Se acerca la nieve: qué debemos saber y a qué multas de la DGT nos enfrentamos si no estamos preparados

Se acerca la nieve: qué debemos saber y a qué multas de la DGT nos enfrentamos si no estamos preparados
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Aunque los últimos años están siendo impredecibles en lo que a meteorología se refiere, el invierno acaba siendo sinónimo de nieve en una parte mayor o menor parte de España. Y esa nieve también es sinónimo de algo más: peligro en la carretera.

Con el frío, el agua, el hielo y la nieve, los peligros a la hora de circular se multiplican. Por ello, es esencial tener algunos consejos siempre en mente, conocer qué podemos hacer si nos enfrentamos a una carretera nevada y, sobre todo, a qué multas nos enfrentamos si desoímos las advertencias.

Qué hacer si la carretera está nevada

Temporal de nieve y frío por delante, salidas de fin de año que asoman en el horizonte y muchos coches en la carretera, el combo perfecto para que todos los años veamos reproducirse cientos de imágenes y vídeos en redes sociales alertando de malos comportamientos. Para no caer en ellos, aquí tenemos unos consejos imprescindibles.

Ante todo, planificación

Ponerse la venda antes de la herida es esencial si pensamos que nos puede nevar en la carretera. Para evitar problemas, la página web de la DGT nos ofrece todos los datos de tráfico al momento. Entre las posibles restricciones, encontramos la posibilidad de que una carretera se cierre por nieve u obligue al uso de cadenas o neumáticos de invierno.

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Para evitar este tipo de problemas, lo mejor es comprobar la meteorología antes de salir, corroborar el tiempo meteorológico esperado y tener en mente algunas alternativas menos arriesgadas. Es decir, tener un plan B y C, si llegara el caso.

Además, se recomienda contar en el coche con buena ropa de abrigo, no está demás llevar mantas y algo de bebida caliente en un termo. También tener el depósito de combustible lo más lleno posible, pues de él dependerá cuánto tiempo podemos contar con el climatizador activo llegado el caso.

Neumáticos de invierno o cadenas

Cuando las temperaturas son bajas y el suelo está húmedo (no hace falta que esté nevado) es interesante valorar la posibilidad de contar con unos neumáticos de invierno. En la mayor parte del territorio español, no son necesarios, pero en zonas muy húmedas y frías, sólo ofrecen ventajas.

Se calcula que unos neumáticos de invierno frenan seis metros antes que unos estándar cuando la temperatura es inferior a 7º y se circula a 80 km/h. Con el suelo nevado, su efectividad se dispara y con la misma temperatura necesita 32 metros para frenar a 50 km/h. Muy lejos de los 63 metros necesarios para la detención de un coche con neumáticos estándar.

La otra posibilidad es contar con cadenas. No es obligatorio llevarlas en el coche pero sí lo serán si la carretera se restringe a su uso (o al de neumáticos de invierno). Sin ellas no podremos seguir avanzando y quedaremos expuestos hasta que una máquina quitanieves limpie la carretera.

Cadenas nieve

Atentos con las cadenas

De nada sirve llevar las cadenas puestas si luego no sabemos ponerlas ni cómo se usan. Lo más probable es aprender a ponerlas y quitarlas antes de enfrentarnos a la nieve. Si no sabemos, es muy probable que con las manos frías y los nervios del momento no consigamos o perdamos mucho tiempo en poner este accesorio imprescindible.

Para ponerlas, recordemos que es imprescindible conocer cuál es el eje tractor de nuestro vehículo. Éste es el encargado de mover las ruedas que propulsarán nuestro coche y, por tanto, el que hará posible que se mueva. Si es de tracción delantera, es aquí donde tienen que ir las cadenas. Si es de tracción trasera, será en las ruedas posteriores donde tenemos que ponerlas.

Si ponemos las cadenas en el eje incorrecto, nuestro coche no avanzará pues las ruedas del eje tractor patinarán constantemente y las gomas que tienen instaladas las cadenas no podrán traccionar. Si tenemos un coche con tracción total, lo ideal es contar con dos juegos completos. En el caso de que sólo contemos con uno, lo más recomendable es priorizar el eje delantero.

Sobre nieve, despacito

Si hemos cumplido con todo lo anterior y, de todas maneras, tenemos que conducir sobre la nieve. Lo primero que debemos hacer es circular por el carril derecho, para que en caso de ser necesario una máquina quitanieves pueda circular por la izquierda sin obstáculos y se facilite la evacuación de la carretera.

Teniendo esto en cuenta, hay que trabajar con la marcha más larga posible. Así nos aseguraremos que las arrancadas sean lo más suaves posible y que a baja velocidad imprimamos la menor fuerza posible en el eje tractor. Cuanto más lento circulemos, menos dañaremos los neumáticos (con las cadenas) y menos riesgo de salirnos o sufrir un accidente tendremos.

Lo más importante es actuar con suavidad. Ampliaremos la distancia de seguridad, evitaremos en la medida de lo posible los giros bruscos del volante y tampoco frenaremos con contundencia para evitar que las ruedas patinen.

Posibles multas de la DGT

Teniendo todo lo anterior en cuenta, tampoco debemos pasar por alto algunas de las multas a las que nos enfrentamos si circulamos con nieve.

En el Reglamento General de Vehículos se especifica en su artículo 12.5.2 que "Cuando sea obligatorio o recomendado el uso de cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados se deberá, bien colocar sobre, al menos, una rueda motriz a cada lado del vehículo dichas cadenas o dispositivos antideslizantes, bien utilizar neumáticos especiales, según lo dispuesto en el anexo VII y en la reglamentación recogida en el anexo I".

No cumplir con esta obligación está castigado con 200 euros, pues en la Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial se especifica como infracción grave "Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas".

Del mismo modo, entre las infracciones graves también se especifica que "incumplir la obligación de todo conductor de verificar que las placas de matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación", por lo que hay que tener cuidado de que la nieve no cubra las placas de la matrícula. La sanción, nuevamente, es de 200 euros.

Otro de los artículos que suelen salir a relucir cuando se habla de nieve es el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación que, en la teoría, puede dar lugar a una multa por llevar un abrigo puesto. En él se lee lo siguiente:

El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos

En este caso, este tipo de acciones no se especifica como una infracción grave o muy grave, por lo que la multa máxima es de 100 euros, la correspondiente a las infracciones leves.

Además, este mismo artículo y castigo se aplica si no hemos limpiado el parabrisas por completo de nieve o hielo, ya que se especifica que es obligatorio contar con "el campo necesario de visión". La multa, como decíamos, será de 100 euros.

Fotos | GTRES y Oleg Zaytsev

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