Si tienes sueño al volante, multa: ya hay quien pide tests de sangre para perseguir a los conductores cansados

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En 2021, la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) realizó una encuesta con una muestra de 2.861 conductores profesionales. De ellos, el 66% de los conductores de autobús y el 60% de los camioneros confesaron sentir fatiga regularmente mientras conducen. Pero, además, 772 conductores (26,98%) también reconocieron que estuvieron a punto de haber sufrido un accidente por este motivo en los últimos 12 meses.

La preocupación por la fatiga y el sueño al volante va mucho más allá de los profesionales, aunque es el sector donde, evidentemente, el problema es más grave. Para el resto de conductores, conducir descansado es tan importante como ellos si no se quieren disparar las probabilidades de sufrir un accidente.

Según la DGT, la somnolencia está presente entre el 15 y el 30% de los accidentes que se registran en España cada año. Es decir, en uno de cada tres accidentes de nuestro país (en el peor de los casos), el sueño y las consecuencias que lleva aparejadas son parte indisoluble de la ecuación.

Las consecuencias de no haber dormido lo suficiente parecen evidentes al volante: mayor tiempo de reacción, necesidad de observar estímulos más intensos para ser consciente de lo que sucede en el asfalto, errores en la captación de las señales y, por supuesto, la aparición de microsueños.

La solución para reducir todos estos riesgos, y castigar a los conductores poco descansados, puede pasar por un simple test. Y ya hay quien lo está estudiando.

Qué dice la norma

Como conductores, ya deberíamos conocer todos estos detalles pero, ¿somos responsables de un accidente si no hemos descansado lo suficiente? Eso es lo que se preguntan en Reino Unido, donde The Guardian explica la importancia de poder realizar un control del sueño en la carretera.

Desde el medio británico apuntan a la posibilidad de exigir a un conductor un mínimo de horas de sueño para poder conducir un vehículo, teniendo en cuenta que una insuficiencia de las mismas tiene efectos similares a conducir ebrio.

En España, el Reglamento General de Circulación recoge la siguiente definición en su artículo 18.1:

El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos

La redacción, por tanto, no menciona explícitamente la somnolencia pero un conductor sí puede ser multado si un agente considera que no se mantiene "la atención permanente a la conducción" y menos si tenemos en cuenta que el sueño no garantiza "su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".

De hecho, este artículo ya se ha aplicado en algunas situaciones para castigar a quienes comen, beben o fuman al volante. Sin embargo, es cierto que la redacción es lo suficientemente ambigua como para que se necesite de la presunción de veracidad de un agente para aplicar una sanción alegando este artículo.

En The Guardian hablan de ir más allá y, directamente, castigar a quienes se demuestren que no han descansado lo suficiente antes de ponerse al volante.

Un test de sueño en la carretera

Consultados algunos expertos, ya hace tiempo que algunos biomarcadores de nuestro organismo chivan algunos de los trastornos del sueño. De hecho, es hacia donde se han dirigido la mayor parte de las investigaciones, para entender cómo funciona el insomnio o la apnea del sueño.

Sin embargo, la Oficina de Seguridad Vial de Australia ya ha financiado un estudio para tratar de entender dónde se puede marcar una línea. El objetivo es comprender si existe un mínimo de horas de sueño con las que debemos cumplir antes de ponernos al volante.

Los primeros resultados apuntan a que, conducir con menos de cuatro o cinco horas de sueño en el cuerpo, es un riesgo. La Dra. Madeline Sprajcer, directora del mismo, apunta a que, por debajo de ese límite, las probabilidades de sufrir un accidente se duplican, en comparación a las de una persona descansada, y el mismo que cuando se superan los límites legales de alcohol en sangre.

Según expertos consultados por The Guardian, con el dinero suficiente, sería posible determinar en unos dos años cuánto ha dormido un conductor que se ha visto envuelto en un accidente. Estas pruebas se realizarían a su llegada al hospital. Pero, además, apuntan a que en cinco años se podrían llevar estas pruebas a la carretera, si existe el interés por parte de las instituciones.

Otros estudios son menos optimistas. Uno realizado en Reino Unido determinaba que los biomarcadores sanguíneos apenas variaban en función del sueño del paciente, lo que complicaría su detección en un test. Sí destacaban que la prueba de proteína C reactiva (CRP, un biomarcador inflamatorio) y la gamma glutamiltransferasa (GGT, un biomarcador de la función hepática) podían dar cierta información pero, de momento, no la suficiente.

El problema, señala Sprajcer a The Guardian es que para poder castigar a un conductor por no haber dormido lo suficiente es necesario establecer unos límites claros de cuáles son las horas mínimas de descanso que se deben aplicar pero, sobre todo, contar con unos test lo suficientemente fiables para determinar con exactitud si es cierto la predicción recogida en las pruebas.

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Foto | Elvis Bekmanis

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