Casi 700 días después de su aprobación, ya se puede decir que la obligación general de llevar mascarilla en interiores es cosa del pasado. El Consejo de Ministros acaba de aprobar el Real Decreto que elimina la obligatoriedad. Cuando entre en vigor (mañana, 20 de abril, en cuanto se publique en el BOE), el último gran símbolo de la pandemia dejará de ser efectivo. ¿Qué dice la nueva regulación? ¿Cuándo habrá que usarla y cuándo no? ¿Qué podemos esperar en los próximos días, semanas y meses?
¿Dónde seguirá siendo obligatoria la mascarilla? Aunque el Gobierno aconseja el "uso responsable de la mascarilla" en todos aquellos lugares en los que haya riesgo y sea posible y necesario, las mascarillas dejan de ser obligatorias con carácter general en todos los ámbitos y espacios. Eso sí, habrá ciertas excepciones:
- En los centros, servicios y establecimientos sanitarios; tanto para visitantes como para trabajadores: esto incluye hospitales, centros de salud, centro de transfusión de sangre y también en las farmacias. Los ingresados en los hospitales no tendrán que usarlas en sus habitaciones; pero sí lo será cuando estén fuera de ellas.
- Además será obligatoria para visitantes y trabajadores en los centros sociosanitarios (no serán obligatorias para los residentes).
- En los medios de transporte (avión, ferrocarril, autobús, metro o en los barcos cuando no se pueda mantener un metro y medio de distancia), sin excepciones. No tendrá que utilizarse para los andenes y estaciones de viajeros.
No se usará la mascarilla en los ámbitos escolares. Ya no eran obligatorias en los recreos y en algunas edades concretas. A partir de mañana dejarán de ser en todos los espacios y actividades del ámbito escolar. La ministra ha sido tajante "en ningún caso pueden ser obligatorias". No obstante, pudiera ser aconsejable en algún contexto (que deberá de ser debidamente justificado).
¿Habrá que seguir mascarilla en el trabajo? Con carácter general, las mascarillas no serán obligatorias en el ámbito laboral. No obstante, los servicios de prevención de cada empresa podrían establecer el uso de las mascarillas en función de las circunstancias específicas donde se desarrolle el trabajo (y que requerirán una evaluación concreta).
No serán obligatorias en eventos multitudinarios. La mascarilla no será obligatoria ni en partidos de fútbol, ni en conciertos, ni (en general) en ningún evento multitudinario. Eso sí, en estos eventos (sobre todo si hay personas vulnerables), el Gobierno recomendará hacer un uso responsable.
¿Qué pasa con los bares, restaurantes, museos o lugares de ocio? A falta de que se publique el decreto, no habrá mecanismos especiales para asegurar su uso en este tipo de espacios. La ministra ha insistido que el Real Decreto busca, de forma general, eliminar la obligatoriedad de la mascarilla en todos los ámbitos, menos los estrictamente necesarios. Otras medidas que les afectan (como los aforos) depende de las comunidades autónomas y deberá ser abordada por ellas.
Otras recomendaciones de uso. Aunque las mascarillas dejen de ser obligatorias en espacios interiores, se aconseja su uso responsable para la población vulnerable. También en entornos familiares y reuniones o celebraciones privadas, según la vulnerabilidad de los participantes.
¿Habrá marcha atrás? Esta es una de las preguntas clave. Sobre todo, después de que Austria volviera a introducir la mascarilla poco después de quitarla por un repunte de casos. En este sentido, el Gobierno no descarta ningún escenario. Durante meses (en las próximas semanas, después del verano y con la llegada del invierno), el dato clave será la presión hospitalaria. Eso es lo que "decidirá" el éxito o fracaso de la medida.
Tras las Fallas, por ejemplo, España sufrió un repunte de la incidencia acumulada, pero eso no se notó a nivel hospitalario. Si la evolución epidemiológica sigue ese mismo patrón, todo parece indicar que esta será la regulación que nos acompañará, al menos, hasta la primavera-verano de 2023.
Imagen | Liewig Christian/ABACA
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