Despedido por los datos de un GPS. Parece distópico, pero lo cierto es que la Justicia española ha avalado esta práctica. Si tenéis acceso a coche de empresa, debéis saber que podéis ser despedidos en caso de que utilicéis el vehículo cuando no está permitido.
Pillado por la localización del coche. Los vehículos cuentan con GPS y este geolocalizador puede servir para saber dónde está el coche en cada momento. Es el caso de una sentencia de septiembre de 2020, avalada por el Tribunal Supremo.
La Sala IV, de lo Social, determinó que el uso de los datos del geolocalizador GPS de un vehículo de empresa se pueden utilizar de manera procedente para justificar un despido disciplinario.
¿Pueden usar entonces el GPS para espiar al trabajador? No tan rápido. El Supremo justifica este tipo de despido, pero establece una serie de condicionas. Una de ellas es tan básica como el hecho de que la empresa debe informar al trabajador de que el coche de empresa dispone de un GPS localizador.
También hay una serie de limitaciones a la hora de utilizar estos datos. Estos datos se restringen al movimiento y localización del vehículo, pero no pueden ir más allá.
Lo usaba pese a que estaba de baja médica. El caso concreto es el de una trabajadora de una empresa dedicada al comercio al por menor de equipos de telecomunicaciones. La supervisora en cuestión se encontraba de baja médica, pero aún así, según se deja constancia, la trabajadora hizo un "uso intensivo" del coche de empresa durante este tiempo, pese a que tenía prohibido usarlo para fines ajenos al trabajo. El GPS del coche fue el delator de este mal uso.
No hay invasión de la privacidad. Según la magistrada María Lourdes del Tribunal Supremo: "la trabajadora conocía que el vehículo no podía ser utilizado fuera de la jornada laboral y, junto a ello, que el mismo estaba localizable a través del receptor GPS. De ahí que no apreciamos ninguna invasión en sus derechos fundamentales con la constatación de los datos de geolocalización que permiten ver que el indicado vehículo es utilizado desobedeciendo las instrucciones de la empresa en momentos en que no existía prestación de servicios".
La justificación está de nuevo en que el trabajador "conocía de sobra" la presencia del GPS en el vehículo y por tanto no hay vulneración de sus derechos fundamentales.
Pese a estar fuera de horario. Previamente se había presentado recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que consideró nulo el despido por el hecho de entender que al aplicar el uso de los datos del GPS fuera del horario de la jornada laboral, no era un uso procedente.
Sin embargo, la posición del Supremo da la razón a la empresa al considerar que el GPS no se basa en la trabajadora, sino en el propio vehículo. Y se detecta que este fue usado cuando no tocaba. Algo que ya se había dejado claro a la trabajadora.
Todo debe quedar por escrito. "Se pueden usar medios tecnológicos para justificar un despido, pero su uso tiene que respetar los principios de proporcionalidad, idoneidad y que no haya otros medios menos intrusivos", explicaba Vidal Galingo, abogado experto en asuntos laborales, a Xataka.
Sobre la comunicación de la existencia de este GPS, debe quedar por escrito y constar la posibilidad de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión. Una serie de derechos asociados que no evita el hecho de que la empresa puede llegar a despedirnos de manera procedente a través de los datos del GPS del coche de empresa.
Imagen | Tobias Rademacher
En Xataka | Con la llegada del teletrabajo me hicieron instalar un programa para vigilar lo que hago con mi portátil
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