Los combustibles fósiles (ya sea diésel o gasolina) son lo suficientemente caros como para preocuparnos si sentimos que estamos siendo estafados por una estación de servicio. Por ello, hay mecanismos para estar seguros de que la manguera ha repostado los litros esperados.
Es posible que hayas oído alguna vez que si la manguera expulsa el combustible lentamente es porque no está llenando todo lo que debería nuestro tanque. Esto es una de tantas leyendas urbanas que corren por la red y de boca en boca.
Lo cierto es que hay un caudal mínimo con el que deben cumplir los surtidores de las estaciones de servicio que, además, debe estar indicado en el propio surtidor con una placa de metal. Si sospechas de que no se está cumpliendo con lo esperado, hay una forma de comprobarlo.
Cómo puedo saber la gasolina que he repostado
Para las estaciones de servicio y el repostaje de combustibles, la norma que define todo es el Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público y se desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 34/1992. de 22 de diciembre, de ordenación del sector petrolero.
En este Real Decreto de nombre imposible de recordar, se refleja lo siguiente en su artículo 6.2:
Toda estación de servicio o unidad de suministro deberá tener a disposición del público las medidas de comprobación legalmente aprobadas y hojas de reclamaciones, de acuerdo con la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
Lo cierto es que el Real Decreto, sin embargo, no define cuáles son esas medidas de comprobación ni tampoco se han regulado a nivel estatal posteriormente. Por ello, son las Comunidades Autónomas las que han tenido que hacer ese trabajo, aunque, como leemos en este artículo, no todas lo han hecho.
De una manera o de otra, es obligatorio que la estación de servicio cuente con un sistema de medición e ilegal si no lo hace. En caso de que solicitemos uno, las Comunidades Autónomas han ido regulando que tenga las siguientes características:
- Botella recipiente de medida de diez litros de capacidad
- Dicho recipiente debe estar oficialmente certificado y calibrado, con la periodicidad que se establezca, para garantizar la fiabilidad de la medida
- Debe estar fabricado de un material con resistencia mecánica y al ataque químico, totalmente transparente.
- Debe estar dotado de una escala útil que permita realizar la medida (en unos casos se establece que debe estar graduado en mililitros y en otros se permite que lo esté en mililitros o en tantos por ciento).
Recibido el recipiente que sirve de muestra, es tan sencillo como marcar en el surtidor el volumen de litros que queremos repostar y, a continuación, verter esta cantidad en la matraz de prueba y confirmar la cantidad repostada.
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