Hay una gran diferencia entre tener o no tener la vacuna. Pero esa información es algo personal. A medida que más gente la reciba, podremos poco a poco recuperar la normalidad, pero, durante este proceso, estar (o no) vacunado no debería servir para discriminar, señalar, perseguir ni diferenciarnos.
En medio hay un debate sobre permitir ciertos movimientos o ser más flexibles con quienes sí están vacunados. Para establecer este criterio, distintos organismos y gobiernos están planteando listados de vacunación y pasaportes sanitarios. Listas y carnets para concretar quién ha recibido la vacuna. Unas herramientas por la que se está apostando para recuperar la economía, pero donde expertos en salud y privacidad alertan del riesgo que suponen sobre nuestra intimidad.
Las comunidades autónomas empiezan a crear listas y cartillas de vacunación
En Andalucía, la Junta planteó un "carné covid" sin el cual no se podría acceder a eventos. Mientras, en Madrid se anunció la creación de una tarjeta Covid, con una ficha de datos individuales y la historia clínica de cada paciente.
En Murcia, el gobierno regional buscó la forma de publicar un listado con todas las personas vacunadas. Fernando López Miras, presidente de la Región de Murcia abogaba por ello, explicando que "deberíamos hacer un buen ejercicio de transparencia para que no haya dudas sobre la gestión sanitaria que se lleva a cabo". Un listado de personas vacunadas que llegó a la Fiscalía, con datos encriptados y un informe del representante de Protección de Datos murciano.
Según informa La Verdad, la Consejería de Salud ha citado a cinco diputados para dar a conocer los nombres de los alrededor de seiscientos altos cargos, funcionarios y empleados de la Consejería de Salud que ya han sido vacunados contra la Covid-19.
El propio gobierno murciano encargó un informe a su delegado de Protección de Datos. Un documento donde se alerta que únicamente se pueden publicar los datos con el consentimiento de la persona vacunada, siguiendo el artículo 9.2 del RGPD. Si bien, el informe abre una posibilidad:
"Podría estudiarse por el responsable del tratamiento proporcionar datos estadísticos desvinculados de la identidad, que considerase de interés para la ciudadanía y que contribuyan a la transparencia"
Es decir, los propios asesores ya indican que la publicación de listados de vacunados entran en conflicto con Protección de Datos. Sí sería más apropiado la publicación en categorías más genéricas, como colectivos profesionales. En esos casos se mantendría el anonimato de los vacunados, pero serviría para llevar un recuento de la situación.
En el caso de Baleares, Salud explicó que no iba a entregar los listados de personas que se han vacunado salvo que lo pidiera un juez. Eugenia Carandell, directora d’Assistència Sanitaria del Servei de Salut, lo resumía así: "nosotros no lo haremos si no viene un juez a exigirlo porque no tenemos capacidad legal para hacerlo".
Qué dice el RGPD y dónde queda el derecho fundamental a la intimidad
La Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene asegura que estos pasaportes y carnés serológicos nos conducen irremediablemente a "la limitación estratificada de las libertades y derechos fundamentales por motivo de salud y a la discriminación y estigma en función del estado serológico". Unos expertos en salud que consideran que estas medidas incluso podrían "disuadir a la población".
En una publicación en The Conversation, Josefa Cantero, profesora de Derecho Administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha, e Ildefonso Hernández, catedrático de Medicina Preventiva y Salud Pública en la Universidad Miguel Hernández, exponen que "la mera exigencia del pasaporte serológico afecta al derecho fundamental a la intimidad. A lo que se suma que el derecho fundamental de libertad podría verse afectado si se exigiera el documento para circular".
Samuel Parra, jurista especializado en Protección de Datos, explica a Xataka que el artículo 9 del RGPD ya establece que el tratamiento de datos personales, como los relativos a salud, quedan prohibidos. Si bien, hay hasta 10 supuestos diferentes donde sí podrían tratarse.
El primero de ellos es cuando hay permiso directo. Si la persona vacunada da permiso, entonces claramente podría publicarse el listado. Otras razones que podrían intervenir son si hay un "interés público esencial" o si son de "interés público en el ámbito de la salud pública".
Esto es lo que dice el apartado concreto del RGPD sobre ello:
"El tratamiento es necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, como la protección frente a amenazas transfronterizas graves para la salud, o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la asistencia sanitaria y de los medicamentos o productos sanitarios, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que establezca medidas adecuadas y específicas para proteger los derechos y libertades del interesado, en particular el secreto profesional."
¿Se cumpliría este punto en el caso de estos listados de vacunación? Parra cree que en caso de que el Gobierno de España haga una ley para crear estas herramientas, probablemente el Tribunal Constitucional acabaría tumbándola por entrar en conflicto con el derecho fundamental a la intimidad y por no ser estrictamente necesarios para proteger la salud pública.
"Si no hay consentimiento, se requiere una ley que permita la difusión", explica el jurista. Pero también expone que estos datos requieren un plus de garantías adicional. En caso de aprobarse una ley por el Gobierno, el Tribunal Constitucional podría acabar impugnándola si valora que el derecho a la protección de datos prevalece. ¿Bajo qué criterio? Como apunta Parra: "a mi salud no le afecta saber si ese señor se ha vacunado o no".
Desde Xataka hemos consultado a la Agencia Española de Protección de Datos para conocer su postura oficial respecto a los pasaportes sanitarios y los listados de vacunación. Por el momento sin respuesta. La misma agencia ha sido consultada por la región de Murcia para conocer si podían proceder a la publicación del listado de vacunados.
¿Es necesario un pasaporte sanitario para viajar?
El Gobierno confía en la cartilla de vacunación para poder viajar. La propia Unión Europea prepara un marco común para crear un estándar de certificado de vacunación. Un certificado que, según describe la propia Comisión, debe ser en un "un marco de confianza adecuado que garantice la privacidad y la seguridad". No se especifica cómo funcionará ni para qué se requerirá.
En caso de realizarse una ley europea para los certificados de vacunación, sería el Tribunal de Justicia Europea la que podría acabar anulándola. Un hecho que ya ha ocurrido en el pasado con la directiva de telecomunicaciones, en relación a guardar los números de las personas que son llamadas. En ese caso, nueve años después de ponerse en práctica, la directiva quedó anulada.
"Habría que ver cómo articulan esa información. Pero no creo que fuera legal que las aerolíneas puedan pedirte o comprobar si estás vacunado", expone Parra. Otro caso sería en caso de que este certificado únicamente se mostrara en el momento de embarcar, equivalente a lo que se hace con las PCR. En ese caso, no habría afectación a los derechos de Protección de Datos.
Imagen | Bill Oxford
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