamos estar hablando de multas de hasta 30.000 euros por intentar detener un desahucio.
Pero yo no organizo manifestaciones...
Bueno, yo tampoco estaría tan seguro, ya que a efectos de la Ley, tal cual explican en el artículo 30.3 de la misma, se consideran organizadores o promotores también a aquellos que "aun no habiendo suscrito o presentado la comunicación" sí que hayan hecho "publicaciones o declaraciones de la convocatoria de las mismas" u ostenten "lemas, banderas u otros signos" relacionados. ¿Que haces un RT fuera de sitio? ¿O quizá te haces eco y difundes una convocatoria? Cuidadito con esto.
¿Y qué pasa con las faltas a la Policía?
Si sueles hacer fotos en manifestaciones, echa un vistazo al apartado 23 del artículo 36 porque podrías incurrir en una infracción grave: "el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información". ¿Cuándo el uso de una foto de este tipo "pone en riesgo" la seguridad de un agente? Éste es otro apartado ambiguo que puede traer problemas.
Y, si decides "faltar al respeto" a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que sepas que habrá una bonita infracción leve (recuerdo: hasta 600 euros de multa) esperándote. ¿Quién decide si algo es un insulto o no? El propio policía al que acabas de insultar. Paradójico, ¿verdad?
Pero no queda muy claro cuando algo es infracción y cuando no...
Exacto, y ésa es precisamente una de las quejas de algunos abogados: algunos artículos son interpretables. ¿Y quién decide en primera instancia? Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, no un juez.
¿Qué más se prohíbe?
Infracciones muy graves (multas de 30.001 a 600.000 euros): La fabricación y el comercio de armas incumpliendo la normativa, la proyección de haces de luz sobre conductores de medios de transporte y la celebración de espectáculos públicos que no han sido autorizados.
Infracciones graves (multas de 601 a 30.000 euros): causar desórdenes en espacios públicos cuando se altera la seguridad ciudadana, obstrucción a la autoridad, desobediencia, negativa a la resolución de reuniones en lugares de tránsito, portar armas prohibidas, solicitar servicios sexuales en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, el consumo o la tenencia ilícita de drogas y la falta de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la investigación de delitos o prevención de acciones, entre otros.
Infracciones leves (multas de 100 a 600 euros): la incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, proyección de haces de luz sobre los agentes de la autoridad, la ocupación de cualquier inmueble en contra de la voluntad de su propietario, la negación a identificarse, escalar edificios o monumentos sin autorización cuando existan riesgos para las personas o bienes, abandonar animales domésticos, retirar vallas u otros elementos colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana (el botellón de toda la vida, vamos).
El "botellón" pasa a ser considerado infracción leve
¿Qué tiene que ver todo esto con la "Ley Sinde"?
.@carlosbardem Apoyaste la Ley Sinde, que abrió este camino. Avisamos y te dio igual porque te beneficiaba. Ahora disfruta de TU Ley Mordaza
— David Bravo (@dbravo) junio 30, 2015
Directamente nada, aunque tienen un trasfondo común. En su día la "Ley Sinde" recibió muchas críticas porque pasaba a permitir que un organismo administrativo decidiera si una página que infringe los derechos de autor y ordenar su cierre, decisión que hasta el momento dependía de un juez. La Ley Mordaza quita competencias al juez con las infracciones y se las da a la Policía. Pero, más allá de eso... no hay mucha relación. Ambas se refieren a dos aspectos distintos.
¿Dónde puedo leer la nueva Ley al completo?
Ésta es fácil: en el BOE. Y ya, de paso, si quieres puedes echarle un vistazo al nuevo Código Penal y a las modificaciones en materia de delitos de terrorismo del mismo. ¿Que te da pereza tanto texto? Mal, porque deberías echarle un vistazo, pero siempre puedes ver cómo afecta todo esto a Internet con el resumen que hemos hecho en Xataka. Ah, y también puedes proponerte ponerla a prueba por unos módicos 35.000 euros.
Imagen | Keoni Cabral