Mercadona ha vuelto a ser multada por un caso de videovigilancia, aunque esta vez sin el polémico reconocimiento facial. Todo empezó a finales de 2020 cuando una clienta solicitó a Mercadona acceso a sus datos personales, en concreto un vídeo captado por las cámaras de seguridad de un accidente que tuvo.
Pasó más de un mes y la clienta no obtuvo respuesta. Tras ello decidió escribir el Delegado de Protección de Datos (DPD) de Mercadona, quien le respondió que esas imágenes habían sido borradas. Este hecho sorprendió a la clienta que decidió presentar una demanda ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ahora ha decidido multar a Mercadona con 170.000 euros por distintos motivos.
Si alguien pide acceso a un vídeo, mejor no borrarlo aunque haya pasado un mes
La Ley de Protección de Datos española establece la obligación a las empresas de borrar las imágenes grabadas por las videocámaras de seguridad en un tiempo máximo de un mes, salvo que haya denuncia, en cuyo caso se podrá conservar durante más tiempo. El que sea necesario para que las autoridades investiguen los hechos. Esta disyuntiva entre el periodo de un mes y el tiempo "que sea necesario" para esclarecer qué ha pasado es precisamente lo que ha derivado en la multa a Mercadona.
Frente a la demanda, Mercadona alegó fundamentalmente tres argumentos. El primero es que la reclamación no podía entenderse como un ejercicio del derecho de acceso, ya que se realizó a través del canal de denuncias de Mercadona y no por la vía de Protección de Datos. Sin embargo, la AEPD entiende que ese derecho sí se realizó correctamente.
El segundo punto es que si el vídeo se borró, es por "un error humano". Porque pasó demasiado tiempo en llegar al Delegado de Protección de Datos de Mercadona. La razón es que las reclamaciones al Departamento de Protección de Datos se transmiten manualmente desde Atención al Cliente. Y esto provocó que pasara demasiado tiempo, excediendo el periodo de un mes.
Frente a esto, la AEPD argumenta que es una falta de diligencia por parte de Mercadona y que, al ocurrir dentro de las vías de la empresa, el supermercado tiene responsabilidad sobre ello. Es decir, que inicialmente pasara en un departamento que no está acostumbrado a tratar estos temas de protección de datos no es excusa* para que la empresa no fuera consciente y no responda por ello.
Según explica la AEPD: "los argumentos que opone Mercadona tienen un presupuesto erróneo, como es el considerar que dicha entidad no tuvo constancia de la solicitud de acceso. Sin embargo, según ha quedado expuesto, la solicitud de ejercicio del derecho de acceso fue recibida correctamente por la citada entidad".
El último punto que ha sido desestimado es que Mercadona argumenta que ya había alcanzado un acuerdo con la reclamante para indemnizarla. Sin embargo, la AEPD entiende que esto no supone un archivo del procedimiento.
Una multa que sirve como lección
La resolución de la AEPD es que se impone una multa de 170.000 euros, dividida en dos partes. Por un lado 70.000 euros como vulneración del derecho de acceso. Los 100.000 euros restantes van más allá del caso particular, pues la agencia considera que Mercadona ha realizado una mala praxis y ha vulnerado el artículo 6 de la Instrucción 1/2006, sobre la legitimación del tratamiento.
Por un lado Mercadona borró el vídeo en un plazo de un mes, cuando debería haberlo mantenido ya que estaba siendo investigado y se había solicitado su acceso. El argumento de Mercadona de que no había sido notificada no es válido, ya que la AEPD considera que al supermercado ya le constaba el interés de la demandante. Y aún así lo borró.
Esta multa no es precisamente elevada, pero sí es fácilmente aplicable a otros supermercados y negocios. En España todavía no estamos muy acostumbrados a solicitar acceso a nuestros datos personales y, cómo se ha comprobado en el caso de Mercadona, los departamentos de Protección de Datos y el resto no tienen suficiente conexión. Con esta multa, la AEPD deja reflejada su posición sobre cómo deben gestionarse estos casos.
Desde Xataka hemos contactado con Mercadona para conocer más detalles sobre su posición. Actualizaremos cuando obtengamos respuesta.
En Xataka: Las 15 multas más cuantiosas que se han puesto por GDPR hasta ahora
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quiksilver22
Que yo sepa, y me dedico a ello, las grabaciones de una cámara de seguridad no pueden ser entregado a un persona por mucho que se pida por escrito. Ya que en casi todos los casos no es para verse a uno, sino ver terceras personas y las acciones o bienes de estos. Y esto es un claro atentado contra la intimidad terceras personas.
Para ello debe de notificarse a la policía para que estos a través de un oficio, se solicite de acuerdo al RGPD y de las circunstancias explícitas del hecho y sean investigado por el grupo policial. Otra cosa es que una persona quiera acceder a ellos, o bien que quiera asegurarse de eliminar los datos, en este caso como bien dice el artículo, las grabaciones se borran automáticamente pasados un mes, y en caso de un requerimiento, el tiempo mínimo necesario hasta que son entregados a la policía.
El tema de acceso, rectificación y eliminación de la RGPD más bien está por si tu dejas tus datos en un fichero , y quieres borrarlos o editarlos. Pero como bien dicen, si que podrían haber salvado esas imágenes a la espera del oficio de la policia para su tratamiento.
Respecto a la grabación de imágenes en la vía pública, mucho ojo, porque si alguien graba sistemáticamente un espacio público, la multa que puede caerle es bestial. Ls cámaras solo pueden grabar el espacio mínimo indispensable, orientado hacia tu propiedad. Nada de grabar por la ventana tu coche aparcado en la vía pública, ni desde dentro del coche hacia el exterior ni siquiera en el garage comunitario. Ni grabar tu jardín hacia el exterior. Todo esto se considera una vulneración del derecho de privacidad.
Las grabaciones de una comunidad que tengan instaladas cámaras, tampoco pueden ser visionadas por ningún vecino. Solo puede requerirse bajo petición policial con causa justificado a través de la empresa encargada de la custodia de las imagenes.
En España gracias que tenemos unas leyes bastante protectoras respecto a la privacidad.
TOVI
Eso a mercadona no le supone nada, el problema es que esta ley es capaz de meterle la misma multa a un comercio de barrio y hundirlo para siempre.
Es mejor no tener camaras y que cada uno se busque la vida
Usuario desactivado
"Desde Xataka hemos contactado con Mercadona para conocer más detalles sobre su posición. Actualizaremos cuando obtengamos respuesta."
Han destruido por error la notificación; no os van a contestar porque no les consta.
170 millones de multa les metía yo.
pableras
Y la agraviada cuánto va a ver de esa sanción? Es lo mejor de esta ley, que sólo saca provecho la administración pública, los perjudicados no ven un chavo de las cuantiosas multas que les cascan.
jcgm
MercaRoña
marxupilami
A mi me falta lo fundamental. "Por un accidente que tuvo". ¿qué es lo que le ocurrió? ¿Se escurrió?, ¿tropezó?, ¿se le cayó una estantería encima? ¿le atacó un pez espada?.
¿Cual es el motivo de solicitar el video y con que fin?. Aunque se me ocurre que solamente con la intención de reclamar algún tipo de indemnización.
nada
Mercadona debería ser multada por quitar el Gazpacho estilo Andaluz, y hace no mucho tiempo el Humus de Lentejas, productos que están muy ricos (a mi me gusta), y se venden como rosquillas...
Y Mercadona va, y porque le da la gana, sin dar explicaciones y sobre todo desoyendo a los consumidores que han solicitado que lo vuelvan a vender, no los vuelve a poner.
Pues no me gusta tanto el gazpacho de Al Lado, porque no puede compararse, pero no me otra que comprar ese.
P.D.: Que sí, que ya sé, que si lo hago yo está más rico, y bla bla blá... que noooo. Que no se me da bien hacerlo.
warp68
Pocos me parecen.
pocust
.
VLCCON4
Lo de la clienta hace daño a las retinas …. Por Dios, cliente no tiene género …. O a caso decimos el cliento y la clienta? Cuanto daño hace podemos a la lengua española.
fernandolabrador1
Era más fácil para Mercadona decir... Esta roto el disco duro, el técnico no a venido a reparar... Seguirme para mas consejos.. Jajajajajja
didacpuente
SEMBLA SER QUE EL SR. JUAN ROIG, UN ALTRE MÉS QUE SE SUMA A LES CLOACAS DE L'ESTAT.