¿Quién no ha puesto verde a su jefe tomando unas cervezas con sus amigos? ¿Quién no se ha ido a Facebook a comentar el último agravio que ha visto en su empresa, o a criticar a algún compañero, o a quejarse de que su director de proyecto no sabe lo que está haciendo? Es un buen canal para dejar salir nuestra frustración y para que nuestros amigos se enteren de lo que nos pasa, ¿no?
También es una costumbre que puede costarnos nuestro puesto de trabajo y, a veces, ese despido puede ser ratificado como procedente. De hecho, en los últimos años se ha vuelto más común que un juez tenga que decidir sobre un tema laboral relacionado con el comportamiento de un empleado en Facebook.
El abogado Fabián Valero, del despacho especializado en derecho laboral Zeres Abogados, detalló en un hilo en Twitter algunos de esos casos donde un tribunal había determinado que un despido motivado por un comentario en Facebook era procedente.
Vamos con el breve hilo prometido que se titula "Torpezas en #Facebook que te cuestan un despido procedente". Empezamos
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
En manos de los jueces
TSJ Aragón. Respuesta en Facebook a cambio de turno "Creo en el karma y confío en que algún día lo paguéis cabrones" https://t.co/szcTydDMMB
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
Hemos hablado por teléfono con Valero para que nos amplíe un poco más la información que contaba en el hilo, y nos explica que "cada vez son más las sentencias donde se aprecia la existencia de conflictos laborales de carácter grave (sanciones y despidos) como consecuencia de comentarios, bromas, fotos o vídeos colgados en las redes sociales (Facebook especialmente, aunque también hay alguna de Twitter)". Los empleados sienten una "falsa sensación de seguridad", en sus propias palabras, en sus perfiles de redes sociales y se olvidan de que, aunque no los tengan abiertos, alguno de sus seguidores puede compartir la foto o el comentario y que llegue hasta su jefe.
"Muchas veces se usan las redes sociales como vía de desahogo o denuncia, sin tener una plena comprensión de las consecuencias que puede acarrear el tono y contenido empleado", continúa Valero: "Una vez que cuelgas algo en la red o en un grupo pierdes el control sobre ese contenido. Cualquier persona puede compartirlo y o enseñárselo a terceros".
En su hilo de Twitter, el abogado comparte por ejemplo el caso de alguien que, estando de baja, se va de cacería.
TSJ Galicia. Colgar en Facebook fotos de cacería por el monte estando de baja por traumatismo rodilla. https://t.co/NKjf9oSe22
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
O el de un trabajador que acusa a la empresa de hacer causado el accidente de un compañero. El juez consideró que el despido era procedente porque el empleado no aportaba ninguna prueba de esa acusación.
TSJ Canarias. Comentario: "un compañero tiene el 75% de su cuerpo quemado por ahorrarle dos duros a la empresa. HDP" https://t.co/TbawrH48y5
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
Lo que Fabián Valero explica es que, en todos estos casos, entran en conflicto el derecho al honor y la propia imagen con la libertad de expresión.
TSJ Murcia. Delegada sindical. Reiterados insultos a gerente por impago salarios (maltratadora, déspota, psicópata) https://t.co/JHuGZOZ6HG
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
El derecho a la libertad de expresión no es absoluto y no ampara las injurias (insultos) ni las calumnias (falta de imputación de hechos)
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
Da igual que insultos y calumnias se dirijan a directivos o a compañeros. Todos tienen derecho honor, intimidad, propia imagen y dignidad
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
Valero indica que, en muchas ocasiones, la decisión queda a la interpretación del juez de si el comentario en Facebook constituye motivo suficiente para el despido, pero también afirma que hay una circunstancia en la que siempre se falla en contra del empleado: "en comentarios que puedan entenderse como conducta de acoso sexual, el despido es directo".
TSJ Andalucía. Comentario colgado en foto compañera trabajo: "joder.. Ascension ..q ganas d follarte bien (y más) https://t.co/nkqA6qc1uq
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
Aprende a comportarte en Facebook
Estos despidos están empezando a ser lo bastante frecuentes como para que pueda plantearse la pregunta de cómo evitarlos, cómo debemos comportarnos en Facebook para no encontrarnos en esta situación. Le preguntamos a Fabián Valero si las empresas deberían dar a sus trabajadores algún tipo de formación en este aspecto, a lo que él responde que "deberían darse información y protocolos de actuación, pero entiendo que esos protocolos son difíciles de diseñar".
La prueba es válida si comentarios se publican en propia cuenta abierta, en conversaciones abiertas o un tercero lo cuelga y difunde
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
La solución es muy sencilla. Si no quieres que tu empresa te despida no tengas Facebook o, al menos, no insultes ni calumnies. Todo se sabe
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 28 de agosto de 2017
El abogado apunta, de todos modos, que las compañías van a tener que pensar en implementar esos protocolos porque la nueva generación de empleados es la que más utiliza Facebook: "las empresas van a contratar a más nativos digitales, a gente que vive su vida en las redes sociales", y los conflictos por su comportamiento en ellas pueden hacerse todavía más frecuentes.
Eso sí, Valero no ha terminado aquí sus explicaciones. Ya ha prometido otro hilo en el que contará también por qué tenemos que tener cuidado de comartir según qué cosas en nuestros grupos de WhatsApp.
Lleva tiempo prepararlos, así que a los 8.000 nuevo hilo: "Torpezas con el #WhatsApp que te cuesta un despido procedente" https://t.co/iR4hgb5Upf
— FabianValeroABG (@FabianValeroABG) 29 de agosto de 2017
Imagen | Sole Treadmill, Jesús Corrius