La madre de todas las ayudas: Castilla y León ofrece hasta 10.000 euros para los autónomos que se muden a sus pueblos

  • Según datos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública entre 2011 y 2018 el 87% de los municipios con menos de 1.000 habitantes perdieron población, el 78% de los de 5.000 habitantes

  • Castilla y León quiere luchar contra la despoblación a golpe de talonario: con ayudas a los autónomos por importes de hasta 10.000 euros por mudarse a un pueblo.

Subvenciones Autonomos
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La distribución de la población es un enorme problema para las Administraciones. Mientras deben hacer frente a la saturación de los servicios y mercados de vivienda tensionados en determinadas zonas de su territorio, miles de pueblos de la España vaciada se enfrentan al incremento progresivo de la despoblación.

Con el fin de atajar esa desigualdad, las Administraciones autonómicas y locales están promoviendo iniciativas para fomentar la dinamización económica de las zonas rurales, atrayendo y fijando a nueva población a las zonas más despobladas. Lo sorprendente de esta propuesta son los importes que pueden ofrecer en sus subvenciones: hasta 10.000 euros para los autónomos que se muden a un pueblo de Castilla y León.

¿Quién se puede beneficiar de esta subvención? La Junta ha anunciado en el Boletín Oficial de Castilla y León su nuevo plan de subvenciones por un importe total de 200.000 euros (ampliables hasta un máximo de 450.000 euros), con el fin de favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia que trasladen su actividad económica y domicilio a Castilla y León desde otras comunidades.

Las solicitudes se revisarán por orden de llegada y sus solicitantes deberán cumplir todos los requisitos para recibirla (sin excepción), tal y como se especifica en la notificación de la convocatoria:

  • Los profesionales deben haber estado dados de alta en Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, al menos, durante todo el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud, de forma ininterrumpida.
  • Tener el domicilio fiscal fuera de Castilla y León, al menos, durante un año con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, de forma ininterrumpida, y ser titular de la actividad en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • No haber estado empadronado en la Comunidad de Castilla y León en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social, así como acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma.

Cuantías de la subvención. La concesión de los importes se hace de forma directa, es decir, se realiza en forma de un único pago por el importe total de los tramos que se cumplan.

La cuantía base para aquellos profesionales que cumplan con todos los requisitos de la convocatoria es de 6.000 euros para cada trabajador autónomo.

Dicha cuantía se podrá incrementar:

  • En 1.000 euros si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes, siempre que este se encuentre a más de 15 km de una capital de provincia.
  • Si el municipio es de menos de 2.000 habitantes y se encuentra a más de 15 km de una capital de provincia, el importe se duplica hasta los 2.000 euros.
  • En ambos supuestos anteriores, se le podrán sumar otros 2.000 euros adicionales, si la persona beneficiaria es menor de 35 años en la fecha de presentación de la solicitud.

Por lo tanto, un joven autónomo de 34 años que se mude desde otras comunidades a un pueblo de menos de 2.000 habitantes, situado a más de 15 km de una capital de provincia, podría recibir hasta 10.000 euros de subvención.

Obligaciones de los beneficiarios. Los beneficiarios de esta ayuda deberán acreditar el cumplimiento del objetivo del proyecto (mudarse y migrar la actividad profesional a Castilla y León).

Se deberá mantener la actividad profesional como trabajador autónomo, el domicilio fiscal y el empadronamiento, durante un mínimo de cuatro años, de forma ininterrumpida desde el día que se notifica la resolución de concesión de la subvención.

Además, si se produce alguna modificación en su situación que contravenga las condiciones de aptitud para recibir la subvención, el beneficiario deberá notificarlo a la Administración.

Una vez recibida la notificación de la concesión, los beneficiarios deben dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación objeto de subvención mediante la instalación, en un lugar visible del establecimiento, de un cartel, conforme al modelo disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2024.

Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. La solicitud irá acompañada por toda la documentación acreditativa sobre el estado fiscal de la actividad de la empresa, registro del actual domicilio fiscal y empadronamiento del beneficiario se encuentra fuera de Castilla y León.

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Imagen | Unsplash (James Kovin)

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