Cortar una autovía es terrorismo: la reforma de 2015 por la que se quiere encausar a los CDR

Cortar una autovía es terrorismo: la reforma de 2015 por la que se quiere encausar a los CDR
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Era cuestión de tiempo que la Audiencia Nacional pusiera sus ojos sobre los Comités de Defensa de la República, las organizaciones de base que han arrastrado al independentismo a la movilización callejera. Lo sorprendente ha sido la forma jurídica elegida: hoy mismo, ha ordenado la detención de dos de sus líderes por rebelión y terrorismo. Dado que las acciones más agresivas de los CDR han consistido en el corte de autovías y autopistas, ¿por qué se les acusa de "terrorismo"?

Una ley de 2015. Para entenderlo debemos viajar tres años atrás en el tiempo, a la firma del último pacto acordado entre Mariano Rajoy y Pedro Sánchez antes de las elecciones que cambiarían por completo el Congreso. Entonces, PP y PSOE revisaron una pequeña pero crucial parte del Código Penal, el artículo 573, para encajar una definición más amplia y abstracta del delito de "terrorismo". Se puede leer aquí. En su día, la reforma ya despertó las críticas de numerosos juristas.

Un cajón de sastre. ¿Por qué? Por la previsión de que tan extraordinaria acusación se terminara utilizando de forma demasiado abierta. La revisión del artículo 573 consideraba "delito de terrorismo" a aquellos graves que se ejecutaran contra la integridad física o moral de las personas, contra la "salud pública" o de "riesgo catastrófico", entre otros muchos supuestos, cuando se ejecutaran con la finalidad de "subvertir el orden constitucional" o "alterar la paz pública", entre otras hipótesis.

En esencia, implicaba endurecer el marco legal contra el la delincuencia activista. A partir de 2015, pasó a ser delincuencia terrorista.

Almeida

¿Y por qué los CDR? En ese contexto, la acusación de "terrorismo" a los Comités de Defensa de la República cobra sentido. La Audiencia Nacional se ha amparado en el artículo 573 para considerar sus cierres y cortes de autovía situaciones de boicot lo suficientemente graves y amenazantes como para ser encajadas en el delito de "terrorismo". El de rebelión, dada la causa abierta por el juez Llarena, se daba por supuesto. Ambos implican varias décadas de prisión en caso de condena.

Por qué se hizo. La modificación del artículo 537 se realizó en un contexto de reforma amplio del Código Penal, y en especial del apartado dedicado al terrorismo. Por entonces, Europa acumulaba varios atentados yihadistas, y el estado de alerta, las nuevas formas operativas de las células y cierto electoralismo favorecieron un clima de endurecimiento de penas y de redefinición de supuestos. En teoría, el nuevo CP buscaba ser un instrumento más eficaz en la lucha contra el terror.

¿Son los CDR terroristas? Es turno de la AN argumentarlo. Hasta ahora, los actos más populares de los CDR han sido el corte de infraestructuras (AVE, autovías). Hasta la detención de Puigdemont, los disturbios o la violencia habían brillado por su ausencia. Aunque ha habido heridos derivados de los enfrentamientos con la policía, las acciones de los CDR nunca se han dirigido contra la integridad física de las personas (aunque sí ha habido escraches a sedes políticas y pintadas amenazantes).

España ha convivido décadas con el terrorismo de ETA: cuesta encontrar paralelismos con los CDR. En cualquier caso, con la ley en la mano, es probable que la acusación prospere.

Imagen | Emilio Morenatti/AP

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