Cazado con un patinete eléctrico a más de 80 km/h por una carretera nacional: estas son las multas a las que se enfrenta

Cazado con un patinete eléctrico a más de 80 km/h por una carretera nacional: estas son las multas a las que se enfrenta
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Enrique Pérez

Editor Senior - Tech

Editor especializado en tecnología de consumo y sociedad de la información. Estudié física, pero desde hace más de diez años me dedico a escribir sobre tecnología, imagen y sonido, economía digital, legislación y protección de datos. Interesado en aquellos proyectos que buscan mejorar la sociedad y democratizar el acceso a la tecnología. LinkedIn

Los Mossos d’Esquadra han denunciado a un conductor por ir con su patinete eléctrico a más de 80 km/h por la N-240. Una situación en la que se han infringido varias normas y por las cuales el conductor puede acabar siendo multado.

Según recoge La Vanguardia, la persona circulaba a esa velocidad con su patinete eléctrico modificado y fue interceptado a su paso por Tarragona. El joven de 25 años además tampoco tenía carnet de conducir de ningún tipo y circulaba por encima de la velocidad del tramo.

Si va a 80 km/h no puede ser un patinete eléctrico

En el tuit publicado por los Mossos se explica que se detectó a un "patinete circulando a más 80 km/h por la N-240 en Tarragona". El caso es interesante desde un punto de vista legal no tanto por las infracciones de este conductor en particular, sino por ver cómo encaja un patinete modificado en la normativa.

Según define el Reglamento General de Vehículos, un VMP es "vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h". Según describe Marca, el patinete tenía una potencia de 5,4 kW y al circular a 80 km/h no puede ser considerado como un patinete eléctrico, sino más bien como una moto, pese a la apariencia de patinete.

Aquí entra en juego uno de los primeros problemas. Al ser considerado como un ciclomotor, se exige que tenga una licencia para conducirlo. Los patinetes de más de 25 km/h no están englobados como VMP, sino que hay varias categorías donde albergarlos en función de sus características. Tenemos la categoría L3e de motocicletas, para aquellos vehículos de dos ruedas con una cilindrada superior a 50 cm3 y velocidad máxima superior a 45 km/h o la categoría de L2e, para los que no superan los L2e. En cualquier caso, los dos vehículos requieren permiso de conducción.

Sin embargo, su categorización como ciclomotor tampoco está clara ya que carece de plaza de asiento. Estamos por tanto ante un vehículo que no cumple los requisitos necesarios para su homologación y por tanto no está autorizado para circular.

A qué multas se enfrenta

Al conducir un vehículo "careciendo del permiso o licencia de conducción correspondiente", la Ley de Seguridad Vial contempla que se trata de una infracción muy grave. Por ello podría caerle una multa de 500 euros (250 euros con prontopago) y cuatro puntos asociados.

En este caso se puede tener en cuenta tanto que estaba conduciendo un vehículo homologado pero que no tenía el permiso necesario o directamente que su vehículo no cumplía los requisitos para conducir.

Los Mossos explican que excedía la velocidad del tramo, pero al desconocer el límite de velocidad no podemos conocer qué multa podría recibir. Sí es más relevante en este caso el posible delito contra la seguridad vial.

El Código Penal en su artículo 384 explica lo siguiente:

"El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días".

"La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".

Es decir, aquellos que conducían con el permiso suspendido o sin permiso pueden llegar a ser condenados con prisión de tres a seis meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses.

Imagen | Mossos

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