La Corte Europea de Derechos Humanos ha emitido recientemente una sentencia singular: la de que las empresas pueden monitorizar y espiar las conversaciones online que sus empleados mantienen en sus puestos de trabajo a través de aplicaciones de mensajería instantánea.
Un ingeniero rumano llamado Bogdan Mihai Barbulescu fue despedido en 2007 por chatear con su novia a través de Yahoo! Messenger mientras estaba en el trabajo, algo que violaba la política interna de la impresa. Barbulescu se quejó de que usaba el servicio solo por motivos profesionales, pero sus superiores le mostraron una transcripción de sus conversaciones vía Messenger en las que se incluían mensajes a su novia y su hermano.
El chat, solo para uso profesional
Tras ser despedido, Barbulescu demandó a su empresa por violar su privacidad y destacó que en la convención de los derechos humanos el artículo octavo precisamente protege la privacidad de la vida y la correspondencia de los ciudadanos.
Sin embargo la Corte Europea decidió que ese argumento no era válido y estableció que el artículo octavo no era aplicable en este caso. Según la sentencia, "el solicitante había instalado la cuenta de Yahoo Messenger para un uso profesional y luego afirmó que solo la había utilizado para este propósito. El Gobierno infirió que el solicitante no podía quejarse de la "expectativa de privacidad" y al mismo tiempo negar cualquier uso privado".
De hecho, en esa sentencia la corte dejaba claro que esa monitorización de las comunicaciones "no es inaceptable para un empleador que quiera verificar que sus empleados están completando sus tareas profesionales durante las horas de trabajo". Esta sentencia confirmaba la que en 2008 había emitido la corte de apelación en Rumanía, donde se produjeron los hechos.
Vía | The Guardian
Más información | Sentencia (PDF)
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